ACTA correspondiente al Juicio No. 05331201900464(20987705)
EXTRACTO
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON PUJILÍ, PROVINCIA DE COTOPAXI.
CITACION JUDICIAL CON EL JUICIO DE ALIMENTOS Nro. 05331-2019-00464.
PROPUESTO POR: IZQUIERDO CARREÑO JUAN MARCELO. TRÁMITE: SUMARIO. CUANTIA: CUATRO MIL OCHOCIENTOS DOLARES ( 4.800).
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN PUJILI, PROVINCIA DE COTOPAXI. Pujili, viernes 12 de julio del 2019, las 09h57. VISTOS: Avoco conocimiento de la presente causa en mi calidad de Juez Titular de la Unidad Judicial Multicompetente Civil con sede en el Cantón Pujili. En lo principal: 1.-La demanda de alimentos que antecede es clara, precisa y reúne los requisitos establecidos en los artículos 142, 146 y 332.3 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), en concordancia con los Arts. Innumerados 2, 4, 5, 15 y 16 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, por lo que se la acepta a trámite sumario. 2.- De conformidad a lo dispuesto en el Art. 146 inciso tercero del COGEP; en concordancia con el Art. Innumerado 9 (134) de la Ley Reformatoria al Título V, Libro Segundo del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, fijo como pensión alimenticia provisional la cantidad mensual de USD 110.79/100 dólares, equivalente al 28.12% correspondiente al nivel 1 de la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas, más subsidios y otros beneficios de ley, que debe suministrar el demandado JUAN MARCELO IZQUIERDO CARREÑO, a favor de su hija EMMA JULIETTE IZQUIERDO SANGOVALIN, por mensualidades anticipadas, dentro de los cinco primeros días de cada mes, a partir del 08 de julio de 2019, fecha de presentación de la demanda, pensión que será depositada en la cuenta de ahorros N° 044640000541 de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Ambato, a nombre de la actora, según el sistema único de pensiones alimenticias “SUPA”. 3.- Cítese al demandado JUAN MARCELO IZQUIERDO CARREÑO, titular de la cédula de ciudadanía N° 1207835099, en la forma solicitada en el lugar que se indica en la demanda, mediante atento Deprecatorio a uno de los señores jueces de la Unidad Judicial de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia del Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha. El demandado tiene la obligación de señalar casillero judicial en esta jurisdicción y correo electrónico para futuras notificaciones, en el término de diez días, conforme lo establecido en el Art. 333, numeral 3 del COGEP, bajo prevenciones legales, de no hacerlo, se procederá en rebeldía. 4.- Con el anuncio de pruebas presentado por la parte actora, córrase traslado a la parte demandada: a) Ofíciese en la forma solicitada por la actora; b) El demandado rendirá Declaración de parte el día y hora de la audiencia única conforme lo dispuesto en el Art. 187 del COGEP. 5.- De conformidad a lo dispuesto en el Art. 146 del Código Orgánico General de Procesos, se regulan las visitas del padre a su hija los días domingos de 10h00 a 12h00 horas. 6.- Agréguese al proceso la documentación que se acompaña y tómese en cuenta la designación de la defensa técnica, casillero judicial; y, correo electrónico señalado por la actora. 7.- Actúe en la presente causa el Secretario (E) de este despacho. CITESE y NOTIFÍQUESE.-
UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN PUJILI, PROVINCIA DE COTOPAXI. Pujili, martes 13 de abril del 2021, las 14h44. VISTOS: VISTOS: Continuando con la tramitación de la presente causa, una vez que la actora SANGOVALIN TOAPANTA JAZMIN LISETH, ha rendido su juramento sobre el desconocimiento del domicilio del demandado señor IZQUIERDO CARREÑO JUAN MARCELO cítese por la prensa de conformidad lo determina el Art. 56 (Reformado por el Art. 11 de la Ley s/n, R.O. 517-S, 26-VI-2019) inciso 1 del (COGEP) mediante tres publicaciones en un periódico de amplia circulación nacional; para lo cual se adjuntará copia de la demanda, y de la providencia respectiva. NOTIFIQUESE. f) Dr. MILTON HERNANDEZ. JUEZ . Sigue la certificación. Lo que comunico para los fines de Ley.
Pujilí, 16 de abril de 2021.- Certifico.
Abg. Silvana Calvopiña
SECRETARIA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE CIVIL CON SEDE EN EL CANTON PUJILÍ, PROVINCIA DE COTOPAXI
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001-004-0396/ms