DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO - Derecho Ecuador
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DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO

Casillero Judicial No. 3826

Dr. /Ab. Ana de los Ángeles Román Proaño

EXTRACTO JUDICIAL

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL CANTÓN QUITO, PROVINCIA DE PICHINCHA

JUICIO N°. 17203-2020-05093

CUANTIA: INDETERMINADA

PROCEDIMIENTO: ORDINARIO

ACCIÓN: DECLARATORIA DE UNIÓN DE HECHO

PARTE ACTORA: LOPEZ JARAMILLO CARMEN

PARTE DEMANDADA: PACHECO LOPEZ ADRIAN ALEJANDRO, PACHECO LOPEZ RICARDO PATRICIO, PACHECO BORJA DIANA VANESSA

CITACIÓN JUDICIAL A: HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS DE QUIEN EN VIDA FUERA ALFONSO PATRICIO PACHECO HERNANDEZ, SE HACE CONOCER LO SIGUIENTE:

AUTO DE CALIFICACIÓN:

UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL CANTÓN QUITO DE LA PROVINCIA DE PICHINCHA.- Quito, jueves 26 de noviembre del 2020, a las 08h35. VISTOS.- Agréguese al proceso los escritos y anexos presentados el 17 y 19 de noviembre del 2020 a las 10h26 y 11h51 respectivamente.- Avoco conocimiento de la presente causa, en mi calidad de Juez Titular de esta Unidad Judicial de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia de la parroquia Mariscal Sucre del Cantón Quito, Provincia de Pichincha.- Por lo que en virtud al mismo DISPONGO: 1) La demanda que antecede es clara, completa, y reúne los demás requisitos de ley por lo que de conformidad con lo dispuesto en el Art. 289 del Código Orgánico General de Procesos, se la acepta a trámite en procedimiento ordinario.- 2) De conformidad a dispuesto en el Art. 291 del COGEP, CÍTESE de inmediato a los demandados señores DIANA VANESSA PACHECO BORJA, RICARDO PATRICIO PACHECO LOPEZ y ADRIAN ALEJANDRO PACHECO LOPEZ con la copia de la demanda, en la dirección consignada por la accionante, mediante la oficina de citaciones de esta Unidad Judicial; para lo cual por Secretaría remítase el despacho suficiente, a fin que, los demandados en el TÉRMINO DE 30 DÍAS anuncien la prueba al contestar la demanda, y haga valer sus derechos en los términos referidos en los Arts. 291 y 151 del Código Orgánico General de Procesos bajo prevenciones de continuar la causa en rebeldía de la parte demandada.- Una vez que la actora ha rendido juramento de desconocimiento de individualidad y residencia de conformidad con el 56 del Código Orgánico General de Procesos, CITESE a los herederos presuntos y desconocidos de quien en vida fuera ALFONSO PATRICIO PACHECO HERNANDEZ por la prensa y de conformidad con el art. 58 del Código Orgánico General de Procesos.- 3) A fin de garantizar la seguridad jurídica y el debido proceso la convocatoria audiencia preliminar respectiva se realizará una vez verificada la citación a la demandada, y agotado el término de contestar su demanda.- 4) Téngase en cuenta la prueba documental que anuncia y adjunta la actora de la causa la misma que se tomará en cuenta conforme a derecho en el momento procesal oportuno. 5) Los señores DIANA VANESSA PACHECO BORJA y JAIME ENRIQUE CALERO PROAÑO rendirán sus declaraciones de parte y testimonial respectivamente, el día en que se lleve a efecto la audiencia única en la presente causa.- Tómese en cuenta el casillero judicial señalado, así como la autorización conferida a su abogado defensor.- Actúe la Dra. Betty Ayala Granda en calidad de Secretaria de esta Unidad Judicial.- NOTIFIQUESE.- f) Dr. Pablo Alejandro Jacome Jaramillo, Juez De La Unidad Judicial De La Familia, Mujer, Niñez Y Adolescencia Del Cantón Quito.

Lo que llevo a su conocimiento para los fines legales consiguientes, y le cito, previniéndole de la obligación que tiene de señalar domicilio legal para sus futuras notificaciones en esta causa, dentro del perímetro legal de la Unidad de la Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia con Sede en la Parroquia Mariscal Sucre del Distrito Metropolitano de Quito, Provincia de Pichincha. Ecuador.

Dr. Betty Solanda Ayala Granda

SECRETARIA DE LA UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA CON SEDE EN LA PARROQUIA MARISCAL SUCRE DEL CANTÓN QUITO

Hay firma y sello

001-004-0481/ms

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