Dr. Manuel Rosales Cárdenas
E S INDUDABLE QUE SE QUIERE PERJUDICAR aún más a la Justicia y atentar por enésima vez contra su independencia. El Plenario de la Comisión Legislativa el 16 de octubre de 1995, luego de una serie de consideraciones que no vienen al caso, Resuelve facultar a la Corte Suprema de Justicia para que aplique las normas necesarias para el proceso de reestructuración de las Cortes Superiores de Justicia, Tribunales, Juzgados, RegistradurÃas de la Propiedad, Registros Mercantiles y NotarÃas del paÃs y sus dependencias.
Sobre la resolución
Esta resolución al parecer no tubo el efecto deseado porque han transcurrido algunos meses, sin que la Corte Suprema, que está actuando apegada a la Ley y transitando por los caminos de la dignidad, haya cumplido con esta ilegal y aparentemente inocente Resolución. Ante esta realidad el dÃa domingo 10 de marzo de 1996, el Presidente de la República convoca a un Congreso Extraordinario en cuyo punto tercero nuevamente se pone para discusión del Congreso la Resolución tomada por el Plenario de las Comisiones Permanentes.
La Resolución en mención, es a todas luces ilegal, puesto que la Ley que rige el Plenario de las Comisiones Legislativas no le faculta para tomar este tipo de resoluciones. El Art. 54 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa señala que les compete conocer, aprobar, o negar proyectos de Ley; codificar las leyes, mediante el conocimiento y resolución sobre los informes de las Comisiones de Codificación; resolver sobre las decisiones del Tribunal de GarantÃas Constitucionales, etc.; y, las demás atribuciones indicadas en la Constitución PolÃtica.
Las reformas publicadas en el Registro Oficial No. 863 de 16 de enero de 1996
La Constitución PolÃtica, cuyas reformas están publicadas en el Registro Oficial No. 863 de 16 de enero de 1996 tampoco les faculta para dictar esta Resolución ya que lo que hacen en definitiva es ratificar y ampliar sus facultades contenidas en la Ley Orgánica citada anteriormente. (Art. 54).
Por otro lado diferentes legisladores han señalado y denunciado la intención polÃtica que tienen el incorporar en el Congreso el tratamiento de este tema.
Se quiere en definitiva darle el golpe de gracia a la Función Judicial, hacerla más eficiente, más polÃtica, a contribuir a la corrupción más acelerada y profunda con nuevos magistrados y jueces que sabiendo que responden a intereses polÃticos van a tratar de enriquecerse a velocidades increÃbles. La improvisación no es la mejor forma de ayudar a esta función.
Terminemos con el doble discurso
Seamos consecuentes, lógicos, terminemos con el doble discurso. Como candidatos luchan por los principios éticos, morales y por la superación del paÃs y de la justicia y luego como congresistas hacen exactamente lo contrario, al tratar de reestructurar todo el mecanismo de la Función Judicial, a partir de las Cortes Superiores.
Nuestra oposición frontal a este tipo de procesos ilegales pues atenta contra la propia constitución que garantiza la independencia de las funciones entre las cuales se encuentran la Función Judicial.
Hacemos un llamado a la razón
De darse paso a la reorganización, incluso en el caso de que fuera justa, esta no durarÃa sino hasta la próxima reunión del Congreso, en donde se conformarÃa una nueva mayorÃa que también reestructurarÃa la Función Judicial, por esta vez desde la Corte Suprema y asà sucesivamente. Al atentar contra la estabilidad de los Jueces y Magistrados están en contra de la seguridad interna del Estado, porque no hay paÃs que progrese si no están seguros los ciudadanos de que tienen una justicia estable y honesta.
Propias leyes
Tratemos de que la Corte Suprema y las Cortes Superiores cumplan, utilizando sus propias leyes, con el deber de limpiar la estructura judicial, de la corrupción y del billeteo; que ordenen una auditorÃa operacional a fin de determinar:
a) La cronologÃa del despacho de los juicios y peticiones.
b) El retardo en la administración de justicia.
c) Las quejas y las recusaciones, sin perjuicio de que se haga una investigación en las oficinas de citaciones y otras dependencias, como las RegistradurÃas de la Propiedad y las NotarÃas.
Con reestructuración no se mejora la Justicia, se la mejora con capacitación, con una carrera judicial justa y con mano dura para sancionar todos los casos de corrupción que se denuncien.
Defensa por la independencia
Señores Legisladores no abusen de la paciencia del pueblo e investiguen, están en su derecho, todas las desviaciones de esa función, todas su debilidades y sus falencias y obliguen a quienes tienen la responsabilidad de hacerlo a cumplir con la Ley sancionando a todos los funcionarios que no cumplan con sus obligaciones.
No defendemos a ningún funcionario en particular, peor aún a Magistrados o Jueces, pero la independencia de la Función Judicial es sagrada y debe respetársela. Igualmente lo es la estabilidad, porque permite actuar a los jueces con la tranquilidad de saberse garantizado en su puesto con apego a la Ley y a lo actuado en el proceso.
Los abogados estamos alertas y convocando a todos los colegios a pronunciarse por la defensa de los principios de la independencia, estabilidad y por al vigencia de la carrera judicial.