ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA FEEBETAXI TRANSPORTE C.A. - Derecho Ecuador
2 minutos de lectura

ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA FEEBETAXI TRANSPORTE C.A.

SEGUNDA CONVOCATORIA A JUNTA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA COMPAÑÍA FEEBETAXI TRANSPORTE C.A.

De acuerdo al Artículo 119 y 236 de la Ley de Compañías y a los Estatutos Sociales de la compañía FEEBETAXI TRANSPORTE C.A. cumpliendo los protocolos de bioseguridad otorgados por el COE, se convoca a los Señores Accionistas a la Junta General Ordinaria de Accionistas, a celebrarse:

Fecha: Jueves, 01 de octubre de 2020

Lugar: Barrio Santiago Roldos, Calle B, Tercera Transversal, Manzana 5, Lote 9 Parroquia de Cutuglagua, Cantón Mejía, Provincia de Pichincha.

Hora: 10:30 (diez horas treinta)

El orden del día a tratarse es el siguiente:

  1. Conocimiento y aprobación del Informe de Gerente del año 2019.
  2. Conocimiento y aprobación del Informe de Comisario año 2019.
  3. Conocimiento y aprobación de los Estados Financieros de Resultado Integral, de Situación Financiera, de Flujos de Efectivo y de Cambios en Patrimonio por el año determinado el 31 de diciembre de 2019.
  4. Pronunciamiento y resolución de la Junta General sobre los resultados correspondientes al ejercicio 2019.
  5. Conocimiento y aprobación de la Proforma Presupuestaria año 2020.

De conformidad con el artículo 237 de la Ley de Compañía, por tratarse de segunda convocatoria, la Junta se llevará a cabo con el número de accionistas presentes.

De manera especial se convoca al Comisario Principal y Suplente de la compañía.

Los Balances y documentación relativa a los puntos que serán tratados en la junta general ordinaria, se encuentran a disposición de los señores accionistas en las oficinas de la compañía.

Atentamente,

Bladimiro García García

GERENTE GENERAL

Más publicaciones

Con la contestación a la demanda se integra la relación procesal produciendo dos efectos fundamentales: 1) Quedan determinados los sujetos de la relación, actor y demandado, y, 2) Las cuestiones sometidas al pronunciamiento del juzgador.

En aplicación del principio de congruencia, el juzgador tiene la facultad de adecuar la conducta del justiciable al tipo penal que corresponda

El procedimiento establecido para los casos voluntarios está claramente determinado en el Art. 335 del COGEP, es decir, el procedimiento voluntario se inicia con la solicitud que debe contener los mismos requisitos de la demanda.

La obligación de suministrar una pensión alimenticia, nace desde que se presenta la demanda.

El Gobierno envió a la Asamblea el proyecto de Ley para la Sostenibilidad y Eficiencia del Gasto de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) que es una ley que controlará el gasto público

Artículos relacionados
¡Explora más contenido que coincida con tus intereses con estas sugerencias!

CLUB DEPOTIVO BASICO BARRIAL “REAL MADRID” Sangolquí, 18 de agosto del 2022 CONVOCATORIA CLUB DEPOTIVO BASICO BARRIAL “REAL MADRID”, de conformidad a lo que establece...

15951-2022-00208-OFICIO-02768-2022 R. del E. UNIDAD JUDICIAL DE LA FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DEL CANTON TENA, PROVINCIA DE NAPO CITACION JUDICIAL: JUICIO : PRIVACION DE...

Autores: Yandry M. Loor Loor y Joyce Klinger Vega. Hoy en día la justicia de nuestro país persigue el debido proceso; por lo tanto, lo...

15123-2021-00896-OFICIO-01467-2021 UNIDAD MULTICOMPETENTE DEL CANTON QUIJOS-EL CHACO EXTRACTO DE CITACIÓN JUDICIAL CITACION JUDICIAL: CITESE a los herederos presuntos y desconocidos del señor AUGUSTO FERNANDO VALLEJO...

About Wikilogy

Wikilogy is a platform where knowledge from various fields merges, with experts and enthusiasts collaborating to create a reliable source covering history, science, culture, and technology.