Casillero Judicial No. 2178

REPÚBLICA DEL ECUADOR

UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA

EXTRACTO

Juicio de Trabajo Oral No. 17353-2005-0615

Actor: PILLAJO AMAGUA CESAR

Demandado: EMPRESA INDUSTRIAL DE GASEOSAS INDEGA S.A., COMO A SU GERENTE Y REPRESENTANTE LEGAL SEÑOR JUAN CARLOS CORREA, POR SUS PROPIOS DERECHOS Y POR LOS DERECHOS QUE REPRESENTA SOLIDARIAMENTE

Cuantía: USD $ 25.000,00 dólares

Inicio: 05 de diciembre de 2005

Defensores: Dra. Guadalupe Revelo

Casillero: 2178

Jueza: Ab. Lucila Gómez Rodríguez

Secretaria: Dra. Paulina Hidalgo

UNIDAD JUDICIAL DE TRABAJO CON SEDE EN LA PARROQUIA IÑAQUITO DEL DISTRITO METROPOLITANO DE QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 24 de junio del 2021, a las 14h56. Agréguese a los autos el escrito presentado por la parte actora, atendiendo lo solicitado y revisado de autos consta que la señorita Josselyn Maricela Pillajo Ñacato, Procuradora Común de Emma Maricela Ñacato Monge, Luis Ruben Pillajo Ñacato, Jenny Del Rocio Pillajo Ñacato, Marlene Del Pilar Pillajo Ñacato, Adriana Elizabeth Pillajo Ñacato, en calidad de herederos conocidos del causante señor Cesar Pillajo Amagua, dio cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 56 del Código Orgánico General de Procesos, en tal virtud se dispone que se cumpla con lo dispuesto en el Artículo 68 ibídem ´´Notificación de herederos.- Si alguno de los litigantes fallece, se notificará a sus herederos para que comparezcan al proceso. A los herederos conocidos se les notificará en persona o por una sola boleta. A los herederos desconocidos o de quienes no se puede determinar su residencia, mediante una sola publicación en la forma y con los efectos señalados en el artículo 56 de este Código. La notificación se hará mediante providencia en la que se dispondrá contar con los herederos en el proceso. La publicación por la prensa contendrá únicamente un extracto de aquella´´, en tal virtud notifíquese mediante una sola publicación a los herederos desconocidos del causante señor Cesar Pillajo Amagua, de quienes no se puede determinar su residencia , para que comparezcan al proceso, para el efecto emitase el extracto correspondiente por medio de secretaria.- Precautelando la salud de todos los sujetos procesales, y en virtud de la emergencia sanitaria nacional por la pandemia todas las notificaciones en la causa se realizarán únicamente de forma electrónica a los correos o casilleros electrónicos que las partes han designado para el efecto.-Notifíquese

Lo que comunico a usted para los fines de ley.

DRA. PAULINA HIDALGO

SECRETARIA

Hay sello y firma

001-004-0611/ms