¿Cómo procede la negativa de la suspensión condicional de la pena en base a los antecedentes personales en la etapa de juicio? - Derecho Ecuador
2 minutos de lectura

¿Cómo procede la negativa de la suspensión condicional de la pena en base a los antecedentes personales en la etapa de juicio?

Escuche el artículo

RESPUESTA

El Tribunal Constitucional Español, en sentencia STC 251/2005, 10 de Octubre de 2005, recurso 1733-2004, sobre la suspensión condicional de la pena privativa de libertad, que para nuestro sistema procesal resulta novedosa, ha dicho: “Se trata, en efecto, de un beneficio asentado sobre la idea de que, en el caso de delincuentes primarios condenados a penas cortas privativas de libertad, las finalidades preventivas especiales mencionadas en el art. 25.2 CE pueden ser alcanzadas con mayores garantías de éxito si los órganos del Estado que ostentan la titularidad del ius puniendi renuncian momentáneamente a ejecutar la pena a condición de que el penado no vuelva a delinquir durante un plazo de tiempo preestablecido, sin que ello vaya en detrimento de los fines preventivos generales que también han de cumplir las penas. La ejecución de la pena impuesta quedaría así en suspenso durante un cierto tiempo -que en el presente caso ascendía a dos años- a la espera de que el condenado cumpla la condición de no delinquir de nuevo en dicho plazo.

Con lo anotado, encontramos que si lo que se busca con la suspensión condicional de la pena privativa de libertad, es que un condenado primario por un delito de baja relevancia penal, pueda acceder a este derecho, permitiendo así de mejor manera una efectiva reparación integral, resocialización y readaptación social y además con un afán preventivo, necesario resulta que el juzgador para decidir por sobre su procedencia, valorare factores como la personalidad, naturaleza y gravedad o modalidad de los hechos que se juzgaron y así tenga elementos suficientes para una adecuada y motivada decisión.

Criterios sobre Inteligencia y Aplicación de la Ley Corte Nacional de Justicia

Más publicaciones

El delito de terrorismo en la legislación penal ecuatoriana ha experimentado una evaluación progresiva en el transcurso de los años, consolidándose como un tipo penal que en la actualidad abarca la mayor cantidad de circunstancias delictuosas a fin de sancionar actos criminales y erradicar, mediante la prevención general, supuestos cometimientos en un futuro.

El Dr. Mariño Bustamante analiza el Art. 162 COIP (secuestro extorsivo). Explica que la conjunción disyuntiva "u" ("...otra infracción u obtener dinero...") demuestra dogmáticamente que el delito tiene dos propósitos alternativos, no acumulativos.

Las medidas cautelares son una acción constitucional, que evitan la amenaza contra derechos constitucionales o derechos humanos reconocidos en instrumentos internacionales.

10 minutos de lectura

Transparencia y publicidad de los procesos judiciales

12 minutos de lectura

Autores: Dr. Iván Garzón Villacrés Mg. e Iván Garzón Castro. La Corte Constitucional en sentencia 001-16-SEP-CC, al respecto ha recogido su criterio indicado en otros...

About Wikilogy

Wikilogy is a platform where knowledge from various fields merges, with experts and enthusiasts collaborating to create a reliable source covering history, science, culture, and technology.