¿Cuándo el demandado no anuncia como prueba las partidas de nacimiento de sus otros hijos, puede hacerlo o no en la audiencia? - Derecho Ecuador
2 minutos de lectura

¿Cuándo el demandado no anuncia como prueba las partidas de nacimiento de sus otros hijos, puede hacerlo o no en la audiencia?

Escuche el artículo

RESPUESTA

El Art. 159 del COGEP, es claro cuando dispone que la prueba documental se debe adjuntar a la demanda, contestación a la demanda, reconvención y contestación a la reconvención, salvo disposición en contrario. Esta salvedad no es aplicable al caso de las partidas de nacimiento que no fueron anunciadas como prueba, puesto que no existe disposición legal alguna que permita presentar en audiencia o fuera de la oportunidad que tienen las partes para presentar dicha prueba documental. De acuerdo, con el Art.166 del COGEP, únicamente en caso de prueba nueva puede solicitarse prueba no anunciada en la demanda, contestación a la demanda, reconvención y contestación a la reconvención, siempre que se acredite que no fue de conocimiento de las partes, o habiéndola conocido no pudo disponer de la misma.

Por lo tanto, según el Art.164 del COGEP, la prueba que debe ser valorada es aquella que se ha solicitado, practicado e incorporado dentro del término señalado en el Código, es decir, no existe la posibilidad de que se valore la prueba documental presentada en audiencia, puesto que en este acto procesal lo que se debe es practicar la prueba, no presentarla o anunciarla, pues, para ello el derecho de la parte procesal ya precluyó. Si no se presentó las partidas de nacimiento en forma oportuna, ni como prueba nueva, puede ejercerse la acción que le permite la propia ley, mediante el incidente respectivo en trámite sumario, y por lo mismo no hay vulneración de derecho constitucional alguno al no aceptar la jueza o juez como prueba dichos documentos

Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

Más publicaciones

Un paciente va a ser sometido a un procedimiento médico. Recibe información sobre la intervención y sus riesgos, suscribe el consentimiento informado y el procedimiento se realiza.

El Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) se erige como uno de los pilares normativos e institucionales más robustos y dinámicos para salvaguardar la dignidad humana a nivel global.

La impugnación permite a las partes afectadas por una resolución judicial cuestionar las decisiones del juzgador cuando consideran que se ha cometido un error en la aplicación de la ley o en los procedimientos procesales.

Imprimir PDFAutora: Nathaly Salazar Brito Paradigma constitucional El antecedente más preciso de la justicia especializada en el Ecuador, data de la creación de las Salas...

Tampoco se admitirá acciones constitucionales contra las resoluciones de terminación unilateral del contrato, porque se tienen mecanismos de defensas adecuados y eficaces para proteger los derechos derivados de tales resoluciones, previstos en la Ley.

About Wikilogy

Wikilogy is a platform where knowledge from various fields merges, with experts and enthusiasts collaborating to create a reliable source covering history, science, culture, and technology.