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FUNCION EJECUTIVA
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DECRETOS:
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1546……. Acéptase la renuncia del ingeniero Diego Roberto Jaramillo Jaramillo y nómbrase a la señora Patricia Moncayo (Ph.D) Secretaria General de la Presidencia de la República
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1551……. Dase de baja de las filas de la institución policial, al Coronel de Policía de E.M. Fernando Patricio Burgos Terán
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1552……. Dase de baja de las filas de la institución policial, al General Inspector Nelson Fabián Machado Arroyo
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1553……. Dase de baja de las filas de la institución policial, al Coronel de Policía de E.M. doctor Mario Fidel Cuvero Vélez
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ACUERDOS:
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MINISTERIO DEL DEPORTE:
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001……… Declárase a los escenarios deportivos que se encuentran ubicados en espacios cerrados, como zonas libre de humo y sitios de sano esparcimiento para la práctica y desarrollo de la cultura física, el deporte y la recreación
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MINISTERIO DE GOBIERNO:
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287……… Apruébase el estatuto y otórgase personería jurídica a la Misión Cristiana “Generación en Conquista”, con domicilio en la ciudad de Ambato, provincia de Tungurahua
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290……… Apruébase el estatuto y otórgase personería jurídica a la organización religiosa, Iglesia Cristiana de “La Gran Comisión”, con domicilio en cantón Quito, provincia de Pichincha
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MINISTERIO DE INCLUSIÓN
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ECONOMICA Y SOCIAL:
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0994……. Apruébase el estatuto y concédese personalidad jurídica a la Asociación de Inversionistas de Servicios y Recreación “La Carolina”, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha
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0995……. Apruébase el estatuto y concédese personalidad jurídica al Comité Barrial Promejoras “Puertas del Valle”, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha
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0996……. Apruébase el estatuto y concédese personalidad jurídica a la Fundación “Color Esperanza”, con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha
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1000……. Apruébase el estatuto y concédese personalidad jurídica a la Asociación de “Zuleteños Residentes en Quito”, con domicilio en cantón Quito, provincia de Pichincha
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1022……. Apruébase el estatuto y concédese personalidad jurídica al Comité Barrial “Girasoles de Monjas” con domicilio en el Distrito Metropolitano de Quito, provincia de Pichincha
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MINISTERIO DE INDUSTRIAS
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Y COMPETITIVIDAD:
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09 018…. Desígnase al Subsecretario de Desarrollo Organizacional, para que en calidad de delegado permanente y en representación de esta Secretaría de Estado, asista a las sesiones del Directorio del Instituto Nacional de Contratación Pública
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RESOLUCIONES:
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CONSEJO NACIONAL DE
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ELECTRICIDAD -CONELEC-:
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DE-08-046 Otórgase la Licencia Ambiental Nº 024/08, para la construcción y operación del Proyecto de Nueva Generación de 4.08 MW de capacidad, a ubicarse en el sitio denominado Plataforma Hormiguero D, Bloque 17, parroquia Dayuma, cantón y provincia de Orellana
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DE-08-047 Otórgase la Licencia Ambiental Nº 025/08, para la construcción y operación del Proyecto de Nueva Generación de 4.08 MW de capacidad, a ubicarse en el sitio denominado Plataforma Hormiguero Sur A, Bloque 17, parroquia Dayuma, cantón y provincia de Orellana
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DE-08-048 Otórgase la Licencia Ambiental Nº 023/08, para la construcción y operación del Proyecto de Nueva Generación de 6.75 MW de capacidad, a ubicarse en el sitio denominado Plataforma Hormiguero C, Bloque 17, parroquia Dayuma, cantón y provincia de Orellana
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CORPORACION ADUANERA
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ECUATORIANA:
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GGN-27-2009 Califícase de excepción el procedimiento de ínfima cuantía relacionado con la contratación del servicio de monitoreo de las instalaciones de la Gerencia General, por el lapso de 1 mes, con la Empresa P.S.P., Prestación de Servicios Privados Cía. Ltda.
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INSTITUTO NACIONAL DE
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ESTADISTICA Y CENSOS:
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240 DIRG 2008 Expídese el reglamento interno para el pago de viáticos, subsistencias, alimentación, transporte y movilización por licencia o comisión de servicio en el país de los servidores del INEC
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SECRETARIA NACIONAL TECNICA DE DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS Y REMUNERACIONES DEL SECTOR PUBLICO:
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SENRES-2009-000001 Revísase la ubicación del puesto de Secretario Ejecutivo del Instituto para el Ecodesarrollo Regional Amazónico-ECORAE en la escala de remuneración mensual unificada del nivel jerárquico superior
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SENRES-2009-000003 Incorpóranse tres puestos de PETROECUADOR en la escala de remuneración mensual unificada del nivel jerárquico superior
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SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
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IRECCION REGIONAL NORTE:
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RNO-DRERDFI09-00004 Deléganse atribuciones al economista Mauricio Fernando Córdova Cevallos
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RNO-DRERDFI09-00005 Delégase al economista Mauricio Fernando Córdova Cevallos, la competencia de suscribir varios documentos
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FUNCION JUDICIAL
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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
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SALA ESPECIALIZADA DE LO FISCAL:
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Recursos de casación en los juicios seguidos por las siguientes personas e instituciones:
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149-2007 Compañía PESDEL S. A. en contra del Director Regional del Servicio de Rentas Internas de Manabí
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153-2007 Empresa Centro Gráfico S. A. en contra de la Corporación Aduanera Ecuatoriana
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154-2007 Corporación Financiera Nacional en contra de la Directora Financiera Tributaria del Municipio del Distrito Metropolitano de Quito
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156-2007 Compañía Recepciones Milton Casanova S. A. en contra del Director Regional, encargado del Servicio de Rentas Internas del Litoral Sur
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161-2007 PACIFICTEL S. A. Agencia Quevedo en contra de la Municipalidad de Ventanas
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171-2007 Compañía Bristol Myers Squibb del Ecuador Cía. Ltda. en contra del Gerente General de la Corporación Aduanera Ecuatoriana
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14-2008.. Compañía Industria Papelera Caicedo Miño Cía. Ltda. en contra del Gerente Distrital de la Corporación Aduanera Ecuatoriana de Guayaquil y otra
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ORDENANZAS MUNICIPALES:
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–………. Gobierno Municipal del Cantón Joya de los Sachas: Que reforma a la Ordenanza que reglamenta la creación, administración y funcionamiento de la Empresa Municipal de Servicios Agropecuarios (EMSAP)
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–………. Cantón Sucumbíos: De conformación, funcionamiento y gestión del Concejo Cantonal de Salud
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n n n No. 1546 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPUBLICA n n Considerando: n n
Que mediante Decreto Ejecutivo No. 687 de 18 de octubre del 2007 se nombró al señor ingeniero Diego Roberto Jaramillo Jaramillo como Secretario General de la Presidencia de la República;
n n
Que mediante oficio de 19 de enero del 2009, el señor ingeniero Diego Roberto Jaramillo Jaramillo ha presentado su renuncia al cargo de Secretario General de la Presidencia de la República; y,
n n
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 9 de la Constitución Política de la República,
n n Decreta: n n
Artículo 1.- Aceptar la renuncia del ingeniero Diego Roberto Jaramillo Jaramillo al cargo de Secretario General de la Presidencia de la República y agradecerle los servicios prestados.
n n n
Artículo 2.- Nombrar a la señora Patricia Moncayo (Ph.D) Secretaria General de la Presidencia de la República.
n n n
Artículo Final.- Este decreto ejecutivo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
n n
Dado en el Palacio Nacional, en San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, el día de hoy 26 de enero del 2009.
n n
f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
n n
Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, 27 de enero del 2009.
n n
f.) Abg. Oscar A. Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.
n n No. 1551 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPUBLICA n n Considerando: n n
La Resolución del H. Consejo de Generales de la Policía Nacional No. 2008-1164-CsG-PN de diciembre 18 del 2008;
n n
El pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía, formulado mediante oficio No. 2009-098-SPN de enero 15 del 2009, previa solicitud del señor General Inspector Jaime Hurtado Vaca, Comandante General de la Policía Nacional, con oficio No. 2009-015-DGP-PN de enero 6 del 2009;
n n
De conformidad con los Arts. 65, inciso segundo y 66, literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional; y,
n n
En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional,
n n Decreta: n n
Art. 1.- Dar de baja de las filas de la institución policial, con fecha de expedición de este decreto, al señor Coronel de Policía de E.M- FERNANDO PATRICIO BURGOS TERAN, por solicitud voluntaria con expresa renuncia a la situación transitoria.
n n
Art. 2.- De la ejecución del presente decreto encárguese el Ministro de Gobierno y Policía.
n n
Dado en el Palacio Nacional, Quito, a 27 de enero del 2009.
n n
f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
n n
f.) Fernando Bustamante Ponce, Ministro de Gobierno y Policía.
n n
Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, 27 de enero del 2009.
n n
f.) Abg. Oscar A. Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.
n n No. 1552 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPUBLICA n n Considerando: n n
La Resolución del H. Consejo de Generales de la Policía Nacional No. 2009-028-CsG-PN del 16 de enero del 2009;
n n
El pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía, formulado mediante oficio No. 2009-0126-SPN del 20 de enero del 2009, previa solicitud del señor Comandante General de la Policía Nacional, con oficio No. 2009-055-DGP-PN de enero 19 del 2009;
n n
De conformidad con los Arts. 65, inciso segundo y 66, literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional; y,
n n
En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional,
n n Decreta: n n
Art. 1.- Dar de baja de las filas de la institución policial, con la fecha de expedición de este decreto, al señor General Inspector NELSON FABIAN MACHADO ARROYO, por solicitud voluntaria con expresa renuncia a la situación transitoria.
n n
Art. 2.- De la ejecución del presente decreto encárguese el Ministro de Gobierno y Policía.
n n
Dado, en el Palacio Nacional, Distrito Metropolitano de Quito, a 27 de enero del 2009.
n n
f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
n n
f.) Fernando Bustamante Ponce, Ministro de Gobierno y Policía.
n n
Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, 27 de enero del 2009.
n n
f.) Abg. Oscar A. Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.
n n n n n n n No. 1553 n n Rafael Correa Delgado n PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA n REPUBLICA n n Considerando: n n
La Resolución del H. Consejo de Generales de la Policía Nacional No. 2009-029-CsG-PN del 16 de enero del 2009;
n n
El pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía, formulado mediante oficio No. 2009-0124-SPN del 20 de enero del 2009, previa solicitud del señor Comandante General de la Policía Nacional, con oficio No. 2009-053-DGP-PN de enero 19 del 2009;
n n
De conformidad con los Arts. 65, inciso segundo y 66, literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional; y,
n n
En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional,
n n Decreta: n n
Art. 1.- Dar de baja de las filas de la institución policial, con la fecha de expedición de este decreto, al señor Coronel de Policía E.M. Dr. MARIO FIDEL CUVERO VELEZ, por solicitud voluntaria con expresa renuncia a la situación transitoria.
n
n n n n n n
Art. 2.- De la ejecución del presente decreto encárguese el Ministro de Gobierno y Policía.
n n
Dado en el Palacio Nacional, Distrito Metropolitano de Quito, a 27 de enero del 2009.
n n
f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
n n
f.) Fernando Bustamante Ponce, Ministro de Gobierno y Policía.
n n
Es fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, 27 de enero del 2009.
n n
f.) Abg. Oscar A. Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.
n n n n n n n n N° 001 n n Eco. Sandra Vela Dávila n MINISTRA DEL DEPORTE – SECRETARIA n
NACIONAL DE CULTURA FISICA, DEPORTES Y RECREACION
n n Considerando: n n
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 6 de 15 de enero del 2007, publicado en el Registro Oficial No 22 de 14 de febrero del mismo año, se creó el Ministerio del Deporte, el cual asumió las funciones que actualmente corresponden a la Secretaría Nacional de Cultura Física, Deportes y Recreación;
n n
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1504 de 23 de diciembre del 2008, se nombró a la economista Sandra Vela Dávila como Ministra del Deporte – Secretaría Nacional de Cultura Física, Deportes y Recreación;
n n
Que, es deber del Ministerio del Deporte el coordinar el desarrollo de actividades deportivas, que garantice la participación mayoritaria de la población, constituyendo el deporte y la recreación derechos de todas las personas, propiciando adecuadas normas del buen vivir;
n n
Que, el artículo 364 de la Constitución del Estado, reza: «Las adicciones son un problema de salud pública. Al Estado le corresponderá desarrollar programas coordinados de información, prevención y control del consumo de alcohol, tabaco y sustancias estupefacientes y psicotrópicas; así como ofrecer tratamiento y rehabilitación a los consumidores ocasionales, habituales y problemáticos. En ningún caso se permitirá su criminalización ni se vulnerarán sus derechos constitucionales»;
n n
Que, la Carta Magna en su artículo 383, determina: «Se garantiza el derecho de las personas y las colectividades al tiempo libre, la ampliación de las condiciones físicas, sociales y ambientales para su disfrute, y la promoción de actividades para el esparcimiento, descanso y desarrollo de la personalidad»;
n n
Que, la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, en su primer artículo innumerado que trata sobre el consumo del tabaco y sus derivados, dispone: «Se prohíbe el consumo de cigarrillo y otros productos derivados del tabaco en el interior de sitios públicos que, por sus características, propicien el consumo pasivo, esto es: restaurantes, aeropuertos, cines, ascensores, teatros, auditorios, coliseos, estadios, instalaciones destinadas a prácticas deportivas y recreativas; oficinas públicas y dependencias que prestan servicios públicos como: bancos, supermercados, correos, hospitales, clínicas, centros de salud, consultorios médicos, predios, aulas y edificaciones de establecimientos educativos pre-primarios, primarios, secundarios en las aulas y edificios de instituciones de educación superior, sean estos públicos o privados; centros comerciales, como locales que están destinados a la práctica de cultos religiosos y medios de transporte público, cualquiera que fuese su tipo en rutas nacionales»;
n n
Que, el artículo 54 del Reglamento a la Ley de Defensa del Consumidor establece: «Para efectos de lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor, en el caso de cigarrillos, otros productos derivados del tabaco y bebidas alcohólicas, se aplicarán las siguientes normas: a) Se prohíben fumar cigarrillos y otros productos derivados del tabaco, así como consumir bebidas alcohólicas, en: 1) auditorios, teatros, cines, ascensores y coliseos cubiertos»;
n n
Que, el artículo 43 de la Ley Orgánica de Salud, señala: «A más de lo dispuesto en la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor se prohíbe fumar en instituciones públicas, establecimientos educativos y deportivos, sean públicos o privados, servicios de salud, lugares de trabajo, medios de transporte colectivo, salas de cine y teatro, auditorios, ascensores, depósitos y sitios de prohibición de com-bustible, fábricas o depósitos de explosivos, lugares en donde existan productos de fácil combustión y otros espacios que se definan en los reglamentos correspon-dientes, emitidos por la autoridad sanitaria nacional. Todos los establecimientos, públicos y privados, colocarán adver-tencias visibles que indiquen la prohibición de fumar»;
n n
Que, el Estado Ecuatoriano, en el contexto internacional, está conciente de las devastadoras consecuencias que conlleva tanto en el ámbito sanitario, social, económico y ambiental el consumo del cigarrillo y la exposición de las personas al humo del tabaco; y,
n n
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución del Estado, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva y el artículo 1 de la Ley de Cultura Física, Deportes y Recreación,
n n Acuerda: n n
Art. 1.- Declarar a los escenarios deportivos que se encuentran ubicados en espacios cerrados, como zonas libre de humo y sitios de sano esparcimiento para la práctica y desarrollo de la cultura física, el deporte y la recreación.
n n
Art. 2.- Establecer la prohibición de fumar en todos los escenarios deportivos a nivel nacional ubicados en sitios cubiertos, considerando que el cigarrillo es una de las causas a nivel mundial de múltiples enfermedades.
n n
Art. 3.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
n n
Comuníquese y publíquese.- Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 5 de enero del 2009.
n n
f.) Eco. Sandra Vela Dávila, Ministra del Deporte – Secretaria Nacional de Cultura Física, Deportes y Recreación.
n n n n n n n No. 287 n n Raúl Iván González Vásconez n SUBSECRETARIO DE COORDINACION POLITICA n n Considerando: n n
Que en esta Cartera de Estado, el representante legal de la Misión Cristiana «Generación en Conquista», ha comparecido a esta Cartera de Estado y solicita la aprobación del estatuto y personería jurídica a favor de la indicada organización;
n n
Que el Art. 66, numeral 8 de la Constitución de la República, reconoce y garantiza a los ciudadanos el derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar en publico o en privado, su religión o sus creencias de manera voluntaria, con las restricciones que le impone el respeto a los derechos;
n n
Que la Subsecretaría Jurídica, mediante informe No. 2008-0565-SJ-ggv de 4 de diciembre del 2008, emite pronunciamiento favorable para la aplicación del estatuto y personería jurídica a favor de la Misión Cristiana «Generación en Conquista», por considerar que ha cumplido con los requisitos que establece el Decreto Supremo 212 de 21 de julio de 1937, publicado en el Registro Oficial No. 547 de 23 de los mismos mes y año, así como el Reglamento de Cultos Religiosos, publicado en el Registro Oficial No. 365 de 20 de enero del 2000; y, Decreto Ejecutivo No. 610, publicado en el Registro Oficial No. 171 de 17 de septiembre del 2007 y que por lo tanto, no contraviene el orden o la moral pública, la seguridad del Estado o el derecho de otras personas o instituciones; y,
n n
En ejercicio de la facultad delegada por el señor Ministro de Gobierno, Policía y Cultos, constante en el Acuerdo Ministerial No. 011 de 21 de enero del 2008; y conforme establece la Ley de Cultos y su reglamento,
n n n Acuerda: n n
ARTICULO PRIMERO.- Aprobar el estatuto y otorgar personería jurídica a la Misión Cristiana «Generación en Conquista», con domicilio en esta ciudad de Ambato.
n n n
ARTICULO SEGUNDO.- Disponer la publicación del estatuto en el Registro Oficial y la inscripción en el Registro Especial de Organizaciones Religiosas del Registro de la Propiedad del domicilio de la Organización religiosa, de conformidad con el Art. 3 del Derecho Supremo 212 R. O. No. 547 de 23 de julio de 1937 (Ley de Cultos).
n n
ARTICULO TERCERO.- Registrar en calidad de miembros fundadores de la Misión Cristiana «Generación en Conquista», a las personas que suscribieron el acta constitutiva de la organización.