Liquidación de la Sociedad Conyugal Oscar Miguel Velarde Segovia - Derecho Ecuador
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Liquidación de la Sociedad Conyugal Oscar Miguel Velarde Segovia

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NOTARIA TRIGÉSIMA SÉPTIMA DEL CANTÓN QUITO: cúmpleme poner en conocimiento del público, que mediante escritura pública otorgada el 31 de agosto del 2020, ante la suscrita Doctora PAULINA AUQUILLA FONSECA, NOTARIA TRIGÉSIMA SÉPTIMA DE ESTE CANTÓN QUITO, los señores OSCAR MIGUEL VELARDE SEGOVIA Y NANCY MERCEDES DE LOS ÁNGELES CARTAGENOVA FUENTES, procedieron a liquidar el patrimonio de la sociedad conyugal que mantenían formada, la misma que con fecha 2 de agosto de 1986. Constancia de esto queda en el Acta 595, página 95, tomo 3, de la inscripción de matrimonios del Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación fue constituida. Producto de este matrimonio se formó la sociedad conyugal de bienes correspondientes a OSCAR MIGUEL VELARDE SEGOVIA Y NANCY MERCEDES DE LOS ÁNGELES CARTAGENOVA FUENTES. Mediante escritura pública celebrada el trece de abril de dos mil diecisiete, ante el Notario Septuagésimo del cantón Quito, se declara disuelto el vínculo matrimonial que unía a los señores OSCAR MIGUEL VELARDE SEGOVIA Y NANCY MERCEDES DE LOS ÁNGELES CARTAGENOVA FUENTES, por lo que en aplicación a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley Reformatoria a la Ley Notarial, publicada en el Registro oficial número 406 de veintiocho de noviembre del dos mil seis, que a su vez reforma el artículo 18 de la Ley Notarial agregando varios numerales, entre los cuales el numeral veintitrés faculta al Notario a proceder al a liquidación de la sociedad conyugal previo el trámite previsto en dicha norma legal; al efecto pongo en conocimiento del público por una sola vez, el extracto de la liquidación de la sociedad conyugal de los señores OSCAR MIGUEL VELARDE SEGOVIA Y NANCY MERCEDES DE LOS ÁNGELES CARTAGENOVA FUENTES, otorgada mediante escritura pública celebrada en esta Notaría el 31 de agosto de 2020, a fin de que, las personas que eventualmente tuvieren interés en esta liquidación pueden presentar su oposición fundamentada dentro del plazo de (20) días a contarse desde la fecha de la publicación de este extracto.

Particular que pongo en su conocimiento para los fines legales correspondientes.

Quito, 31 de agosto de 2020.-

DRA. PAULINA AUQUILLA FONSECA

NOTARIA TRIGÉSIMA SÉPTIMA DEL CANTÓN QUITO

Hay firma y sello

001-004-0189/ms

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