RESPUESTA

  • Las actuaciones realizadas por o ante la o el juzgador se registrarán por cualquier medio telemático instalado en las dependencias judiciales, a fin de garantizar la conservación, reproducción de su contenido y su seguridad.
  • Los medios probatorios requeridos deben ser anunciados y, de ser el caso, adjuntados al acto de proposición de las partes. Previo a la práctica de la prueba, esta debe ser admitida por el Juez
  • Consta en SATJE: Una vez admitida, EN AUDIENCIA el Juez dispone al secretario que incorpore al proceso la actuación judicial consultada en SATJE
  • No consta en SATJE: Una vez admitida, se oficiará para que se remitan las copias certificadas requeridas.

Cápsulas del Consejo de la Judicatura