Registro Oficial No.19- Martes 05 de noviembre de 2019 Edición Constitucional - Derecho Ecuador
5 minutos de lectura

Registro Oficial No.19- Martes 05 de noviembre de 2019 Edición Constitucional

Administración del Señor Lcdo. Lenin Moreno Garcés

Presidente Constitucional de la República del Ecuador

Martes 05 de noviembre de 2019 (R. O.19, 05–noviembre -2019) Edición Constitucional

Año I – Nº 19

Quito, martes 5 de noviembre de 2019

CORTE CONSTITUCIONAL

DEL ECUADOR

SALA DE ADMISIÓN:

CAUSAS:

0028-19-IN Acción pública de inconstitucionalidad de actos normativos.- Legitimados activos: Carmen Marisol Rodríguez Pérez y otros

0036-19-IN Acción pública de inconstitucionalidad de actos normativos.- Legitimados activos: Alejandra Elizabeth Bailón Zúñiga y otro

Corte

Constitucional del ecuador

SALA DE ADMISIÓN

RESUMEN CAUSA No. 0028-19-IN

En cumplimiento a lo dispuesto por la Sala de Admisión, mediante auto de 26 de septiembre del 2019 y de conformidad con lo establecido en el artículo 80, numeral 2, literal e), de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, se pone en conocimiento del público lo siguiente:

CAUSA: Acción pública de inconstitucional i dad de actos normativos

LEGITIMADO ACTIVO: Carmen Marisol Rodríguez Pérez y otros.

CORREO ELECTRÓNICO: pabloarturo10@hotmail.com y veropotes@gmail.com

LEGITIMADOS PASIVOS: Lenin Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la República del Ecuador; e, Iñigo Salvador Crespo, Procurador General del Estado.

NORMAS CONSTITUCIONALES PRESUNTAMENTE VULNERADAS:

Artículos: 1!, numerales 2, 12, 13, 14, 21, 30, 32; 57 numerales 1, 2, 3, 4, 5, 9, 11, 12, 13 e inciso penúltimo; y, 66 numerales 4, 27 de la Constitución de la República.

PRETENSIÓN JURÍDICA:

Los accionantes solicitan:

“Con base en ¡a argumentación antes expuesta, y sin perjuicio de la aplicación del principio de control integral contenido en el art. 76.1 de la LOGJCC, de acuerdo al cual la Corte Constitucional deberá confrontar las disposiciones acusadas con todas las normas constitucionales vigentes, incluso con aquellas que no fueron invocadas en la presente demanda, solicitamos se declare la inconstitucionalidad de:

  1. la totalidad del Decreto Ejecutivo 751, por la forma;
  2. los Art. 1, 2, 3, 4, 9 disposición transitoria segunda del Decreto Ejecutivo No. 751, por el fondo;

Adicionalmente solicitamos se analice la constitucionalidad del Art. 424 del Reglamento al Código Orgánico Ambiental emitido a través del Decreto Ejecutivo 752, que tiene relación directa con el Decreto 751.

Del mismo modo, solicitamos se dé aplicación directa del principio de configuración de la unidad normativa contenido en el art. 76.9 de la LOGJCC, a fin de que la declaratoria de inconstitucionalidad de las normas acusadas guarde conformidad con todas las normas del sistema normativo”.

De igual manera solicitan la suspensión provisional de las normas acusada como inconstitucionales.

4 – Martes 5 de noviembre de 2019 Edición Constitucional Nº 19 – Registro Oficial

De conformidad con lo dispuesto por la Sala de Admisión, publíquese este resumen de la demanda en el Registro Oficial y en el Portal Electrónico de la Corte Constitucional.

LO CERTIFICO.- Quito D.M., 29 de octubre del 2019, a las 12:10

Registro Oficial – Edición Constitucional Nº 19 Martes 5 de noviembre de 2019 – 5

Corte

Constitucional del ecuador

SALA DE ADMISIÓN RESUMEN CAUSA No. 0036-19-IN

En cumplimiento a lo dispuesto por la Sala de Admisión, mediante auto de 26 de septiembre del 2019 y de conformidad con lo establecido en el artículo 80, numeral 2, literal e), de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, se pone en conocimiento del público lo siguiente:

CAUSA: Acción pública de inconstitucionalidad de actos normativos

LEGITIMADO ACTIVO: Alejandra Elizabeth Bailón Zúñiga y Wilson Alfredo Cacpata Calle.

CORREO ELECTRÓNICO: cj.constituciona@gmail.com

LEGITIMADOS PASIVOS: Lenin Moreno Garcés, Presidente Constitucional de la República del Ecuador; Presidente de la Asamblea Nacional; e, Iñigo Salvador Crespo, Procurador General del Estado.

NORMAS CONSTITUCIONALES PRESUNTAMENTE VULNERADAS:

Artículos: 11, numeral 2; y, 66 numeral 4, de la Constitución de la República.

PRETENSIÓN JURÍDICA:

Los accionantes solicitan:

…Se acepte esta acción de inconstitucionalidad por el fondo del artículo 155 inciso tercero del Código del Trabajo.

Sin embargo, al ser la declaración de inconstitucionalidad una medida de última ratio, solicitamos se realice una interpretación obligatoria compatible con aquella”, en el siguiente sentido:

Norma actual.

“Durante los doce (12) meses posteriores al parto, la jornada de la madre lactante durará seis (6) horas, de conformidad con la necesidad de la beneficiaría”

Interpretación sugerida.

“Durante los doce (12) meses contados a partir de que haya concluido su licencia de maternidad, la jornada de la madre lactante durará seis (6) horas, de conformidad con la necesidad de la beneficiaría”…».

De conformidad con lo dispuesto por la Sala de Admisión, publíquese este resumen de la demanda en el Registro Oficial y en el Portal Electrónico de la Corte Constitucional.

6 – Martes 5 de noviembre de 2019 Edición Constitucional Nº 19 – Registro Oficial

LO CERTIFICO.- Quito D.M., 29 de octubre del 2019, a las 12:30

Registro Oficial – Edición Constitucional Nº 19 Martes 5 de noviembre de 2019 – 7

8 – Martes 5 de noviembre de 2019 Edición Constitucional Nº 19 – Registro Oficial

Más publicaciones

La importancia de la remisión normativa en el derecho ecuatoriano radica en conocer la jerarquía de la norma y la supletoriedad de esta, en conocer el bloque de constitucionalidad, que consiste en una técnica jurídica mediante la cual el texto constitucional reenvía a otros textos que, por ende, terminan, haciendo parte del mismo cuerpo normativo.

Autor: Hernán Muñoz Antecedentes Nadie puede negar que nuestro sistema judicial siempre ha pretendido ser controlado por los políticos, pero existían sistemas y formas de...

Revisa el cronograma detallado por horas del I Congreso Cuatrinacional de Derecho Civil en Quito. Ponencias magistrales el 3 y 4 de diciembre en la UDLA y UASB.

Las medidas de protección imponen al Estado, sus funcionarios y empleador o cualquier particular, incluido los progenitores, parientes, personas responsables de su cuidado, maestros, educadores y el propio niño, niña o adolescente, determinadas acciones con el objeto de hacer cesar el acto de amenaza, restituir el derecho que ha sido vulnerado y asegurar el respeto permanente de sus derechos.

14 minutos de lectura

El concurso de infracciones se estructura para su estudio en concurso ideal y concurso real.

Artículos relacionados
¡Explora más contenido que coincida con tus intereses con estas sugerencias!

Administración del Señor Guillermo Lasso Mendoza Presidente Constitucional de la República del Ecuador Viernes 30 de julio de 2021 (R. O.506, 30–julio -2021) SUMARIO: Págs....

Administración del Señor Guillermo Lasso Mendoza Presidente Constitucional de la República del Ecuador Jueves 29 de julio de 2021 (R. O.505, 29–julio -2021) SUMARIO: Págs....

Administración del Señor Guillermo Lasso Mendoza Presidente Constitucional de la República del Ecuador Jueves 29 de julio de 2021 (R. O.505, 29–julio -2021) SUMARIO: Págs....

Administración del Señor Guillermo Lasso Mendoza Presidente Constitucional de la República del Ecuador Martes 27 de julio de 2021 (R. O.504, 28–julio -2021) SUMARIO: Págs....

About Wikilogy

Wikilogy is a platform where knowledge from various fields merges, with experts and enthusiasts collaborating to create a reliable source covering history, science, culture, and technology.