Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Jueves 12 Febrero de 2015 – R. O.
No. 437

SUMARIO

Ministerio de Finanzas:

Ejecutivo:

Acuerdos

0309 Deléganse atribuciones, decláranse y legalízanse las
comisiones de servicio en el exterior de los siguientes funcionarios:

Doctor Willam Vásconez Rubio, Subsecretario de
Financiamiento Público

0312 Señor Consejero Eliú Gutiérrez, Encargado de Negocios
Subrogante de la Embajada de la República del Ecuador en la República
Bolivariana de Venezuela

0328 Economista Madeleine Leticia Abarca Runruil,
Viceministra de Finanzas

0340 Economista Juan Hidalgo Andrade, Asesor de la
Subsecretaría de Financiamiento Público y otros

0346 Licenciado Diego Marcelo Cárdenas Salazar, Servidor
Público 7 de la Dirección Nacional de Egresos Permanentes de la Subsecretaría
de Presupuesto

0351 Economista Juan Carlos García Folleco, Subsecretario de
Política Fiscal

0364 Señor Luis Villafuerte, Director Nacional de
Negociación y Financiamiento Público y otros

0366 Director (a) Nacional del Resto del Sector Público de
la Subsecretaría de Relaciones Fiscales y otros

0375 Ingeniero Carlos Iván Barrionuevo Toasa, Analista de
Mercados Financieros

0383 Licenciado Fernando Soria Balseca, Subsecretario de
Presupuestos

Ministerio del Ambiente: Coordinación General Zona 3:

Resoluciones

087 Apruébase el Estudio de Impacto Ambiental expost para el
Proyecto Pasteurizadora San Pablo, ubicado en el cantón Píllaro, provincia de
Tungurahua

Ministerio de Industrias y Productividad: Subsecretaría de
la Calidad:

Resoluciones

15 040 Apruébase y oficialízase con el carácter de
obligatoria la modificatoria 2 del Reglamento Técnico Ecuatoriano RTE INEN 051
(1R) ?Ollas a Presión para uso Doméstico?

Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero:

161-ARCH-DJ-2014 Deléganse atribuciones a los siguientes
funcionarios:

Ing. Mónica del Rosario Jácome Cerda, Directora
Administrativa Financiera Encargada

209-ARCH-DJ-2014 Lcdo. Patricio Segundo Rosero Montesdeoca,
Analista Administrativo de la Dirección Administrativa Financiera

211-ARCH-DJ-2014 Abg. Carlos Alberto Cando Vallejo,
Coordinador del Proceso de Jurisdicción Coactiva y Patrocinio Judicial
encargado

215-ARCH-DJ-2014 Ing. Diego Gerardo Madrid Corrales,
Director de Tecnologías de la Información y Comunicaciones

217-ARCH-DJ-2014 Ing. Siria Eliana Rentería Landivar,
Directora de Programación

226-ARCH-DJ-2014 Abogado Peter Felipe Zambrano Avilés,
servidor de esta ARCH

001-003-DIRECTORIO EXTRAORDINARIO-ARCH-2015 Expídense las
normas para el tratamiento de los excedentes de GLP de uso doméstico y
comercial/industrial

Banco Central del Ecuador:

BCE-111-2014 Deléganse atribuciones a la doctora Laura
Susana Haro Jácome

BCE-0124-2014 Deléganse atribuciones a la doctora Jenny
Cepeda Saavedra, en su calidad de Directora General del Proyecto de Inversión
«Recepción, Validación, Administración y Liquidación de la Banca
Cerrada»

Consejo Nacional De Control de Sustancias Estupefacientes y
Psicotrópicas:

CONSEP-SE-2014-0002-R Refórmase el Reglamento para el
depósito, custodia, resguardo y administración de bienes objeto de medidas
cautelares de carácter real

Dirección General de Aviación Civil:

027/2015 Apruébase la Regulación Técnica de Aviación Civil,
RDAC Parte 154 ?Diseño de Aeródromos?

030/2015 Delégase al equipo encargado del Programa de
Seguridad Operacional (SSP), el establecimiento y operación de los equipos de
trabajo de Seguridad Operacional de Pista (RST) a nivel nacional

031/2015 Apruébase la Regulación Técnica de Aviación Civil,
RDAC Parte 120 ?Reglamento de prevención y control del consumo indebido de
sustancias psicoactivas en el personal aeronáutico?

Instituto Nacional de Patrimonio Cultural:

002-2015 Deléganse atribuciones al titular del INPC

Servicio de Rentas Internas:

DZ8-DZORMAI15-00000001 Modifícase la Resolución No.
ZGU-DZORDRI14-00000005

Gobiernos Autónomos Descentralizados: Ordenanzas
Municipales:

Ordenanza

12-2014 Cantón Simón Bolívar: Para la aplicación de la norma
técnica para el pago de viáticos, subsistencias, movilizaciones y alimentación
dentro del país para las y los servidores y las y los obreros para el
cumplimiento de licencias de servicios institucionales


Cantón El Triunfo:
De creación de la Unidad
Municipal de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial

CONTENIDO


MINISTERIO DE
FINANZAS

No. 0309

LA
COORDINADORA GENERAL

ADMINISTRATIVA
FINANCIERA

Considerando:

Que, mediante
memorando Nro. MINFIN-DM-2014-0489, de 15 de septiembre de 2014, el Economista
Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas, solicitó a la, Economista
Rosana Cevallos Zaldumbide, Coordinadora General Administrativa Financiera, se
realicen los trámites pertinentes para la comisión de servicios al exterior del
abogado Willam Vásconez, Subsecretario de Financiamiento Público, y del
economista Juan Hidalgo, Asesor de la Subsecretaría de Financiamiento Público,
a fin de que participen en la reuniones de trabajo para continuar con los procesos
de negociación de financiamiento público, del 22 al 26 de septiembre, en Miami,
Estados Unidos;

Que, según lo
dispuesto en el último inciso del Art. 30 de la Ley Orgánica del Servicio
Público; y Art. 4 del Acuerdo No. 1101, de 22 de marzo del 2012, mediante el
cual se expide el Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos
de la Función Ejecutiva y Entidades Adscritas, de la Presidencia de la
República; la Dirección de Administración del Talento Humano y la Secretaría Nacional
de la Administración Pública, han emitido el informe favorable para legalizar
la comisión de servicios con remuneración en el exterior, en el lapso 22 al 26
de septiembre de 2014, a favor del doctor Willam Vásconez Rubio, Subsecretario
de Financiamiento Público, quien asistió a varias reuniones de trabajo para
continuar con los procesos de negociación de financiamiento público, en Miami,
Estados Unidos, conforme se desprende del Informe No. MINFIN-DATH-2014-417, de
11 de noviembre de 2014, y de la legalización de viaje No. 37592, de 07 de
noviembre de 2014, emitida por la Coordinación General de Gestión
Interinstitucional de la Secretaría Nacional de la Administración Pública; y,

En ejercicio
de las facultades que le confiere el Art. 1 del Acuerdo Ministerial No. 002,
publicado en el Registro Oficial No. 630 de 31 de enero del 2012.

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en el último inciso del Art. 30 de la
Ley Orgánica del Servicio Público, legalizar la comisión de servicios con remuneración
en el exterior, en el lapso del 22 al 26 de septiembre de 2014, a favor del
doctor Willam Vásconez Rubio, Subsecretario de Financiamiento Público, quien
asistió a varias reuniones de trabajo para continuar con los procesos de
negociación de financiamiento público, en Miami, Estados Unidos.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- El presente viaje al exterior deberá ser justificado mediante informe
sometido al análisis de la Subsecretaría de Organización, Métodos y Control, y
a su vez registrado en el Sistema de Información para la Gobernabilidad
Democrática – SIGOB, conforme consta en la disposición del doctor Vinicio
Alvarado Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública y
Comunicación, contenida en el oficio No. SUBP-0-08- 09097 de 24 de noviembre
del 2008.

ARTÍCULO
TERCERO.- Los gastos de boletos aéreos, alojamiento, alimentación y
movilización, fueron financiados con cargo al vigente presupuesto del
Ministerio de Finanzas.

Quito, a 11 de
noviembre del 2014.

f.) Econ.
Rosana Cevallos Zaldumbide, Coordinadora General Administrativa Financiera.

Ministerio de
Finanzas del Ecuador.- f.) Ilegible.- 1 foja.- Es fiel copia del original.

No. 0312

LA MINISTRA DE
FINANZAS SUBROGANTE

Considerando:

Que el numeral
1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador, manda que a
las Ministras y Ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en
la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área
a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera
su gestión;

Que el Código
Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas en su artículo 74, numeral 16,
relativo a los deberes y atribuciones del ente rector del Sistema Nacional de
Finanzas Públicas, establece entre otras, la de celebrar a nombre del Estado
ecuatoriano, en representación del Presidente o Presidenta de la República, los
contratos o convenios inherentes a las finanzas públicas, excepto los que
corresponda celebrar a otras entidades y organismos del Estado, en el ámbito de
sus competencias;

Que el
artículo 75 del invocado Código dispone que, el Ministro a cargo de las
Finanzas Públicas, podrá delegar por escrito las facultades que estime
conveniente hacerlo;

Que el
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus
artículos 17 y 55, faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público,
delegar sus atribuciones y deberes;

Que el Comité
de Deuda y Financiamiento, mediante Acta Resolutiva No. 021 de 7 de noviembre
de 2014, autorizó la contratación y aprobó los términos y condiciones financieras
del Contrato de Préstamo a celebrarse entre la República del Ecuador,
representada por el Ministerio de Finanzas, en calidad de Prestataria y la
Corporación Andina de Fomento, CAF, en calidad de Prestamista, por un monto de
hasta USD 176.000.000,00, destinado a financiar el ?Programa Nueva
Infraestructura Educativa?, cuya ejecución estará a cargo del Ministerio de Educación;
y,

En ejercicio
de la facultad que le confieren los artículos 154 de la Constitución de la
República, 74 y 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, 17
y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva.

Acuerda:

Artículo 1.- Delegar
al señor Consejero Eliú Gutiérrez, para que en su calidad de Encargado de
Negocios Subrogante de la Embajada de la República del Ecuador en la República
Bolivariana de Venezuela, a nombre y en representación del Gobierno Nacional,
suscriba con la Corporación Andina de Fomento – CAF, el Contrato de Préstamo
por un monto de hasta USD 176.000.000,00, destinado a financiar el ?Programa
Nueva Infraestructura Educativa?, cuya ejecución estará a cargo del Ministerio
de Educación.

Artículo 2.- El
presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

COMUNÍQUESE.- Quito,
11 de noviembre del 2014.

f.) Econ.
María Gabriela Carrasco Espinoza, Ministra de Finanzas Subrogante.

Ministerio de
Finanzas del Ecuador.- f.) Ilegible.- 1 foja.- Es fiel copia del original.

No. 0328

EL MINISTRO DE
FINANZAS

Considerando:

Que la
Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No.
449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros
de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde
ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que el Código
Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de
2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75
dispone que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá
delegar por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;

Que el
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus
artículos 17 y 55 faculta a los Ministros y autoridades del Sector Público
delegar sus atribuciones y deberes;

Que a través
del artículo 79 del Código Orgánico Monetario y Financiero se creó la
Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados
como una persona jurídica de derecho público, no financiera, con autonomía administrativa
y operativa, el cual, de conformidad con lo previsto en el artículo 83 del mismo
cuerpo legal se encuentra presidido por un directorio integrado por tres
miembros plenos: un delegado del Presidente de la República, que lo presidirá,
el titular de la secretaría de Estado a cargo de la política económica o su
delegado y el titular de la secretaría de Estado a cargo de las finanzas
públicas o su delegado;

Que mediante
Convocatoria No. 2014-002 el Presidente de la Corporación del Seguro de Depósitos,
Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados, convoca a la sesión del
Directorio de la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo
de Seguros Privados, que se llevará a cabo en la ciudad de Quito, el día 18 de noviembre
de 2014 a las 14h00; y,

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 154 de la Constitución de la
República del Ecuador, 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas, 83 del Código Orgánico Monetario y Financiero; y, 17 y 55 del Estatuto
del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

Acuerda:

Art. 1.- Delegar
a la economista Madeleine Leticia Abarca Runruil, Viceministra de Finanzas para
que, a nombre y en representación de este Ministerio asista a la sesión del Directorio
de la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros
Privados, que se llevará a cabo el día 18 de noviembre de 2014.

Art. 2.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Oficial.

Dado en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco Quito, a 18 de noviembre
del 2014.

f.) Econ.
Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas.

Ministerio de
Finanzas del Ecuador.- f.) Ilegible.- 1 foja.- Es fiel copia del original.

MINISTERIO DE
FINANZAS

Nº 0340

LA
COORDINADORA GENERAL

ADMINISTRATIVA
FINANCIERA

Considerando:

Que, mediante
memorandos Nros. MINFIN-DM-2014- 0541-A y MINFIN-DM-2014-0548, de 13 y 20 de
octubre de 2014, respectivamente, el economista Fausto Herrera Nicolalde,
Ministro de Finanzas, solicitó a la economista Rosana Cevallos Zaldumbide,
Coordinadora General Administrativa Financiera, se realicen los trámites pertinentes
para la comisión de servicios al exterior de los servidores Willam Vásconez,
Subsecretario de Financiamiento Público, Luis Villafuerte, Director Nacional de
Negociación y Financiamiento Público, Juan Hidalgo, Asesor de la Subsecretaría
de Financiamiento Público, José Burbano, Edwin Álvarez y Vanessa Loyola, Analistas
de Financiamiento Público, para que asistan a varias reuniones de trabajo a fin
de continuar con los procesos de negociación de financiamiento público, en Nueva
York, Miami y Beijing;

Que, según lo
dispuesto en el último inciso del Art. 30 de la Ley Orgánica del Servicio
Público; y Art. 4 del Acuerdo No. 1101, de 22 de marzo del 2012, mediante el
cual se expide el Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos
de la Función Ejecutiva y Entidades Adscritas, de la Presidencia de la
República; la Dirección de Administración del Talento Humano y la Secretaría Nacional
de la Administración Pública, han emitido el informe favorable para la
legalización de la comisión de servicios con remuneración en el exterior, en el
lapso del 24 al 30 de octubre de 2014, a favor del economista Juan Hidalgo
Andrade, Asesor de la Subsecretaría de Financiamiento Público, ingeniero José
Burbano Valdivieso y abogado Edwin Álvarez Cajiao, Analistas de Financiamiento
Público, quienes asistieron a varias reuniones de trabajo en Beijing, China,
conforme se desprende del Informe Nro. MINFIN-DATH-2014-0445, de 24 de
noviembre de 2014 y de las legalizaciones de viajes Nos. 38685, 38686 y 38687,
de 24 de noviembre de 2014, emitidas por la Coordinación General de Gestión Interinstitucional
de la Secretaría Nacional de la Administración Pública; y,

En ejercicio
de las facultades que le confiere el Art. 1 del Acuerdo Ministerial No. 002,
publicado en el Registro Oficial No. 630 de 31 de enero del 2012.

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en el último inciso del Art. 30 de la
Ley Orgánica del Servicio Público, legalizar la comisión de servicios con
remuneración en el exterior, en el lapso del 24 al 30 de octubre de 2014, a
favor del economista Juan Hidalgo Andrade, Asesor de la Subsecretaría de Financiamiento
Público, ingeniero José Burbano Valdivieso y abogado Edwin Álvarez Cajiao,
Analistas de Financiamiento Público, quienes asistieron a varias reuniones de
trabajo a fin de continuar con los procesos de negociación de financiamiento
público, en Beijing, China.

ARTÍCULO
SEGUNDO.- El presente viaje al exterior deberá ser justificado mediante informe
sometido al análisis de la Subsecretaría de Organización, Métodos y Control, y
a su vez registrado en el Sistema de Información para la Gobernabilidad
Democrática – SIGOB, conforme consta en la disposición del doctor Vinicio Alvarado
Espinel, Secretario Nacional de la Administración Pública y Comunicación,
contenida en el oficio No. SUSP-0-08-09097 de 24 de noviembre del 2008.

ARTÍCULO
TERCERO.- Los gastos de boletos aéreos, movilización, alojamiento y
alimentación fueron financiados con cargo al vigente presupuesto del Ministerio
de Finanzas.

Quito, a 24 de
noviembre del 2014.

f.) Econ.
Rosana Cevallos Zaldumbide, Coordinadora General Administrativa Financiera.

Ministerio de
Finanzas.- Es fiel copia del original.- en 1 foja.- f.) Dayana Rivera,
Directora de Certificación.

MINISTERIO DE
FINANZAS

No. 0346

LA
COORDINADORA GENERAL

ADMINISTRATIVA
FINANCIERA

Considerando:

Que, mediante
oficios Nos. MIDUVI-C.G.A.F.F-2014- 0127-O y MIDUVI-C.G.A.F.F-2014-0134-O de 13
y 21 de noviembre del 2014, respectivamente, la Econ. Karla Mariana Echeverría
Yépez, Coordinadora General Administrativa Financiera del MIDUVI solicita al
Econ. Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas, la comisión de servicios
sin remuneración del Lcdo. Diego Cárdenas Salazar, para que preste sus
servicios en la Dirección Financiera del Ministerio de Desarrollo Urbano y
Vivienda, por el lapso de dos años;

Que, el
Despacho Ministerial, autoriza la comisión de servicios sin remuneración del
Lcdo. Diego Cárdenas Salazar, Servidor Público 7 de la Dirección Nacional de Egresos
Permanentes de la Subsecretaría de Presupuesto, para que preste sus servicios
profesionales en el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda, por el lapso de
dos años;

Que, mediante
comunicación sin número de 25 de noviembre del 2014 el Lcdo. Diego Marcelo
Cárdenas Salazar, Servidor Público 7 de la Dirección Nacional de Egresos
Permanentes de la Subsecretaría de Presupuesto, expresa su aceptación a la
comisión de servicios sin remuneración en el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda,
a partir del 01 de diciembre del 2014;

Que, de
conformidad con lo dispuesto en el Art. 31 de la Ley Orgánica del Servicio
Público en concordancia con el Art. 51 del Reglamento General a la LOSEP, la
Dirección de Administración del Talento Humano, ha emitido el informe favorable
respectivo, sobre la comisión de servicios sin remuneración, a favor del Lcdo.
Diego Cárdenas Salazar, Servidor Público 7 de la Dirección Nacional de Egresos
Permanentes de la Subsecretaría de Presupuesto, para que preste sus servicios
profesionales en la Dirección Financiera del Ministerio de Desarrollo Urbano y
Vivienda, signado con el número MF-DATH- 2014 – 448 de 26 de noviembre del
2014; y,

En ejercicio
de las facultades que le confiere Art. 1 del Acuerdo Ministerial No. 002,
publicado en el Registro Oficial No. 630 de 31 de enero del 2012,

Acuerda:

ARTÍCULO
ÚNICO.- De conformidad con lo dispuesto en el Art. 31 de la Ley Orgánica del
Servicio Público, en concordancia con el Art. 51 del Reglamento General a la LOSEP,
declarar en comisión de servicios sin remuneración de esta Secretaría de
Estado, al Lcdo. Diego Marcelo Cárdenas Salazar, Servidor Público 7 de la Dirección
Nacional de Egresos Permanentes de la Subsecretaría de Presupuesto, para que
preste sus servicios profesionales en la Dirección Financiera del Ministerio de
Desarrollo Urbano y Vivienda, por el lapso de dos años, a partir del 01 de
diciembre del 2014.

Dado en Quito,
26 de noviembre del 2014.

f.) Econ.
Rosana Cevallos Zaldumbide, Coordinadora General Administrativa Financiera.

Ministerio de
Finanzas.- Es fiel copia del original.- en una foja.- f.) Dayana Rivera,
Directora de Certificación.

No. 0351

EL MINISTRO DE
FINANZAS

Considerando:

Que, la
Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No.
449 de 20 de octubre de 2008, en su artículo 154 dispone que las Ministras y Ministros
de Estado, además de las atribuciones establecidas en la Ley, les corresponde
ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los
acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión;

Que, el
Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva en sus articulo 10 primer
inciso determina que todos los órganos y autoridades de la Administración
Pública Central que conforman la Función Ejecutiva se hallan sometidos a la
jerarquía del Presidente de la República y a la de los respectivos Ministros de
Estado;

Que, la norma
ibídem en sus artículo 17 señala que los Ministros de Estado son competentes
para el despacho de todos los asuntos inherentes a sus Ministerios sin necesidad
de autorización alguna del Presidente de la República, salvo los casos
expresamente señalados en leyes especiales;

Que, el Código
Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, publicado el 22 de octubre de
2010, en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 306, en su artículo 75
dispone que, él o la Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, podrá
delegar por escrito las facultades que estime conveniente hacerlo;

Que, la Ley
Orgánica del Servicio Público publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No.
294 de 6 de octubre de 2010
, en su artículo 126 dispone que cuando por
disposición de la Ley o por orden escrita de autoridad competente, la servidora
o el servidor deba subrogar en el ejercicio de un puesto del nivel jerárquico
superior, cuyo titular se encuentre legalmente ausente, recibirá la diferencia
de la remuneración mensual unificada que corresponda al subrogado, durante el
tiempo que dure el reemplazo, a partir de la fecha de la subrogación, sin perjuicio
del derecho del titular;

Que, el
artículo 270 del Reglamento General de la invocada Ley Orgánica, publicada en
el Suplemento del Registro Oficial No. 418 de 1 de abril de 2011, dispone que
la subrogación procederá de conformidad al anotado artículo 126, considerando
que la o él servidor subrogante tendrá derecho a percibir la diferencia que
exista entre la remuneración mensual unificada de su puesto y la del puesto
subrogado, incluyendo estos los puestos que dependan administrativamente de la
misma institución;

Que, la
economista Madeleine Abarca Runruil, Viceministra de Finanzas, por motivos
inherentes a esta Cartera de Estado debe ausentarse del país para tratar diferentes
asuntos de interés nacional; y,

En ejercicio
de las atribuciones que le confieren los artículos 154 de la Constitución, 17
del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, 22
del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas,126 de la Ley Orgánica
del Servicio Público, y 270 del Reglamento General a la invocada Ley,

Acuerda:

Art. 1.- El
economista Juan Carlos García Folleco, Subsecretario de Política Fiscal,
subrogará las funciones de Viceministro de Finanzas en el periodo comprendido
entre el 1 y al 03 de diciembre de 2014.

Art. 2.- El
presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Oficial.

Dado, en el
Distrito Metropolitano de la ciudad de San Francisco de Quito, a, 28 de
noviembre del 2014.

f.) Econ.
Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de Finanzas del Ecuador.

Ministerio de
Finanzas.- Es fiel copia del original.- en una foja.- f.) Dayana Rivera,
Directora de Certificación.

MINISTERIO DE
FINANZAS

No. 0364

LA
COORDINADORA GENERAL

ADMINISTRATIVA
FINANCIERA

Considerando:

Que, mediante
memorandos Nros. MINFIN-DM-2014- 0641 y MINFIN-DM-2014-0643, de 03 y 04 de
diciembre de 2014, el Economista Fausto Herrera Nicolalde, Ministro de
Finanzas, solicitó a la Economista Rosana Cevallos Zaldumbide, Coordinadora
General Administrativa Financiera, se realicen los trámites pertinentes para la
comisión de servicios al exterior de los servidores: Willam Vásconez,
Subsecretario de Financiamiento Público, Luis Villafuerte, Director Nacional de
Negociación y Financiamiento Público, Juan Hidalgo, Asesor de la Subsecretaría
de Financiamiento Público, Marco Endara y Estefany Cueva, Analistas de
Negociación y Financiamiento Público, María Gabriela Carrasco, Subsecretaria de
Relaciones Fiscales, y Nathalia Guerra, Directora Nacional de Empresas
Públicas, para que asistan a varias reuniones de trabajo en Beijing, China, del
08 al 16 de diciembre de 2014, a fin de obtener el financiamiento necesario
para los diversos proyectos de inversión que actualmente se encuentra
ejecutando la República del Ecuador,

Que, según lo
dispuesto en el último inciso del Art. 30 de la Ley Orgánica del Servicio
Público; y Art. 4 del Acuerdo No. 1101, de 22 de marzo del 2012, mediante el
cual se expide el Reglamento de Viajes al Exterior de los Servidores Públicos
de la Función Ejecutiva y Entidades Adscritas, de la Presidencia de la
República; la Dirección de Administración del Talento Humano y la Secretaría Nacional
de la Administración Pública, han emitido el informe favorable para la comisión
de servicios con remuneración en el exterior, en el lapso del 08 al 16 de diciembre
de 2014, a favor de los servidores: Luis Villafuerte, Director Nacional de
Negociación y Financiamiento Público, Marco Endara y Estefany Cueva, Analistas
de Negociación y Financiamiento Público, María Gabriela Carrasco, Subsecretaria
de Relaciones Fiscales, y Nathalia Guerra, Directora Nacional de Empresas
Públicas, para que asistan a varias reuniones de trabajo en Beijing, China, a
fin de obtener el financiamiento necesario para los diversos proyectos de
inversión que actualmente se encuentra ejecutando la República del Ecuador; conforme
se desprende del Informe No. MINFIN-DATH- 2014-461, de 08 de diciembre de 2014,
y de las autorizaciones de viajes Nos.
40083, 40085, 40086, 40099 y 40100, emitidas por la Coordinación General de
Gestión Interinstitucional de la Secretaría Nacional de la Administración
Pública; y,

En ejercicio
de las facultades que le confiere el Art. 1 del Acuerdo Ministerial No. 002,
publicado en el Registro Oficial No. 630 de 31de enero del 2012.

Acuerda:

ARTÍCULO
PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en el último inciso del Art. 30 de la
Ley Orgánica del Servicio Público, conceder la comisión de servicios con
remuneración en el exterior, en el lapso del 08 al 16 de diciembre de 2014, a
favor de los servidores: Luis Villafuerte, Director Nacional de Negociación y Financiamiento
Público, Marco Endara y Estefany Cueva, Analistas de Negociación y
Financiamiento Público, María Gabriela Carrasco, Subsecretaria de Relaciones
Fiscales, y Nathalia Guerra, Directora Nacional de Empresas Públicas, para que
asistan a varias reuniones de trabajo a fin de obtener el financiamiento
necesario para los diversos proyectos de inversión que actualmente se encuentra
ejecutando la República del Ecuador, en Beijing, China

ARTÍCULO
SEGUNDO.- El presente viaje al exterior deberá ser justificado mediante informe
sometido al análisis de la Subsecretaría de Organización, Métodos y Control, y
a su vez registrado en el Sistema de Información para la Gobernabilidad
Democrática – SIGOB, conforme consta en la disposición del doctor Vinicio
Alvarado Espinel. Secretario Nacional de la Administración Pública y
Comunicación, contenida en el oficio No. SUBP-0-08- 09097 de 24 de noviembre
del 2008.

ARTÍCULO
TERCERO.- Los gastos de boletos aéreos, movilización, alojamiento y
alimentación serán financiados con cargo al vigente presupuesto del Ministerio
de Finanzas.

Quito, a 08 de
diciembre del 2014.

f.) Econ.
Rosana Cevallos Zaldumbide, Coordinadora General Administrativa Financiera.

Ministerio de
Finanzas.- Es fiel copia del original.- en una foja.- f.) Dayana Rivera,
Directora de Certificación.

No. 0366

EL MINISTERIO
DE FINANZAS

Considerando:

Que de
conformidad con lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 154 de la
Constitución de la República del Ecuador, una de las atribuciones de las
ministras y ministros de Estado es: ?Ejercer la rectoría de las políticas
públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones
administrativas que requiera su gestión.?;

Que el
artículo 286 de la Constitución de la República manda que las finanzas públicas, en todos los
niveles de gobierno, se conduzcan de forma sostenible, responsable y transparente
y procurarán la estabilidad económica;

Que el
artículo 297 de la Constitución de la República dispone que las instituciones y
entidades que reciban o transfieran bienes o recursos públicos se sometan a las
normas que las regulan y a los principios y procedimientos de transparencia,
rendición de cuentas y control público;

Que el numeral
6 del artículo 74 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas,
dispone que una de las atribuciones del ente rector del SINFIP es: ?Dictar las normas,
manuales, instructivos, directrices, clasificadores, catálogos, glosarios y
otros instrumentos de cumplimiento obligatorio por parte de las entidades del
sector público para el diseño, implantación y funcionamiento del SINFIP y sus
componentes;?;

Que el
artículo 75 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas dispone: ?La
Ministra (o) el cargo de las Finanzas Públicas podrá delegar por escrito las facultades
que estime conveniente hacerlo. Los actos administrativos ejecutados por los
funcionarios, servidores o representantes especiales o permanentes delegados
para el efecto por el Ministro (a) a cargo de las finanzas públicas, tendrán la
misma fuerza y efecto que si los hubiere hecho el titular o la titular de esta
Cartera de Estado y la responsabilidad corresponderá al funcionario delegado.?;

Que el artículo
131 del Reglamento General al Código Orgánico de Planificación y Finanzas
Públicas que fuere emitido mediante Decreto Ejecutivo No. 489 de 13 de noviembre
de 2014 y publicado en el Registro Oficial Suplemento No. 383 de 26 de
noviembre de 2014, determina: ?Los convenios de consolidación de deuda serán
definitivos cuando provengan de balances debidamente auditados, generando
afectación presupuestaria definitiva, como lo establece el último inciso del
artículo 117 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas; y
provisionales, cuando provengan de documentos justificativos debidamente
firmados por el representante legal o los servidores que tengan dicha facultad,
según sea el caso. El Ministerio de Finanzas deberá reliquidar el monto de la consolidación
provisional una vez entregada la información financiera auditada. El Ministerio
de Finanzas no procesará solicitud de pago alguna si no cuenta con los
documentos antes descritos.?;

Que el
Estatuto de Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,
publicado en el Registro Oficial 536, de 18 de marzo de 2002, en el artículo 55
señala: ?Las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la
Administración Pública Central e Institucional, serán delegables en las
autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren
prohibidas por Ley o por Decreto. La delegación será publicada en el Registro
Oficial??; y,

En ejercicio
de la facultad que le confiere el artículo 154 numeral 1 de la Constitución de
la República, el numeral 6 del artículo 74 del Código Orgánico de Planificación
y Finanzas Públicas y el artículo 131
del Reglamento General del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas;

Acuerda:

Art. 1.- Delegar
al Director (a) Nacional del Resto del Secto