n REGISTRO OFICIAL

n

n Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado

n

n Presidente Constitucional de la República del Ecuador

n

n Martes, 21 de Junio de 2011 – R. O. No. 474

n

n

n n

n
n
n FUNCIÓN EJECUTIVA
n
n ACUERDOS:
n
n SECRETARÍA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA:
n
n 722 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al señor Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional.
n
n 723 Autorízase la licencia con remuneración en el exterior al doctor Guillermo Solórzano Naranjo, Ph. D, Ministro de Coordinación de Conocimiento y Talento Humano.
n
n 724 Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al ingeniero Jaime Hernán Guerrero Ruiz, Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información.
n
n MINISTERIO DEL AMBIENTE:
n
n 077 Delégase al/la Coordinador/a General Administrativo/a Financiero/a para que en representación de la señora Ministra, suscriba los convenios de devengación de
n capacitaciones que las servidoras y los servidores públicos reciban dentro y fuera del país.
n
n 078 Deléganse atribuciones al biólogo Marco Chiu Chávez, Subsecretario de Cambio Climático de esta Cartera de Estado.
n
n MINISTERIO DE CULTURA:
n
n 070-2011 Concédese en calidad de auspicio a favor de los señores Nicolás Alejandro y Angélica María Castillo Velasteguí, el valor correspondiente a dos pasajes aéreos internacionales en la ruta Quito-Bucarest-Quito.
n
n 079-2011 Concédese en calidad de auspicio a favor de la señorita María Luz Arias Borja, el valor correspondiente a un pasaje aéreo internacional en la ruta Quito-México-Quito.
n
n 080-2011 Concédese en calidad de auspicio a favor de la señora Marleni Isabel Rodríguez Navarrete, a nombre de la representación nacional de INPUT, el valor correspondiente a tres pasajes aéreos internacio-nales en la ruta Quito-Seúl-Quito.
n MINISTERIO DE FINANZAS:
n
n 137 Dispónese la baja y destrucción de varias especies valoradas, que se mantienen en la bodega de este Ministerio, cortados al 30 de junio del 2010.
n
n MINISTERIO DE JUSTICIA, DERECHOS HUMANOS Y CULTOS:
n
n 0274 Inscríbese el Estatuto del Centro Cristiano ?Avivamiento para las Naciones?, con domicilio en el cantón Guayaquil, provincia del Guayas.
n
n MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES:
n
n Convenio entre el Departamento de Defensa de los Estados Unidos de América y el Ministerio de Defensa de la República del Ecuador Respecto a la Prestación de Servicios de Atención Sanitaria al Personal Militar y a sus Dependientes.
n
n Prórroga del Convenio entre el Departamento de Defensa de los Estados Unidos de América y el Ministerio de Defensa de la República del Ecuador Respecto a la Prestación de Servicios de Atención Sanitaria al Personal Militar y a sus Dependientes.
n
n MINISTERIO DE RELACIONES LABORALES:
n
n MRL-2011 00157 Dispónese que el doctor José Francisco Vacas Dávila, Viceministro de Trabajo y Empleo, le subrogue al señor Ministro.
n
n MINISTERIO DE TELECOMUNICACIONES Y DE LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN:
n
n 147 Refórmase el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos.
n
n RESOLUCIONES:
n
n MINISTERIO DEL AMBIENTE:
n
n 098 Otórgase Licencia de Aprovechamiento Forestal Especial a la Compañía Hidroeléctrica del Litoral HIDROLITORAL S. A. para el aprovechamiento de 6.619,28 m³ de madera en pie, en un área aproximada de 1099 ha., para la ejecución del ?Proyecto Multipropósito Baba?, ubicado al Norte de la provincia de Los Ríos, entre los cantones de Buena Fe y Valencia.
n
n CORREOS DEL ECUADOR:
n
n 150 2011 Establécese para los franquiciados a nivel nacional, crédito para la compra de sellos postales.
n
n INSTITUTO ECUATORIANO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL -IEPI-:
n
n 62-2011 SG-IEPI Deléganse funciones al abogado César Guillermo Palmay Avata.
n
n 63-2011 SG-IEPI Deléganse funciones al abogado Andrés Tinajero Mullo.
n
n 64-2011 SG-IEPI Deléganse funciones a la doctora Soledad De la Torre Bosano.
n
n 65-2011 SG-IEPI Deléganse funciones al abogado Andrés Tinajero Mullo.
n
n SERVICIO NACIONAL DE ADUANA DEL ECUADOR:
n
n DGN-0224-2011 Deléganse competencias administrativas al ingeniero Luis Antonio Villavicencio Franco.
n
n DGN-0226-2011 Deléganse atribuciones al ingeniero Munir Massuh Manzur, Director Administrativo Aduanero.
n
n ORDENANZAS MUNICIPALES:
n
n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Puerto López: Para la aplicación y cobro del impuesto a las utilidades en la transferencia de predios urbanos y plusvalía de los mismos.
n
n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Palora: De creación del Comité Municipal de Coordinación y Apoyo para el Desarrollo de Actividades de Prevención al Uso Indebido de Drogas .
n
n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Mera: Sustitutiva de la Ordenanza sustitutiva que reglamenta el manejo, custodia, registro y control del fondo de caja chica.
n
n Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Lomas de Sargentillo: Que reglamenta el cobro de tasa de habilitación y control de establecimientos comerciales e industriales dentro del cantón y la obtención del código municipal.

n n

n

n n

n

n

n

n

n Nº 722

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE

n

n LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior Nº 10730 del 25 de mayo del 2011 a favor del señor Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional, para su desplazamiento a Buenos Aires – Argentina del 25 al 29 del mes presente, a fin de atender la invitación del Ministerio de Defensa de la República de Argentina, al acto inaugural del Centro de Estudios Estratégicos de Defensa del Consejo de Defensa Suramericano; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo Nº 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial Nº 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al señor Javier Ponce Cevallos, Ministro de Defensa Nacional, quien se desplazará a Buenos Aires – Argentina del 25 al 29 del mes presente, para asistir al acto de inauguración del Centro de Estudios Estratégicos de Defensa del Consejo de Defensa Suramericano

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Los gastos relacionados con este desplazamiento serán cubiertos del presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 25 de mayo del 2011. f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n Nº 723

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que mediante oficio Nº MCCTH-MCCTH-2011-0005-O del 23 de mayo del 2011, el señor Ministro de Coordinación de Conocimiento y Talento Humano doctor Guillermo Solórzano, Ph. D., se refiere a la postergación de la visita oficial a la oficinas del Centro de Investigación de PETROBRAS, en Río de Janeiro – Brasil, no así a las reuniones planificadas con la Fundación de Amparo a la Investigación del Estado de Río de Janeiro (FAPERJ) que no pudieron ser aplazadas, por lo que es necesaria su presencia y cumplir con dichas reuniones, solicitando se le autorice su desplazamiento a dicha ciudad por el período de tiempo comprendido desde el 26 de mayo a 1 de junio próximo; y,

n

n

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo Nº 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial Nº 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar la licencia con remuneración al doctor Guillermo Solórzano Naranjo, Ph. D., Ministro de Coordinación de Conocimiento y Talento Humano, quien viajará a la ciudad de Río de Janeiro – Brasil, del 26 de mayo al 1 de junio del 2011, para cumplir con las reuniones coordinadas con la Fundación de Amparo a la Investigación del Estado de Río de Janeiro (FAPERJ), a objeto de analizar la posibilidad de establecer líneas de cooperación bilateral en el campo de la investigación y la generación de talento humano.

n

n

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 25 de mayo del 2011. f.) Vinicio Alvarado Espinel.

n

n

n

n Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n No. 724

n

n

n

n Vinicio Alvarado Espinel

n

n SECRETARIO NACIONAL DE LA

n

n ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

n

n

n

n Vista la solicitud de viaje al exterior No. 10798 del 26 de mayo del 2011 a favor del ingeniero Jaime Hernán Guerrero Ruiz, Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, para su desplazamiento a Bogotá-Colombia del 30 al 31 del mes presente, a fin de mantener una reunión con el señor Diego Molano, Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de ese país, con la finalidad de tratar bilateralmente compromisos para prohibir la comercialización de terminales móviles robadas; y,

n

n

n

n En ejercicio de las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 15 letra n) del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, incorporadas mediante Decreto Ejecutivo No. 726 del 8 de abril del 2011, publicado en el Registro Oficial No. 433 de 25 de iguales mes y año,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar el viaje y declarar en comisión de servicios al ingeniero Jaime Hernán Guerrero Ruiz, Ministro de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información, quien se desplazará a la ciudad de Bogotá-Colombia del 30 al 31 de mayo del 2011, a objeto de mantener una reunión con el señor Diego Molano, Ministro de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de ese país, con la finalidad de tratar bilateralmente compromisos para prohibir la comercialización de terminales móviles robadas.

n

n

n

n ARTÍCULO SEGUNDO.- El Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información cubrirá el valor de pasajes aéreos y viáticos.

n

n

n

n ARTÍCULO TERCERO.- Este acuerdo entrará en vigencia a partir de la presente fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n Dado en el Palacio Nacional, en Quito, a 30 de mayo del 2011. f.) Vinicio Alvarado Espinel. Documento con firmas electrónicas.

n

n

n

n Nº 077

n

n

n

n LA MINISTRA DEL AMBIENTE

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el artículo 227 de la Constitución de la República, establece que la Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

n

n

n

n Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, la Ministra del Ambiente puede delegar sus atribuciones y facultades a funcionario de su Portafolio, cuando la conveniencia lo requiera;

n

n

n

n Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, contempla las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, mismas que podrán ser delegadas en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentran prohibidas por ley o por decreto;

n

n

n

n Que, de conformidad con el Art. 30 de la Ley Orgánica del Servicio Público establece que para efectuar estudios regulares de posgrados, reuniones, conferencias, pasantías y visitas de observación en el exterior o en el país, que beneficien a la Administración Pública, se concederá comisión de servicios hasta por dos años, previo dictamen favorable de la Unidad de Administración del Talento Humano, siempre que la servidora o servidor hubiere cumplido un año de servicio en la institución donde trabaja;

n

n

n

n Que, de conformidad con el Art. 207 del Reglamento a la Ley Orgánica del Servicio Público establece que la máxima autoridad de la institución concederá a la o el servidor, previo informe favorable de la UATH, licencia sin remuneración o comisión de servicios con remuneración en el exterior, cuando el programa de formación de cuarto nivel se encuentre acorde con los perfiles ocupacionales y requisitos que se establezcan para el puesto, a la misión institucional, y se viabilice o se disponga del financiamiento económico correspondiente. En el caso de las y los servidores de carrera, para los fines señalados en el inciso anterior, deberán haber cumplido por lo menos un año de servicio en la institución donde presta los mismos?;

n

n

n

n Que, de conformidad con el Art. 208 del Reglamento a la Ley Orgánica de Servició Público establece que cuando una servidora o servidor de libre nombramiento o remoción se desplace a cumplir tareas oficiales de capacitación y/o actualización de conocimientos en reuniones, conferencias o visitas de observación dentro o fuera del país, se le concederá comisión de servicios con remuneración, percibiendo viáticos, subsistencias, gastos de movilización y/o transporte por el tiempo que dure dicha comisión desde la fecha de salida hasta el retorno;

n

n

n

n Que, de conformidad con el Art. 210 del Reglamento a la Ley Orgánica del Servicio Público establece que la entidad que conceda a la o el servidor comisión de servicios con remuneración para formación y capacitación o los permisos para estudios regulares de especialización o licencia sin remuneraciones para el estudio de postgrados, dentro o fuera del país, suscribirá un convenio de devengación con garantías personales o reales, mediante el cual, la o el servidor se obliga a prestar sus servicios por el triple del tiempo que duren los eventos o estudios. De igual manera, en el convenio de devengación constará la autorización expresa e irrenunciable del servidor o servidora en el sentido de que la institución a la cual pertenece, pueda utilizar sin costo alguno los estudios o proyectos resultantes del proceso de formación o capacitación. El servidor o servidora se obligará además a solicitar a la máxima autoridad de la institución se proceda a realizar los estudios de factibilidad para la aplicación de dichos estudios y convenios, de conformidad con los intereses institucionales;

n

n

n

n Que, de conformidad con el Art. 259 del Reglamento a la Ley Orgánica de Servicio Público establece que cuando una servidora o servidor público se desplace a cumplir tareas oficiales en reuniones, conferencias, visitas de observación o a desempeñar actividades propias de su puesto, dentro o fuera del país se le reconocerá los correspondientes viáticos, subsistencias, alimentación, gastos de movilización y/o transporte por el tiempo que duren los servidores desde la fecha de salida hasta el retorno en razón de las tareas oficiales cumplidas. Para estos casos, no será necesario haber cumplido un año de servicio en la institución; y,

n

n

n

n En ejercicio de las atribuciones, constitucionales y legales descritas en el artículo 154 numeral 1 de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Delegar al/la Coordinador/a General Administrativo/a Financiero/a para que en nombre y en representación de la Ministra del Ambiente suscriba los convenios de devengación de capacitaciones que las servidoras y los servidores públicos reciban dentro y fuera del país.

n

n

n

n Art. 2.- Todos los aspectos administrativos que se expidan en virtud de esta delegación son de responsabilidad exclusiva del/la delegado/a, quien deberá informar mensualmente o cuando la autoridad lo requiera de su cumplimiento.

n

n

n

n Art. 3.- La autoridad delegante, cuando lo considere procedente, podrá retomar las atribuciones delegadas en virtud del presente acuerdo, sin necesidad de que este sea reformado o derogado.

n

n

n

n Art. 4.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial y de su ejecución encárguese a la Coordinación General Administrativa Financiera. Dado y aprobado en Quito, a 19 de mayo del 2011. Comuníquese y publíquese. f.) Marcela Aguiñaga Vallejo, Ministra del Ambiente.

n

n

n

n No. 078

n

n

n

n LA MINISTRA DEL AMBIENTE

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que la Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;

n

n

n

n Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado, la Ministra del Ambiente puede delegar sus atribuciones y facultades a funcionario de su Portafolio, cuando la conveniencia lo requiera;

n

n

n

n Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, dispone: ?Las atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por ley o por decreto. La delegación será publicada en el Registro Oficial;

n

n

n

n Que, el artículo 57 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva, señala que la delegación podrá ser revocada en cualquier momento por el órgano que la haya conferido y se extinguirá, en el caso de asuntos únicos, cuando se haya cumplido el acto cuya expedición o ejecución se delegó; y,

n

n

n

n En uso de las facultades y atribuciones que le confiere el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de la República del Ecuador y el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Delegar al biólogo Marco Chiu Chávez, Subsecretario de Cambio Climático del Ministerio del Ambiente para que a nombre de la Ministra del Ambiente en su calidad de agencia de ejecución del Proyecto Segunda Comunicación Nacional sobre Cambio Climático, suscriba el acta de entrega recepción definitiva de los bienes ubicados en el Ministerio del Ambiente, para cuyo efecto se observará y dará estricto cumplimiento a lo estatuido en los artículos 76, 77 y 78 del Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público.

n

n

n

n Art. 2.- La autoridad delegante, cuando lo considere procedente, podrá retomar las atribuciones delegadas en virtud del presente acuerdo, sin necesidad de que este sea reformado o derogado.

n

n

n

n Art. 3.- Todos los aspectos administrativos que se expidan en virtud de esta delegación son de responsabilidad exclusiva del/la delegado/a, quien deberá informar mensualmente o cuando la autoridad lo requiera de su cumplimiento.

n

n

n

n Art. 4.- La autoridad delegante, cuando lo considere procedente, podrá retomar las atribuciones delegadas en virtud del presente acuerdo, sin necesidad de que este sea reformado o derogado.

n

n

n

n Art. 5.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial y de su ejecución encárguese a la Subsecretaria de Cambio Climático.

n

n

n

n Comuníquese y publíquese.- Dado en Quito, a 19 de mayo del 2011. f.) Marcela Aguiñaga Vallejo, Ministra del Ambiente.

n

n

n

n No. 070-2011

n

n

n

n Ivonne Marisela Rivera Yánez

n

n VICEMINISTRA DE CULTURA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el numeral 6 del artículo 380 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: Serán responsabilidades del Estado: 6. Establecer incentivos y estímulos para que las personas, instituciones, empresas y medios de comunicación promuevan, apoyen, desarrollen y financien actividades culturales;

n

n

n

n Que, el numeral 7 del artículo 380 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: ?Serán responsabilidades del Estado: 7. Garantizar la diversidad en la oferta cultural y promover la producción nacional de los bienes culturales, así como su difusión masiva?;

n

n

n

n Que, el artículo 104 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, establece: ?Prohibición de donaciones.- Prohíbase a las entidades y organismos del sector público realizar donaciones o asignaciones no reembolsables, por cualquier concepto, a personas naturales, organismos o personas jurídicas de derecho privado, con excepción de aquellas que correspondan a los casos regulados por el Presidente de la República, establecidos en el Reglamento de este Código, siempre que exista la partida presupuestaria?;

n

n

n

n Que, el artículo 1 del Reglamento del artículo 104 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, establece: ?Los ministerios, secretarías nacionales y demás instituciones del sector público podrán realizar transferencias directas de recursos públicos a favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado, exclusivamente para la ejecución de programas o proyectos de inversión en beneficio directo de la colectividad?;

n

n

n

n Que, el Ministerio de Cultura mediante Acuerdo Ministerial No. 135-2010, expide el Reglamento de auspicios que asigna esta Cartera de Estado para actividades culturales, cuyo objeto es conceder auspicios en favor de personas naturales, jurídicas, organizaciones sociales y comunitarias, establecidas en el Ecuador, o en el exterior de nacionalidad ecuatoriana, que en razón de sus actividades culturales y de gestión en el área cultural requieren del apoyo Ministerial para realizarlas, desarrollarlas, fomentarlas y difundirlas en razón de que dichas actividades sean prioritarias en el marco de las políticas institucionales;

n

n

n

n Que, mediante comunicación recibida en esta Cartera de Estado el 19 de abril del 2011, el señor Nicolás Alejandro Castillo Velasteguí, solicita el auspicio económico del Ministerio de Cultura para la compra de dos pasajes aéreos ida y vuelta Quito-Bucarest-Quito tanto para él como para su hermana y representante señorita Angélica Castillo Velasteguí, a fin de participar con su proyecto ?Memorias de un Niño?, en el encuentro mundial ?El INFOMATRIX 2011?, a desarrollarse en la ciudad de Bucarest-Rumania, del 5 al 9 de mayo del 2011;

n

n

n

n Que, mediante acta No. 0013-CA-MC-2011 de 26 de abril del 2011, el Comité de Auspicios resuelve aprobar el auspicio solicitado por el señor Nicolás Alejandro Castillo Velasteguí, otorgándole dos pasajes de avión en la ruta Quito-Bucarest-Quito;

n

n

n

n Que, con fecha 28 de abril del 2011, la Dirección de Gestión Financiera emite la certificación de disponibilidad presupuestaria No. 403 por la cantidad de tres mil quinientos noventa y cinco 30/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD 3.595,30), con cargo a la partida presupuestaria número 730205 denominada ?Espectáculos Culturales y Sociales?;

n

n

n

n Que, mediante memorando No. 1439-MC-DADM-11 de 2 de mayo del 2011, la Dirección de Gestión Administrativa solicita a la Dirección de Asesoría Jurídica elaborar el correspondiente proyecto de acuerdo ministerial; y,

n

n

n

n En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de auspicios que asigna el Ministerio de Cultura para actividades culturales, expedido mediante Acuerdo Ministerial No. 135-2010 de 14 de julio del 2010,

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Acoger la resolución del Comité de Auspicios contenida en el acta No. 0013-CA-MC-2011 de 26 de abril del 2011, y conceder en calidad de auspicio a favor de los señores Nicolás Alejandro y Angélica María Castillo Velasteguí, el valor correspondiente a dos pasajes aéreos internacionales en la ruta Quito-Bucarest-Quito, a fin de que puedan trasladarse a la ciudad de Bucarest-Rumania a participar con la obra ?Memorias de un Niño?, en el encuentro mundial ?El INFOMATRIX 2011?, a desarrollarse del 5 al 9 de mayo del 2011.

n

n

n

n

n

n Art. 2.- Los señores Nicolás Alejandro y Angélica María Castillo Velasteguí, en retribución del auspicio concedido a su favor por parte del Ministerio de Cultura, deberán realizar un taller para exponer su obra sobre aplicaciones de las Tic en la producción de animación educativa cultural, en coordinación con la Dirección Provincial de Pichincha. Asimismo, deberá utilizar el logotipo e imagen institucional en todo el material.

n

n

n

n

n

n Art. 3.- La Dirección Provincial de Pichincha, actuará como Administrador del presente auspicio.

n

n

n

n

n

n Art. 4.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

n

n

n

n

n

n Comuníquese y publíquese.

n

n

n

n

n

n Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los veintiocho días del mes de abril del 2011.

n

n

n

n f.) Marisela Rivera Yánez, Viceministra de Cultura.

n

n

n

n No. 079-2011

n

n

n

n Ivonne Marisela Rivera Yánez

n

n VICEMINISTRA DE CULTURA

n

n

n

n Considerando:

n

n

n

n Que, el numeral 6 del artículo 380 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: Serán responsabilidades del Estado: 6. Establecer incentivos y estímulos para que las personas, instituciones, empresas y medios de comunicación promuevan, apoyen, desarrollen y financien actividades culturales;

n

n

n

n Que, el numeral 7 del artículo 380 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: ?Serán responsabilidades del Estado: 7. Garantizar la diversidad en la oferta cultural y promover la producción nacional de los bienes culturales, así como su difusión masiva?;

n

n

n

n Que, el artículo 104 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, establece: ?Prohibición de donaciones.- Prohíbase a las entidades y organismos del sector público realizar donaciones o asignaciones no reembolsables, por cualquier concepto, a personas naturales, organismos o personas jurídicas de derecho privado, con excepción de aquellas que correspondan a los casos regulados por el Presidente de la República, establecidos en el Reglamento de este Código, siempre que exista la partida presupuestaria?;

n

n

n

n Que, el artículo 1 del Reglamento del artículo 104 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, establece: ?Los ministerios, secretarías nacionales y demás instituciones del sector público podrán realizar transferencias directas de recursos públicos a favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado, exclusivamente para la ejecución de programas o proyectos de inversión en beneficio directo de la colectividad?;

n

n

n

n Que, el Ministerio de Cultura mediante Acuerdo Ministerial No. 135-2010, expide el reglamento de auspicios que asigna esta Cartera de Estado para actividades culturales, cuyo objeto es conceder auspicios en favor de personas naturales, jurídicas, organizaciones sociales y comunitarias, establecidas en el Ecuador, o en el exterior de nacionalidad ecuatoriana, que en razón de sus actividades culturales y de gestión en el área cultural requieren del apoyo Ministerial para realizarlas, desarrollarlas, fomentarlas y difundirlas en razón de que dichas actividades sean prioritarias en el marco de las políticas institucionales;

n

n

n

n Que, mediante comunicación de 28 de marzo del 2011, la señorita María Luz Arias Borja, solicita el auspicio económico del Ministerio de Cultura para la compra de un pasaje aéreo ida y vuelta Quito-México-Quito, a fin de participar en el ?Foro Internacional de Danza?, que se impartirá durante el ?Tercer Festival Ibérica Contemporánea de México?, a desarrollarse en la ciudad de Querétaro-México del 7 al 25 de julio del 2011;

n

n

n

n Que, mediante acta No. 0011-CA-MC-2011 de 12 de abril del 2011, el comité de auspicios resuelve aprobar el auspicio solicitado por la señorita María Luz Arias Borja, otorgándole un pasaje de avión en la ruta Quito-México- Quito;

n

n

n

n Que, con fecha 4 de mayo del 2011, la Dirección de Gestión Financiera emite la certificación de disponibilidad presupuestaria No. 440 por la cantidad de ochocientos veintiuno 78/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD 821,78), con cargo a la partida presupuestaria número 730205 denominada ?Espectáculos Culturales y Sociales?;

n

n

n

n Que, mediante memorando No. 33-MC-DADM-11 de 4 de mayo del 2011, la Dirección de Gestión Administrativa solicita a la Dirección de Asesoría Jurídica elaborar el correspondiente proyecto de Acuerdo Ministerial; y,

n

n

n

n En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de auspicios que asigna el Ministerio de Cultura para actividades culturales, expedido mediante Acuerdo Ministerial No. 135-2010 de 14 de julio del 2010,

n

n

n

n

n

n Acuerda:

n

n

n

n Art. 1.- Acoger la resolución del Comité de Auspicios contenida en el acta No. 011-CA-MC-2011 de 12 de abril del 2011, y conceder en calidad de auspicio a favor de la señorita María Luz Arias Borja, el valor correspondiente a un pasaje aéreo internacional en la ruta Quito-México- Quito, a fin de que pueda trasladarse a la ciudad de México, a participar en el ?Foro Internacional de Danza?, que se impartirá durante el ?Tercer Festival Ibérica Contemporánea de México?, a desarrollarse del 7 al 25 de julio del 2011.

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n

n Art. 2.- La señorita María Luz Arias Borja, en retribución del auspicio concedido a su favor por parte del Ministerio de Cultura, deberá realizar una presentación gratuita en coordinación con la Dirección Provincial de Pichincha.

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n

n Art. 3.- La Dirección Provincial de Pichincha, actuará como Administradora del presente auspicio.

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n

n Art. 4.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

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n Comuníquese y publíquese.- Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los cuatro días del mes de mayo del 2011.

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n

n f.) Marisela Rivera Yánez, Viceministra de Cultura.

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n No. 080-2011

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n Ivonne Marisela Rivera Yánez

n

n VICEMINISTRA DE CULTURA

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n

n Considerando:

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n

n Que, el numeral 6 del artículo 380 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: Serán responsabilidades del Estado: 6. Establecer incentivos y estímulos para que las personas, instituciones, empresas y medios de comunicación promuevan, apoyen, desarrollen y financien actividades culturales;

n

n

n

n Que, el numeral 7 del artículo 380 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: ?Serán responsabilidades del Estado: 7. Garantizar la diversidad en la oferta cultural y promover la producción nacional de los bienes culturales, así como su difusión masiva?;

n

n

n

n Que, el artículo 104 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, establece: ?Prohibición de donaciones.- Prohíbase a las entidades y organismos del sector público realizar donaciones o asignaciones no reembolsables, por cualquier concepto, a personas naturales, organismos o personas jurídicas de derecho privado, con excepción de aquellas que correspondan a los casos regulados por el Presidente de la República, establecidos en el Reglamento de este Código, siempre que exista la partida presupuestaria?;

n

n

n

n Que, el artículo 1 del Reglamento del artículo 104 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, establece: ?Los ministerios, secretarías nacionales y demás instituciones del sector público podrán realizar transferencias directas de recursos públicos a favor de personas naturales o jurídicas de derecho privado, exclusivamente para la ejecución de programas o proyectos de inversión en beneficio directo de la colectividad?;

n

n

n

n Que, el Ministerio de Cultura mediante Acuerdo Ministerial No. 135-2010, expide el reglamento de auspicios que asigna esta Cartera de Estado para actividades culturales, cuyo objeto es conceder auspicios en favor de personas naturales, jurídicas, organizaciones sociales y comunitarias, establecidas en el Ecuador, o en el exterior de nacionalidad ecuatoriana, que en razón de sus actividades culturales y de gestión en el área cultural requieren del apoyo ministerial para realizarlas, desarrollarlas, fomentarlas y difundirlas en razón de que dichas actividades sean prioritarias en el marco de las políticas institucionales;

n

n

n

n Que, mediante comunicación de 18 de abril del 2011, la señora Marleni Isabel Rodríguez Navarrete, a nombre de la Representación Nacional de INPUT, solicita el auspicio económico del Ministerio de Cultura para la compra de tres pasajes aéreos ida y vuelta Quito-Seúl-Quito, para los integrantes del grupo, señores: Santiago Francisco Ron Villacrés, Fernando Elhers Morelli y Marleni Isabel Rodríguez Navarrete, a fin de participar en la ?Conferencia Mundial del Internacional Públic Television INPUT?, a desarrollarse en la ciudad de Seúl, del 7 al 14 de mayo del 2011;

n

n

n

n Que, mediante acta No. 0013-CA-MC-2011 de 26 de abril del 2011, el comité de auspicios resuelve aprobar el auspicio solicitado por la señora Marleni Isabel Rodríguez Navarrete, a nombre de la Representación Nacional de INPUT, otorgándole tres pasajes de avión en la ruta Quito- Seúl-Quito;

n

n

n

n Que, mediante comunicación de 3 de mayo del 2011, la señora Marleni Isabel Rodríguez Navarrete a nombre de la Representación Nacional de INPUT, solicita a la señora Marisela Rivera, Viceministra de Cultura la autorización para que el ticket de avión del señor Fernando Ehlers, sea utilizado por otro realizador el señor Feddy Lima Baldeón, en razón de que el primero ha decidido no participar en la ?Conferencia Mundial del Internacional Públic Television INPUT?, en Seúl, solicitud aprobada por la señora Viceministra conforme a la nota de 4 de mayo del 2011 inserta la comunicación de 3 de mayo del 2011;

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n

n Que, con fecha 5 de mayo del 2011, la Dirección de Gestión Financiera emite la certificación de disponibilidad presupuestaria No. 454 por la cantidad de diez mil ciento veintiocho 90/100 dólares de los Estados Unidos de América (USD 10.128,90), con cargo a la partida presupuestaria número 730205 denominada ?Espectáculos Culturales y Sociales?;

n

n

n

n Que, mediante memorando No. 36-MC-DADM-11 de 5 de mayo del 2011, la Dirección de Gestión Administrativa solicita a la Dirección de Asesoría Jurídica elaborar el correspondiente proyecto de acuerdo ministerial; y, En uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de auspicios que asigna el Ministerio de Cultura para actividades culturales, expedido mediante Acuerdo Ministerial No. 135-2010 de 14 de julio del 2010,

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n

n

n Acuerda:

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n

n

n Art. 1.- Acoger la resolución del Comité de Auspicios contenida en el acta No. 0013-CA-MC-2011 de 26 de abril del 2011, y conceder en calidad de auspicio a favor de la señora Marleni Isabel Rodríguez Navarrete, quien solicitó el auspicio a nombre de la Representación Nacional de INPUT, el valor correspondiente a tres pasajes aéreos internacionales en la ruta Quito-Seúl-Quito, a fin de que puedan trasladarse a la ciudad de Seúl, para participar en la ?Conferencia Mundial del Internacional Públic Television INPUT?.

n

n

n

n Art. 2.- La señora Marleni Isabel Rodríguez Navarrete, a nombre de la Representación Nacional de INPUT (beneficiarios del auspicio), en retribución del auspicio concedido a su favor por parte del Ministerio de Cultura, deberá autorizar a esta Cartera de Estado, exponga la producción ?Informe 30 de septiembre? en el marco de los talleres itinerantes de cine que lleva adelante con el Consejo Nacional de Cine, CNCINE. Asimismo deberá utilizar la imagen institucional en todo material audiovisual e impreso.

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n

n Art. 3.- La Dirección de Comunicación Social, actuará como Administrador del presente auspicio.

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n

n Art. 4.- El presente acuerdo entrará en vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

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n

n

n Comuníquese y publíquese.- Dado en la ciudad de Quito, Distrito Metropolitano, a los cinco días del mes de mayo del 2011.

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n

n

n f.) Marisela Rivera Yánez, Viceministra de Cultura.

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n

n No. 137

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n

n

n MINISTERIO DE FINANZAS

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n

n EL DIRECTOR ADMINISTRATIVO

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n

n Considerando:

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n

n Que al amparo de lo dispuesto en el Acuerdo Ministerial No. 334 de 16 de diciembre del 2010, debidamente publicado en el Registro Oficial No. 353 de 3 de enero del 2011, el o la titular de la Dirección Administrativa por delegación del señor Ministro de Finanzas, se encuentra facultado para ejercer todas las atribuciones que el Reglamento General Sustitutivo para el Manejo y Administración de Bienes del Sector Público otorga al titular de esta Secretaría de Estado;

n

n

n

n

n

n Que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 94 del invocado reglamento general, el servidor a cuyo cargo se encuentren las especies fiscales, mediante memorando No. MF-STN-2011 000148 de 14 de abril del 2011, pone en conocimiento de la Subsecretaría de Tesorería de la Nación, el detalle de las especies valoradas susceptibles