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Viernes, 26 de enero de 2018
Administración del Señor Lcdo. Lenin Moreno Garcés
Presidente Constitucional de la República del Ecuador
Viernes, 26 de enero de 2018 (R. O. 244, 26 -enero -2018) Edición Especial
Págs.
FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA Y CONTROL SOCIAL
ACUERDOS:
CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO:
038-CG-2017 Refórmese al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos Sustitutivo
003-CG-2018 Expídese el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos
No. 038-CG-2017
EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO
Considerando:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo atribuye a la Contraloría General del Estado, el control de la utilización de los recursos estatales y de las personas jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos; y, en su artículo 212, número 3, le faculta expedir la normativa correspondiente para el cumplimiento de sus funciones;
2 - Viernes 26 de enero de 2018 Edición Especial N° 244 - Registro Oficial
Que, la Norma Suprema determina en su artículo 227 que la administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;
Que, los artículos 31 número 23, y 35 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, facultan al Contralor General del Estado expedir y mantener actualizado el reglamento orgánico funcional, que contendrá la estructura administrativa y las funciones de las respectivas unidades para el cumplimiento de los fines y objetivos de la entidad de control;
Que, mediante Acuerdo 028-CG-2017 de 13 de septiembre de 2017, publicado en el Registro Oficial - Edición Especial No. 092 de 22 de septiembre de 2017, se expidió el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos Sustitutivo de la Contraloría General del Estado;
Que, la Asamblea Nacional aprobó la "Ley Orgánica para la Aplicación de la Consulta Popular efectuada el 19 de febrero de 2017", publicada en el Primer Suplemento del Registro Oficial 75 de 8 de septiembre de 2017;
Que, el artículo 87 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, sustituido por la Ley Orgánica para la Eficiencia en la Contratación Pública, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 966 de 20 de marzo de 2017, faculta a la Contraloría General del Estado la emisión de informes previos a la suscripción de contratos públicos complementarios, órdenes de trabajo y diferencia en cantidades, de conformidad con la citada Ley Orgánica para la Eficiencia en la Contratación Pública;
Que, la Disposición Reformatoria Sexta del Código Orgánico Administrativo, publicado en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 31 de 07 de julio de 2017, que reforma el artículo 57 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, en su inciso primero dispone que "La recaudación de las obligaciones a favor de las institucionales, organismos y empresas sujetas a esta ley, derivadas de resoluciones de la Contraloría General del Estado, que confirmen la existencia de responsabilidades civiles o administrativas culposas, se ejecutará, incluso mediante procesos coactivos, exclusivamente a través de la Contraloría General del Estado, independientemente de que la entidad beneficiaría posea capacidad coactiva propia... ";
Que, es necesario incorporar en el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos Sustitutivo unidades administrativas y atribuciones que permitan dar cumplimiento a las atribuciones otorgadas por la normativa antes citada; así como, reorganizar las labores institucionales;
En ejercicio de las facultades que le confiere la Constitución de la República del Ecuador y la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado,
Acuerda:
Expedir la siguiente reforma al Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos Sustitutivo de la Contraloría General del Estado:
Artículo 1.- Créese la Dirección Nacional de Contratación Pública, unidad administrativa ubicada en el proceso agregador de valor, con el objeto de dar cumplimiento a las disposiciones señaladas en la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública reformada por la Ley Orgánica para la Eficiencia en la Contratación Pública, respecto a la emisión de informes previos a la suscripción de contratos públicos complementarios, órdenes de trabajo y diferencia en cantidades; en consecuencia, reubíquese en dicha unidad las funciones, atribuciones, productos y servicios relacionados con Contratación Pública, que actualmente están a cargo de la Coordinación Nacional Jurídica.
Artículo 2.- Créese la Dirección Nacional de Recaudación y Coactivas, unidad administrativa ubicada en el proceso agregador de valor, para dar cumplimiento a las disposiciones señaladas en el Código Orgánico Administrativo, respecto a la ejecución coactiva atribuida a la entidad de control; en consecuencia, reubíquese en dicha unidad las funciones, atribuciones, productos y servicios relacionados con recaudación y coactivas; así como, su secretaría especializada; y ajústense las denominaciones de la actual Dirección Nacional de Patrocinio, Recaudación y Coactivas y de la Secretaría de Patrocinio, Recaudación y Coactivas, conforme corresponda a la nueva organización.
Artículo 3.- Créense las Direcciones Nacionales de: Planificación Estratégica y Evaluación Institucional; Tecnología de la Información y Comunicaciones Interinstitucional; y, Comunicación Interinstitucional, unidades administrativas que estarán ubicadas en el proceso agregador de valor, responsables de las funciones y atribuciones, productos y servicios que se describen en el artículo 5 del presente Acuerdo.
Artículo 4.- Suprímase las Direcciones Nacionales de: Planificación y Evaluación Institucional, Comunicación Institucional; y, Tecnología de la Información y Comunicaciones.
Las gestiones, trámites, funciones y atribuciones, productos y servicios, así como el personal de dichas unidades administrativas, serán trasladados a las direcciones nacionales creadas en el artículo 3 del presente Acuerdo, conforme sus respectivas competencias.
Artículo 5.- En el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos Sustitutivo de la Contraloría General del Estado, realícense los siguientes cambios:
5.l) En el Artículo 5.- "Estructura básica alineada a la misión", realícese lo siguiente:
a) Sustitúyase el número 2.11 por el siguiente:
Registro Oficial - Edición Especial N° 244 Viernes 26 de enero de 2018 - 3
"2.11 Gestión de Patrocinio
RESPONSABLE: Director/a Nacional de Patrocinio"
b) Agréguese a continuación del número 2.11 los siguientes números:
"2.12 Gestión de Recaudación y Coactivas
RESPONSABLE: Director/a Nacional de Recaudación y Coactivas
2.13 Gestión de Contratación Pública
RESPONSABLE: Director/a Nacional de Contratación Pública
2.14 Gestión de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional
RESPONSABLE: Director/a Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional
2.15 Gestión de Comunicación Interinstitucional
RESPONSABLE: Director/a Nacional de Comunicación Interinstitucional
2.16 Gestión de Tecnología de la Información y Comunicaciones Interinstitucional
RESPONSABLE: Director/a Nacional de Tecnología de la Información y Comunicaciones Interinstitucional"
5.2) Sustitúyase los gráficos del artículo 6, por los siguientes:
c) Estructura orgánica
5.3) En el artículo 12.- Dirección Nacional de Control Patrimonial, realícese lo siguiente:
a) En el apartado Funciones y atribuciones del Director/a Nacional de Control Patrimonial, realícese lo siguiente:
a. l) Agréguese a continuación de la letra m) la siguiente letra:
"n) Disponer la elaboración del dictamen que recomiende deforma sustentada, el archivo del proceso o la destitución del cargo de la servidora o el servidor público examinado por violación de alguna de las disposiciones de la Ley Orgánica para la Aplicación de la Consulta Popular efectuada el 19 de febrero de 2017;"
a.2) Reenlístense las letras de este apartado.
b) En el apartado "Productos y servicios", agréguese el
siguiente:
"- Dictamen de archivo o destitución"
5.4) Sustitúyanse las letras c) y p) del artículo 18.- Funciones y atribuciones de los titulares de las Unidades de Auditoría Interna ubicadas: en las instituciones públicas pertenecientes a la Función Ejecutiva y en los Gobiernos Autónomos Descentralizados, por las siguientes:
"c) Ejecutar verificaciones preliminares autorizadas; por el Contralor/a General del Estado o Subcontralor/a General del Estado, según corresponda, del diseño, actualización y funcionamiento del control interno implementado en las entidades del sector público, de hechos o denuncias, cuyos resultados serán remitidos a la Dirección Nacional de Auditorías Internas o a las Delegaciones Provinciales, de conformidad con el ámbito, para el trámite respectivo;
p) Efectuar el control de calidad de los informes producto de las acciones de control efectuadas, previo la suscripción de los mismos; así como, del memorando resumen, síntesis y demás documentación establecida en la normativa emitida para el efecto; y, presentar para revisión de la Dirección Nacional de Auditorías Internas, Delegación Provincial o Dirección Regional, previo el trámite de aprobación del Contralor/a General del Estado y/o Subcontralor/a General del Estado, según corresponda;"
5.5) Sustitúyase los artículos 22 y 23 por los siguientes:
"Artículo 22.- Coordinación Nacional Jurídica
Misión: Dirigir y coordinar la asesoría legal a las instituciones del Estado, a las personas jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos, a la Alta Dirección, a las unidades administrativas de la institución y a las Unidades de Auditoría Interna, en materia de control gubernamental.
Funciones y atribuciones del Coordinador/a Nacional Jurídico/a:
h) Coordinar la asesoría jurídica con los responsables jurídicos de las direcciones regionales, con el objeto de emitir un criterio institucional uniforme, sobre el manejo y control de los recursos públicos;
i) Estudiar y revisar proyectos de instrumentos jurídicos para el desarrollo y ejecución eficaz de las actividades de la Contraloría General del Estado;
j) Estudiar y revisar proyectos de leyes, reglamentos, manuales e instructivos y demás normativa jurídica remitidos por la Dirección Nacional Técnica de Normativa y emitir el criterio jurídico correspondiente;
k) Coordinar con la Dirección Nacional de Tecnología de la Información y Comunicaciones Interinstitucional, el desarrollo y administración de aplicativos que sean necesarios para la unidad administrativa;
l) Dirigir los avances e informar a la Dirección Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional el cumplimiento de las metas del plan operativo anual de la unidad;
m) Coordinar reuniones de trabajo, foros, conferencias y demás actos oficiales en el área de su competencia;
6 - Viernes 26 de enero de 2018 Edición Especial N° 244 - Registro Oficial
n) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
o) Evaluar el desempeño del personal de la unidad; y,
p) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Plan operativo anual.
Criterios y pronunciamientos legales.
Criterios jurídicos resultantes del estudio y revisión de proyectos de leyes, decretos, acuerdos, resoluciones, normas, contratos, convenios y demás instrumento s j urídico s.
Informes de asesoría legal para clientes internos y externos.
Informes de seguimiento y evaluación.
Estructura básica:
La Coordinación Nacional Jurídica se estructura con el Administrador de Gestión Jurídica.
Artículo 23.- Funciones y atribuciones de la Gestión Jurídica:
i) Administrar los aplicativos informáticos de la gestión a su cargo;
j) Realizar el seguimiento sobre los avances y cumplimiento de las metas del plan operativo anual, e informar al Coordinador/a Nacional Jurídico;
k) Participar en la evaluación del desempeño del personal de la Gestión Jurídica; y,
l) Las demás funciones que le asigne el Coordinador/a Nacional Jurídico."
5.6) Sustitúyase la letra g) del artículo 26.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Estudios de Normativa Técnica - Jurídica, por la siguiente:
"g) Estudiar los proyectos normativos de la Dirección Nacional Técnica de Normativa, previo a remitir para el estudio y emisión del criterio de la Coordinación Nacional Jurídica;"
5.7) En la Sección 4 De los Procesos Agregadores de Valor, de Cumplimiento de Misión y Objetivos Institucionales, Sustitúyase el título "GESTIÓN DE PATROCINIO, RECAUDACIÓN Y COACTIVAS" por el siguiente:
"GESTIÓN DE PATROCINIO"
5.8) Sustitúyanse los artículos 37 al 40 y agréguese artículos conforme el siguiente detalle:
"Artículo 37.- Dirección Nacional de Patrocinio
Misión: Defender en las diferentes instancias constitucionales y judiciales los actos y actuaciones administrativas que se originan en el ejercicio de las competencias legalmente asignadas a la Contraloría General del Estado.
Funciones y atribuciones del Director/a Nacional de Patrocinio:
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h) Coordinar la obtención y envío de expedientes administrativos para la defensa de los procesos contenciosos administrativos, que se realicen en la matriz o en las Direcciones Regionales competentes;
i) Mantener informada a la máxima autoridad sobre los procesos contenciosos administrativos, judiciales u otros, a nivel nacional;
j) Dirigir el registro y actualización del sistema informático de juicios con la información de los procesos contenciosos administrativos ejecutados en su jurisdicción y supervisar la información ingresada a nivel nacional;
k) Disponer la revisión de las contestaciones a las demandas contencioso administrativas presentadas por las Direcciones Regionales;
l) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
m) Evaluar el desempeño del personal de la unidad;
n) Realizar el seguimiento sobre los avances y cumplimiento de las metas del plan operativo anual de la unidad, e informar a la Dirección Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional; y,
o) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Plan operativo anual.
Patrocinio judicial y constitucional.
Procesos judiciales.
Demandas y juicios.
Informes de seguimiento y evaluación.
Comunicaciones, escritos y oficios generados en los procesos contenciosos administrativos.
Informes sobre los procesos contenciosos administrativos.
Sistema de juicios actualizado.
Estructura básica:
La Dirección Nacional de Patrocinio se estructura con la Administración de Gestión de Patrocinio.
Artículo 38.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Patrocinio:
h) Mantener informado al Director/a sobre las notificaciones o citaciones judiciales recibidas;
i) Registrar las sentencias de las causas concluidas en las que haya intervenido la Contraloría General del Estado como parte y vigilar el resarcimiento de daños y perjuicios;
j) Difundir el contenido de las sentencias de las causas concluidas y, de los juicios en que la Contraloría General del Estado hubiere intervenido como parte; y,
k) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
GESTIÓN DE RECAUDACIÓN Y COACTIVASArtículo 39.- Dirección Nacional de Recaudación y Coactivas
8 - Viernes 26 de enero de 2018 Edición Especial N° 244 - Registro Oficial
Misión. - Dirigir la recaudación de los valores derivados de resoluciones ejecutoriadas por efecto de la determinación de responsabilidades emitidas por la Contraloría General del Estado, que establezcan obligaciones a favor de las instituciones y empresas del sector público.
Funciones y atribuciones del Director/a Nacional de Recaudación y Coactivas:
h) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Plan operativo anual.
Procesos de recaudación y coactivas.
Informes de seguimiento y evaluación.
Estructura básica:
La Dirección Nacional de Recaudación y Coactivas se estructura con la Secretaría de Recaudación y Coactivas y con la Administración de Gestión de Recaudación y Coactivas.
Artículo 39A.- Funciones y atribuciones de la Secretaría de Recaudación y Coactivas:
procesos coactivos;
h) Llevar y mantener actualizado un archivo de las cartas de embargos y remates;
i) Llevar bajo su responsabilidad el inventario de los procesos coactivos; y,
j) Las demás diligencias que sean necesarias practicar dentro de los procesos de ejecución y que le encargue el funcionario recaudador.
Artículo 39B.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Recaudación y Coactivas:
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g) Mantener un sistema informático con datos actualizados de los procesos coactivos, y sus antecedentes, de tal manera que facilite su control y recaudación;
h) Transferir los valores recaudados a las diferentes instituciones beneficiarlas, deduciendo el 10% a favor de la Contraloría General del Estado, de conformidad con lo establecido en la Ley y Reglamento sobre la materia;
i) Mantener registros que permitan el adecuado control de la recaudación y los procesos coactivos para facilitar la elaboración de datos y estadísticas necesarios para la institución;
j) Coordinar con la Coordinación Nacional Jurídica en la absolución de consultas en materia de coactiva;
k) Supervisar el cumplimiento de las funciones de la Secretaría de Recaudación y Coactivas; y,
l) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
Artículo 40.- Dirección Nacional de Contratación Pública
Misión: Emitir el informe de ley, previo a la celebración de contratos complementarios que le sean requeridos, de conformidad con la normativa de contratación pública.
Funciones y atribuciones del Director/a Nacional de Contratación Pública:
f) Solicitar a las unidades administrativas de la Contraloría General del Estado, el apoyo para la elaboración de los informes de ley, cuando sea necesario;
g) Coordinar con la Dirección de Tecnología de la Información y Comunicaciones Interinstitucional, el desarrollo y administración de los aplicativos y bases de datos que sean necesarios para la gestión de la Dirección;
h) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
i) Evaluar el desempeño del personal de la unidad; y,
j) Las demás funciones que le asigne la alta dirección.
Productos y servicios:
Plan operativo anual.
Informes de gestión.
Requerimientos de información o documentación para la emisión del informe de ley.
Informes de ley.
Base de datos.
Reportes de contratos complementarios tramitados.
Estructura básica:
La Dirección de Contratación Pública, se estructura con los siguientes Administradores de Gestión:
Artículo 40A.- Funciones y atribuciones de la Gestión Técnica de Contratación Pública:
h) Registrar la información de su gestión en los aplicativos informáticos de la Dirección;
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i) Participar en la evaluación del desempeño del personal de la gestión; y,
j) Las demás funciones que le asigne el Director/a Nacional de Contratación Pública.
Artículo 40B.- Funciones y atribuciones de la Gestión Legal de Contratación Pública:
h) Las demás junciones que le asigne el Director/a Nacional de Contratación Pública. "
5.9) En los procesos Agregadores de Valor, de Cumplimiento de Misión y Objetivos Institucionales, agregúense a continuación del artículo 40B, los siguientes artículos:
GESTIÓN DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y EVALUACIÓN INSTITUCIONAL
Artículo 41.- Dirección Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional
Misión: Asesorar y coordinar la planificación del control de la utilización de los recursos estatales, optimizando de manera efectiva el control hacia todos los sectores del Estado, a fin de potenciar la utilización de los recursos asignados por el Estado; así como la planificación estratégica institucional, el sistema de gestión de la calidad y la gestión de procesos y proyectos.
Funciones y atribuciones del Director/a Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional:
a) Dirigir la formulación del plan operativo de la Dirección Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional;
h) Disponer la coordinación con la Dirección Nacional Financiera para la valoración de los planes operativos anuales, planes anuales de control y proyectos de inversión, en la elaboración de la proforma presupuestaria;
i) Dirigir, coordinar e informar sobre el seguimiento y evaluación de la ejecución del plan estratégico, de los planes anuales de control de las unidades de auditoría externa e interna, de los proyectos y de los planes operativos anuales;
j) Coordinar con las unidades administrativas, el mejoramiento continuo de los procesos de planificación, proyectos, seguimiento y evaluación;
k) Coordinar y ejecutar con las unidades administrativas de la institución el diseño, la actualización y el mejoramiento continuo de sus procesos;
l) Asegurar la administración de un sistema de gestión de calidad que promueva la eficacia y la eficiencia de la institución;
m) Coordinar con las Direcciones Regionales, Delegaciones Provinciales la aplicación de las políticas de planificación, seguimiento y evaluación de los planes anuales de control;
n) Presentar al Contralor/a General del Estado y/o Subcontralor/a General del Estado propuestas de modificación de los planes anuales de control de auditoría externa e interna, cuando se considere necesario;
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o) Dirigir y coordinar la gestión de denuncias y pedidos recibidos en la institución, que hayan sido efectuados por las autoridades de las entidades sujetas al control de la Contraloría General del Estado;
p) Dirigir, coordinar e informar sobre el seguimiento y evaluación de la ejecución del proceso de predeterminación de responsabilidades;
q) Elaboración de los estudios de factibilidad operativa para la creación o ampliación de los servicios de auditoría externa, en los ámbitos nacional, regional o provincial, cuando se lo requiera;
r) Coordinar la administración funcional de los sistemas de información institucionales, relacionados a las áreas de planificación, proyectos, procesos, calidad, seguimiento y evaluación; y predeterminación de responsabilidades;
s) Dirigir y coordinar la elaboración del informe de rendición de cuentas de la Contraloría General del Estado;
t) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
u) Evaluar el desempeño del personal de la unidad; y,
v) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Plan estratégico institucional.
Políticas y lineamientos para la gestión de control.
Políticas y lineamientos para la planificación institucional.
Planes operativos.
Planes anuales de control externo.
Planes anuales de control interno.
Catastro de entidades sujetas al control.
Informes de priorización de control.
Estadísticas de la gestión de control.
Estudios técnicos.
Metodologías de planificación de control.
Metodologías de planificación institucional.
Informes de evaluación de los proyectos institucionales.
Informes de seguimiento y evaluación a la ejecución de los planes de control externo e interno.
Informes de seguimiento y evaluación a la ejecución de los planes operativos anuales.
Informe de rendición de cuentas.
Metodologías de seguimiento y evaluación de cumplimiento de los planes de control externo e interno.
Metodologías de seguimiento y evaluación de cumplimiento de los planes operativos anuales.
Comunicaciones internas y externas relacionadas a la gestión del control.
Portafolio de proyectos institucionales.
Informes de seguimiento y evaluación a la ejecución del proceso de predeterminación de responsabilidades.
Estadísticas y reportes periódicos del proceso de predeterminación de responsabilidades.
Proyectos de mejoramiento institucional.
Proyectos de inversión.
Metodologías de gestión y dirección de proyectos.
Estadísticas y reportes periódicos de avance de la gestión de proyectos.
Planes anuales de control modificados de auditoría externa e interna.
Catálogo de procesos y productos.
Mapa de Procesos.
Manual de procesos de la Contraloría General del Estado actualizado.
Nivel de madurez de procesos medidos.
Indicadores de procesos de control.
Indicadores de procesos institucionales.
Procesos institucionales mejorados.
Capacidad operativa y productiva del proceso de control determinado.
Documentos institucionales de procesos (políticas, procedimientos, instructivos, diseñados o rediseñados).
Manual de Calidad de la Contraloría General del Estado.
Planes de mejoramiento continuo.
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Estructura básica:
La Dirección Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional se estructura con los Administradores de Gestión de:
Artículo 42.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Planificación Institucional y Proyectos:
h) Presentar a la Dirección, propuestas de modificación de los planes anuales de control de las unidades de auditoría externa e interna, cuando se considere necesario;
i) Mantener estadísticas institucionales relativas a la gestión de control, para toma de decisiones;
j) Administrar funcionalmente el sistema de información para la gestión de la planificación del control;
k) Administrar funcionalmente el sistema de información del catastro de entidades sujetas al control;
l) Administrar funcionalmente el sistema de información del seguimiento a recomendaciones de informes de auditoría.
m) Desarrollar metodologías para optimizar el sistema de planificación de control;
n) Desarrollar metodologías para optimizar el sistema de planificación institucional;
o) Brindar asistencia técnica concurrente en materia de planificación de control;
p) Desarrollar con la Dirección Nacional de Tecnología de la Información y Comunicaciones Interinstitucional, el diseño y actualización del sistema de información para la planificación, información, seguimiento y evaluación del proceso de control; y de la planificación institucional;
q) Evaluar el funcionamiento de los procesos de planificación del control y plantear a las unidades administrativas, alternativas para su mejoramiento continuo;
r) Preparar estudios de factibilidad operativa para la creación, ampliación o supresión de los servicios de auditoría externa, en los ámbitos nacional, regional o provincial; cuando se lo requiera;
s) Efectuar el seguimiento a la ejecución de los planes operativos anuales y recomendar la implementación de las acciones correctivas;
t) Evaluar el cumplimiento del plan estratégico institucional, de los planes operativos anuales y preparar los informes respectivos que contendrán las recomendaciones pertinentes;
u) Coordinar con la Dirección Nacional Financiera la elaboración de la Proforma Presupuestaria, en lo relacionado a la valoración de los planes operativos anuales, planes anuales de control y al Plan Anual de Inversión;
v) Brindar asistencia técnica concurrente sobre la ejecución de los planes operativos;
w) Elaborar el informe de rendición de cuentas;
x) Gestionar conjuntamente con las unidades administrativas de la Contraloría General del Estado, la identificación, incorporación, priorización de proyectos institucionales;
y) Brindar asistencia técnica concurrente en el diseño y postulación de proyectos, lo que incluye:
1) Asesorar en la formulación de los proyectos, desde
la identificación de la idea del proyecto hasta la elaboración de los estudios definitivos, a fin de garantizar su viabilidad técnica, previa a su ejecución.
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z) Desarrollar herramientas, metodologías y estándares a nivel institucional para la identificación, selección, formulación, ejecución, coordinación, seguimiento, cierre y evaluación de los proyectos;
aa) Efectuar el seguimiento y evaluación a la ejecución de los proyectos institucionales;
bb) Establecer indicadores de medición de los proyectos;
ce) Coordinar con la Administración de Gestión de Información, Seguimiento y Evaluación los resultados obtenidos de la ejecución de los proyectos y emitir recomendaciones si fuere el caso;
dd) Coordinar y asegurar la preparación de los reportes de programas o proyectos actualizándolos periódicamente en el sistema de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo - SENPLADES;
ee) Preparar el informe consolidado para el Contralor/a General del Estado y Subcontralor/a General del Estado, de los resultados de la ejecución de los proyectos institucionales;
ff) Verificar que los proyectos planeados y aprobados por la autoridad de las diferentes unidades administrativas a nivel nacional, estén dirigidos al cumplimiento de objetivos estratégicos y tácticos;
gg) Recabar y analizar insumos, para retroalimentar los planes anuales de control en ejecución;
hh) Preparar proyectos de comunicaciones referentes a modificaciones de los planes anuales de control;
ii) Suscribir las comunicaciones relacionadas a su área funcional;
jj) Participar en la evaluación del desempeño del personal de la Unidad; y,
kk) Las demás funciones que le asigne el Director/a Nacional.
Artículo 43.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Información, Seguimiento y Evaluación:
h) Administrar funcionalmente el sistema de información de seguimiento y evaluación del cumplimiento de planes anuales de control;
i) Administrar funcionalmente el sistema de información de predeterminación de responsabilidades;
j) Brindar asistencia técnica concurrente sobre la ejecución de los planes anuales de control, a las unidades de control externo e interno;
k) Evaluar el funcionamiento de los procesos de seguimiento y evaluación, y sugerir a las unidades de control externo e interno, alternativas para su mejoramiento continuo;
l) Efectuar el seguimiento a la ejecución del proceso de predeterminación de responsabilidades;
m) Mantener estadísticas institucionales relativas al proceso de predeterminación de responsabilidades;
n) Evaluar el cumplimiento de la ejecución del proceso de predeterminación de responsabilidades y preparar los informes respectivos que contendrán las recomendaciones pertinentes;
o) Participar en la evaluación del desempeño del personal de la Unidad; y,
p) Las demás funciones que le asigne el Director/a Nacional.
Artículo 44.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Procesos y Aseguramiento de la Calidad:
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h) Diseñar y ejecutar planes de mejoramiento continuo, como parte del sistema de gestión de la calidad;
i) Coordinar con la Dirección Nacional Técnica de Normativa, la implementación de los cambios normativos que se deriven del diseño, la actualización y/o el mejoramiento de los procesos institucionales;
j) Administrar funcionalmente y en coordinación con la Dirección Nacional de Tecnología de la Información y Comunicaciones Interinstitucional, las herramientas informáticas relacionadas con la gestión de procesos y de la calidad;
k) Garantizar el cumplimiento de todos los requerimientos del sistema de gestión de calidad;
l) Generar el plan de acción para cierre de no conformidades levantadas durante las auditorías internas, resultados de satisfacción de clientes internos y externos, revisión por la Dirección y cualquier otro proceso que sea parte del sistema de gestión de calidad;
m) Coordinar con las demás unidades administrativas de la Institución el desarrollo de manuales, guías, instructivos, formularios y demás procedimientos necesarios para el mejoramiento continuo de los procesos y el sistema de gestión de calidad;
n) Constituir contraparte de la asesoría externa que reciba la institución referente al fortalecimiento institucional, modernización, mejoramiento de procesos y aseguramiento de la calidad;
o) Suscribir las comunicaciones relacionadas a su área funcional;
p) Participar en la evaluación del desempeño del personal de la unidad; y,
q) Las demás funciones que le asigne el Director/a Nacional.
GESTIÓN DE COMUNICACIÓN INTERINSTITUCIONAL
Artículo 45.- Dirección Nacional de Comunicación Interinstitucional
Misión: Posicionar y fortalecer la imagen del organismo técnico de control a nivel nacional e internacional, mediante una gestión eficaz de comunicación interinstitucional.
Funciones y Atribuciones del Director/a Nacional de Comunicación Interinstitucional:
h) Desarrollar y aplicar encuestas y estudios de opinión sobre los servicios institucionales;
i) Brindar a los usuarios externos la orientación e información respecto de los servicios que ofrece la Contraloría General del Estado;
j) Supervisar y coordinar el contenido y difusión de la página corporativa e intranet de la Contraloría General del Estado, de conformidad con las políticas institucionales;
k) Facilitar la información disponible de interés de los medios de comunicación, dentro de los parámetros establecidos en la ley;
l) Coordinar las actividades técnicas, culturales, deportivas y de otra índole que se desarrollen en la Institución;
m) Diseñar y planificar estrategias integrales de comunicación social;
n) Coordinar y dirigir campañas de imagen institucional corporativa;
o) Diseñar y ejecutar políticas de relaciones públicas;
p) Gestionar espacios mediáticos;
q) Mantener una hemeroteca de consulta, relativa a los asuntos de interés institucional;
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r) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
s) Evaluar el desempeño del personal de la unidad;
t) Administrar los servicios de biblioteca; y,
u) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Plan operativo de la Dirección
Informes de ejecución de planes
Compra de maquinaria de comunicación
Mensajes y diseño de publicaciones y avisos de publicidad y promoción de la Institución.
Pautaje en los medios de comunicación
Promoción mediática
Videos institucionales
Videoteca
Hemeroteca
Archivo fotográñco
Filmaciones
Archivo periodístico
Campaña de imagen institucional
Agenda de relacionamiento con medios de comunicación
Eventos
Ruedas de prensa
Boletines de prensa
Productos de comunicación masiva.
Resúmenes periodísticos de monitoreo, seguimiento y evaluación.
Cartelera informativa institucional.
Cartelera Virtual
Cartas protocolares y relaciones institucionales
Programas, planes y proyectos institucionales
Estudios de impacto comunicacional.
Informes ayudas memorias para medios de comunicación.
Revistas, folletos, tríptico, libros, boletines y demás material gráfico.
Informe -reporte de usuarios de biblioteca.
Pedido compra publicación para biblioteca.
Publicación página web.
Carpetas ejecutivas con información específica para autoridades.
GESTIÓN DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES INTERINSTITUCIONAL
Artículo 46.- Dirección Nacional de Tecnología de la Información y Comunicaciones Interinstitucional
Misión: Planificar, dirigir y ejecutar el desarrollo de aplicaciones informáticas innovadoras y servicios relacionados con las acciones de control para la ciudadanía, usuarios internos y a nivel interinstitucional, asegurando la disponibilidad, integridad y confidencialidad de la información.
Funciones y atribuciones del Director/a Nacional de Tecnología de la Información y Comunicaciones Interinstitucional:
f) Mantener actualizado los aplicativos informáticos en pos de obtener información actualizada de las acciones de control en base al plan operativo anual;
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g) Generar productos y soluciones basadas en tecnologías informáticas, que contribuyan con el cumplimiento de los objetivos institucionales;
h) Definir e implementar políticas de seguridad de la información para garantizar la confidencialidad de la información;
i) Implementar, administrar y monitorear mecanismos de seguridad informática en las aplicaciones informáticas garantizando la seguridad de la información para el uso de la ciudadanía en general;
j) Proporcionar información que le sea requerida de la ciudadanía a través de Aplicativos informáticos;
k) Establecer, mantener y fortalecer una plataforma tecnológica de vanguardia para automatizar e Ínter operar procesos y servicios entre entidades públicas;
l) Desarrollar soluciones tecnológicas innovadoras y adaptables a las necesidades de la ciudadanía en general, así como implementar y mantener proyectos informáticos que automaticen los procesos institucionales y de inteligencia de negocios;
m) Analizar la factibilidad de implementar nuevas tecnologías y modelos de arquitectura tecnológica que garanticen los servicios para uso de la ciudadanía en general;
n) Dar soporte técnico a la ciudadanía en general sobre la utilización de los aplicativos informáticos de la Contraloría General del Estado;
o) Dirigir el análisis, diseño, arquitectura, desarrollo y mantenimiento de los aplicativos orientados a la ciudadanía, así como las aplicaciones internas que se generen en la Contraloría General del Estado;
p) Informar a la ciudadanía mediante aplicativos informáticos sobre el uso de recursos públicos;
q) Poner en consideración de la ciudadanía en general información sobre el ejercicio del control social y la transparencia;
r) Implementar aplicativos informáticos que permiten informar a la ciudadanía en general sobre el uso de recursos públicos;
s) Análisis de riesgos de la información requerida para el control público;
t) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
u) Evaluar el desempeño del personal de la unidad;
v) Supervisar el desempeño del personal promoviendo la armonía y el ambiente de trabajo en equipo; y,
w) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección. Productos y servicios:
Plan estratégico de tecnología informática.
Plan operativo anual.
Propuestas de innovación tecnológica.
Proyectos de innovación tecnológica acorde con normativa vigente que optimicen la ejecución de los aplicativos informáticos.
Proyectos de arquitectura y gestión tecnológica implementados.
Informes de ej ecución y evaluación del plan estratégico de tecnología informática.
Informes de seguimiento y evaluación del plan operativo anual.
Informes de análisis de factibilidad de desarrollo de nuevos proyectos de innovación tecnológica.
Lineamientos para la gestión tecnológica.
Documentos de estandarización de arquitectura y diseño de aplicaciones a desarrollar, así como de las aplicaciones que se generen en la Contraloría General del Estado.
Informe de evaluación de cumplimiento de normas, políticas y procedimientos que se implemente para el uso de sistemas especializados.
Mantenimiento de los sistemas de información en producción.
Documentación técnica y de usuario de las herramientas y sistemas informáticos.
Mesa de ayuda y de servicios tecnológicos operativa a nivel nacional.
Plan de mantenimiento de software y hardware de la Contraloría General del Estado, e informes de ejecución.
Términos de referencia y especificaciones para contratación de equipamiento informático.
Propuestas de convenios inter-institucionales de intercambio de información.
Sitio corporativo e intranet actualizados y operativos.
Estructura básica:
La Dirección Nacional de Tecnología de la Información y Comunicaciones Interinstitucional se estructura con los Administradores de Gestión de:
Registro Oficial - Edición Especial N° 244 Viernes 26 de enero de 2018 - 17Servicios.
Artículo 47.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Servicios:
h) Coordinar con los servidores/as públicos/as regionales y provinciales las actividades de soporte a usuarios y mantenimiento de estaciones de trabajo; e,
i) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
Artículo 48.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Infraestructura:
h) Controlar la seguridad física del hardware del Centro de Cómputo;
i) Probar y mantener actualizados los planes de contingencia para los servicios del Centro de Cómputo y Telecomunicaciones;
j) Mantener y garantizar la replicación de información con entidades externas;
k) Detectar, analizar e informar oportunamente al Director/a Nacional de Tecnología de Información y Comunicaciones Interinstitucional de cualquier evento que atente contra la seguridad Informática;
l) Implementar un programa formal de concienciación (capacitación) permanente de usuarios sobre la seguridad de la información y su mantenimiento a futuro;
m) Garantizar el correcto desempeño y disponibilidad de los enlaces de comunicación a nivel nacional en redes LAN, WAN inalámbricas y acceso a Internet;
n) Administrar la plataforma de correo electrónico, directorio de autenticación y autorización de usuarios a nivel nacional; y,
o) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
Artículo 49.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Proyectos:
Proyectos de desarrollo de nuevas aplicaciones informáticas, en forma directa con personal interno, o indirecta a través de empresas de servicios de programación;
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Mantenimiento de aplicaciones existentes, en forma directa con personal interno, o indirecta a través de empresas de servicios de programación;
h) Diseñar y construir las aplicaciones y soluciones de Bl considerando:
La integración de la información;
La reutilización de componentes desarrollados; y,
Los niveles de servicio solicitados por los usuarios.
i) Coordinar con los usuarios y ejecutar las pruebas funcionales e integrales de los sistemas o aplicativos como requisito previo a su liberación en producción;
j) Coordinar y ejecutar con la gestión de infraestructura las pruebas de carga necesarias de los sistemas;
k) Elaborar la documentación técnica y de usuario que corresponda a los sistemas y aplicativos desarrollados;
l) Procurar la continua innovación en la arquitectura de software para satisfacer las necesidades de tecnología de información de la institución y mantener el nivel de tecnología adecuado; y,
m) Las demás funciones que le asigne el Director/a."
5.10) En el artículo 50 Coordinación Nacional de Secretaría General, Sustitúyase el apartado de Estructura básica, conforme el siguiente detalle:
"Estructura básica:
La Coordinación Nacional de Secretaría General se estructura con los Administradores de Gestión:
El Administrador de Gestión de Documentación y Archivo Institucional, contará con el Responsable de Archivo General."
5.11) En el artículo 51.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Documentación y Archivo institucional y de Cauciones, realícese lo siguiente:
a) Sustitúyase el título del artículo por el siguiente:
"Artículo 51.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Documentación y Archivo institucional:
b) Sustitúyase las letras t) y u) por las siguientes:
"t) Supervisar la aplicación de los lineamientos emitidos al responsable de Archivo General;
u) Informar permanentemente al Secretario/a General, sobre la gestión realizada por el responsable de Archivo General, y sobre la aplicación de los lineamientos emitidos; y,"
"Artículo 54.- Funciones y atribuciones de la Gestión Documental de Declaraciones Patrimoniales y Registro y Control de Cauciones:
h) Emitir lineamientos al personal a su cargo sobre las políticas de atención a la ciudadanía sobre la funcionalidad del aplicativo informático o del servicio en línea para el ingreso de las declaraciones patrimoniales juradas;
i) Asesorar y absolver consultas sobre la funcionalidad del aplicativo informático o del servicio en línea para el ingreso de las declaraciones patrimoniales juradas;
j) Proponer reformas o aplicaciones tendientes a modernizar los sistemas y procedimientos de la Gestión Documental de Declaraciones Patrimoniales y Registro y Control de Cauciones;
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k) Proponer políticas y normativa para los procesos de ingreso y registro de la información de declaraciones patrimoniales;
l) Supervisar el ingreso del contenido de las declaraciones patrimoniales juradas que se mantienen en formato físico;
m) Custodiar el archivo de declaraciones patrimoniales juradas;
n) Llevar bajo su responsabilidad la administración del registro nacional de cauciones;
o) Administrar, registrar y controlar las cauciones, de conformidad con la ley y demás normativa jurídica aplicable;
p) Mantener archivos de las cauciones, en orden cronológico, numérico, alfabético, territorial, por dependencias u otros que fueren necesarios;
q) Coordinar con las unidades de auditoría interna la información para el control de la vigencia y validez de las cauciones;
r) Efectuar el control de los procesos de aceptación, renovación, ampliación, sustitución y cancelación de cauciones;
s) Coordinar la ejecución de las cauciones con las unidades responsables de estos procesos cuando se establezcan las responsabilidades correspondientes;
t) Efectuar a través del sistema informático respectivo, el control y seguimiento nacional del registro de cauciones;
u) Solicitar al Director/a Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional, por intermedio del Secretario/a General, la realización de verificaciones preliminares y/o acciones de control, por parte de las unidades administrativas de control, a los procesos de contratación, vigencia y ejecución de las cauciones cuando se considere necesario;
v) Mantener comunicación permanente con las unidades encargadas del control de las cauciones en cada institución pública, a fin de conocer oportunamente los ingresos, salidas, cambios de funciones u otras novedades en relación con los servidores/as públicos/as caucionados;
w) Coordinar con las direcciones regionales y delegaciones provinciales, la administración, registro y control de las cauciones;
x) Custodiar el archivo de cauciones;
y) Informar permanentemente al Secretario General sobre el desarrollo de su trabajo y la aplicación de los lineamientos emitidos; y,
z) Las demás funciones que le asigne el Secretario/a General."
5.14) Elimínense los siguientes títulos y artículos:
5.15) Reenumérense los artículos de las secciones 5 y 6 del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos Sustitutivo de la Contraloría General del Estado, conforme la secuencia que corresponde.
5.16) En todos los artículos donde conste: "Dirección Nacional de Planificación y Evaluación Institucional", "Dirección Nacional de Comunicación Institucional"; y, "Dirección Nacional de Tecnología de la Información y Comunicaciones" se entenderá: "Dirección Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional", "Dirección Nacional de Comunicación Interinstitucional"; y, Dirección Nacional de Tecnologías de la Información y Comunicaciones Interinstitucional, respectivamente; y se tomará en cuenta las nuevas denominaciones de los titulares de estas unidades administrativas.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA. - Los titulares de las unidades administrativas incluidas en el presente Acuerdo, suscribirán las respectivas actas de entrega-recepción de la información, archivo, documentos y aplicativos informáticos que pasen a las nuevas direcciones nacionales.
SEGUNDA. - La Dirección Nacional de Talento Humano realizará las acciones pertinentes para la oportuna implementación de las nuevas direcciones nacionales, con el personal necesario; así como, los cambios de denominaciones que correspondan para la implementación de las disposiciones del presente Acuerdo.
TERCERA.- El Secretario General realizará la supervisión y seguimiento a la suscripción de las respectivas actas de entrega-recepción de la información, archivo, documentos y aplicativos informáticos que pasen de la Administración de Gestión de Documentación y Archivo Institucional a la Administración de Gestión Documental de Declaraciones Patrimoniales y Registro y Control de Cauciones.
CUARTA.- Las unidades administrativas de la Contraloría General del Estado, en el ámbito de sus competencias, realizarán, sin excepción, las acciones necesarias para la implementación inmediata del presente Acuerdo.
QUINTA.- En toda normativa emitida por la Contraloría General del Estado, donde conste: "Dirección Nacional de Planificación y Evaluación Institucional",
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"Dirección Nacional de Comunicación Institucional"; y, "Dirección Nacional de Tecnología de la Información y Comunicaciones" se entenderá: "Dirección Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional", "Dirección Nacional de Comunicación Interinstitucional"; y, Dirección Nacional de Tecnología de la Información y Comunicaciones Interinstitucional, respectivamente; y se tomará en cuenta las nuevas denominaciones de los titulares de estas unidades administrativas.
En toda normativa emitida por la Contraloría General del Estado, donde conste: "Dirección Nacional de Patrocinio, Recaudación y Coactivas", se entenderá: "Dirección Nacional de Patrocinio", cuando la norma esté relacionada con las funciones, atribuciones, productos y servicios establecidos para esta unidad administrativa en los artículos 37 y 38 del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos Sustitutivo; o, "Dirección Nacional de Recaudación y Coactivas", cuando la norma esté relacionada con las funciones, atribuciones, productos y servicios establecidos para esta unidad administrativa en los artículos 39, 39A y 39B del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos Sustitutivo, conforme las disposiciones del presente Acuerdo. De igual manera se tomará en cuenta las nuevas denominaciones de los titulares de estas unidades administrativas.
SEXTA.- La Coordinación Nacional de Secretaría General remitirá el presente Acuerdo para su publicación en el Registro Oficial, una vez que se cuente con los informes favorables de creación de las unidades administrativas, emitidos por los Ministerios de Finanzas y del Trabajo.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
ÚNICA.- Se derogan las normas de igual o menor jerarquía que se opongan al presente Acuerdo.
DISPOSICIÓN FINAL
ÚNICA. - El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Registro Oficial.
Dado, en el Despacho del Contralor General del Estado, en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a 24 de noviembre de 2017.
Comuníquese.
f.) Dr Pablo Celi de la Torre, Contralor General del Estado, subrogante.
Dictó y firmó el Acuerdo que antecede, el señor doctor Pablo Celi de la Torre, Contralor General del Estado, Subrogante, en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a los veinte y cuatro días del mes de noviembre del año 2017.- CERTIFICO.
f.) Dr. Luis Miño Morales, Secretario General de la Contraloría.
No. 003-CG-2018
EL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO
Considerando:
Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 211, atribuye a la Contraloría General del Estado, el control de la utilización de los recursos estatales y de las personas jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos; y, en su artículo 212, número 3, le faculta expedir la normativa correspondiente para el cumplimiento de sus funciones;
Que, la Norma Suprema determina, en su artículo 227, que la administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación;
Que, los artículos 31 número 23, y 35 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado facultan al Contralor General del Estado expedir y mantener actualizado el reglamento orgánico funcional, que contendrá la estructura administrativa y las funciones de las respectivas unidades para el cumplimiento de los fines y objetivos de la entidad de control;
Que, mediante Acuerdo 028-CG-2017 de 13 de septiembre de 2017, publicado en el Registro Oficial - Edición Especial No. 092 de 22 de septiembre de 2017, se expidió el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos Sustitutivo de la Contraloría General del Estado y su reforma mediante Acuerdo 038-CG-2017 de 24 de noviembre de 2017;
Que, mediante Acuerdo 043-CG-2017 de 27 de diciembre de 2017, el Contralor General del Estado aprobó el Plan Estratégico Institucional 2018-2022;
Que, mediante memorando No. 0063-DNTH-GTH de 8 de enero de 2018, la Dirección Nacional de Talento Humano comunicó a la señora Subcontralora de Gestión Interna que la reorganización de dicha Dirección no genera ningún tipo de impacto presupuestario;
Que, es necesario codificar el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos Sustitutivo de la Contraloría General del Estado y reorganizar la Dirección Nacional de Talento Humano, conforme la autorización de la Subcontralora de Gestión Interna;
En ejercicio de las facultades que le confiere la Constitución de la República del Ecuador y la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado,
Acuerda:
Artículo 1.- Expedir el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Contraloría General del Estado, que es parte integrante de este Acuerdo, mismo que incluye la codificación de reformas y la reorganización de la Dirección Nacional de Talento Humano, conforme el detalle contenido en el referido instrumento técnico.
Registro Oficial - Edición Especial N° 244 Viernes 26 de enero de 2018 - 21
DISPOSICIÓN GENERAL
ÚNICA. - Los titulares de las unidades administrativas de la Contraloría General del Estado a nivel nacional, en el ámbito de sus competencias, realizarán, sin excepción, las acciones necesarias para la implementación inmediata del presente Acuerdo.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Deróguense el Acuerdo 028-CG-2017 de 13 de septiembre de 2017, publicado en el Registro Oficial Edición Especial No. 92 del 22 de septiembre de 2017, mediante el cual se expidió el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos Sustitutivo de la Contraloría General del Estado y su reforma emitida mediante Acuerdo 038-CG-2017 de 24 de noviembre de 2017.
Se derogan todas las disposiciones de menor o igual jerarquía que se opongan al presente Acuerdo.
DISPOSICIÓN FINAL
ÚNICA. - El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Registro Oficial.
Dado, en el Despacho del Contralor General del Estado, en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a 19 de enero de 2018.
Comuníquese.
f.) Dr. Pablo Celi de la Torre, Contralor General del Estado, subrogante.
Dictó y firmó el Acuerdo que antecede, el señor doctor Pablo Celi de la Torre, Contralor General del Estado, Subrogante, en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a los diez y nueve días del mes de enero del año 2018.- CERTIFICO.
f.) Dr. Luis Miño Morales, Secretario General de la Contraloría.
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Contraloría General del Estado
CAPITULO I
DEL DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO
Artículo 1.- Misión
Controlar los recursos públicos para precautelar su uso eficiente, en beneficio de la sociedad.
Artículo 2.- Objetivos Estratégicos:
CAPÍTULO II
DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL POR PROCESOS
Artículo 3.- Estructura organizacional por procesos
La estructura organizacional de la Contraloría General del Estado, se alinea con su misión y se sustenta en la filosofía y enfoque de productos, servicios y procesos, en función de nuestros clientes externos e internos.
Artículo 4.- Procesos de la Contraloría General del Estado
Los procesos que generan los productos y servicios de la Contraloría General del Estado, se ordenan y clasifican en función de su grado de contribución o valor agregado al cumplimiento de la misión institucional.
Los procesos gobernantes: orientan la gestión institucional a través de la emisión de políticas, directrices y planes estratégicos.
Los procesos que agregan valor: son los responsables de generar, administrar y controlar el portafolio de productos y servicios que responden a la misión y objetivos estratégicos del organismo de control.
Los procesos habilitantes: son los responsables de generar productos y servicios de asesoría y apoyo logístico, para la elaboración del portafolio de productos institucionales demandados por los procesos gobernantes, agregadores de valor y para sí mismos, viabilizando la gestión institucional.
Los procesos desconcentrados: son los mecanismos mediante los cuales el nivel superior delega en forma permanente el ejercicio de una o más de sus atribuciones, así como los recursos necesarios para su cumplimiento.
Artículo 5.- Estructura básica alineada a la misión:
La Contraloría General del Estado, para el cumplimiento de su misión, objetivos y responsabilidades, desarrolla procesos internos y está conformada por:
1. PROCESO GOBERNANTE
Direccionamiento estratégico para el cumplimiento de la misión y funciones del organismo técnico de control, orientan la gestión institucional a través de la emisión de políticas, directrices y planes estratégicos.
RESPONSABLES:
Contralor/a General del Estado Subcontralor/a General del Estado Subcontralor/a de Gestión Interna
2. PROCESOS AGREGADORES DE VALOR
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2.1 Gestión del control externo de la utilización de los recursos estatales y de las personas jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos.
RESPONSABLES: Director/a Nacional de Auditoría de:
Administración Central
Sectores Sociales
Deuda Pública y Finanzas
Telecomunicaciones, Conectividad y Sectores Productivos
Gobiernos Seccionales
Recursos Naturales
Salud y Seguridad Social
Transporte, Vialidad, Infraestructura Portuaria y Aeroportuaria
2.2 Gestión de Control Patrimonial.
RESPONSABLE: Director/a Nacional de Control Patrimonial.
2.3 Gestión del Control Interno
RESPONSABLE: Director/a Nacional de Auditorías
Internas
2.4 Gestión desconcentrada de control RESPONSABLES:
Director/a Regional.
Delegado/a Provincial.
Titulares de las Unidades de Auditoría Interna de las Instituciones del Estado.
2.5 Gestión de Asuntos Éticos, Participación Ciudadana y Vinculación de Grupos de Atención Prioritaria.
RESPONSABLE: Director/a Nacional de Asuntos Éticos, Participación Ciudadana y Vinculación de Grupos de Atención Prioritaria.
2.6 Gestión Jurídica
RESPONSABLE: Coordinador/a Nacional Jurídico/a
2.7 Gestión de Desarrollo Normativo
RESPONSABLE: Director/a Nacional Técnico de Normativa
2.8 Gestión de Predeterminación de Responsabilidades
RESPONSABLE: Director/a Nacional de Predeterminación de Responsabilidades
2.9 Gestión de Responsabilidades
RESPONSABLE: Director/a Nacional de
Responsabilidades
2.10 Gestión de Recursos de Revisión
RESPONSABLE: Director/a Nacional de Recursos de Revisión
RESPONSABLE: Director/a Nacional de Recaudación y Coactivas
2.13 Gestión de Contratación Pública
RESPONSABLE: Director/a Nacional de Contratación Pública
2.14 Gestión de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional
RESPONSABLE: Director/a Nacional de Planificación
Estratégica y Evaluación Institucional
2.15 Gestión de Comunicación Interinstitucional
RESPONSABLE: Director/a Nacional de Comunicación Interinstitucional
2.16 Gestión de Tecnología de la Información y Comunicaciones Interinstitucional
RESPONSABLE: Director/a Nacional de Tecnología de la Información y Comunicaciones Interinstitucional
3. PROCESOS HABILITANTES
3.1 DE ASESORÍA
RESPONSABLE: Coordinador/a Nacional de Asuntos Internacionales
3.1.3 Gestión de Control Interno Institucional
RESPONSABLE: Coordinador/a Nacional de Auditoría Interna Institucional
3.1.4 Gestión documental del Despacho del Contralor/a General del Estado
RESPONSABLE: Coordinador/a General del Despacho
3.1.5 Gestión Documental Institucional; Declaraciones Patrimoniales Juradas; y, Registro y Control de Cauciones
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RESPONSABLE: Secretario/a General 3.2 DE APOYO
3.2.1 Gestión Administrativa
RESPONSABLE: Coordinador/a Nacional Administrativo
y Servicios
3.2.2 Gestión Financiera
RESPONSABLE: Coordinador/a Nacional Financiero/a
3.2.3 Gestión de Administración del Talento Humano
RESPONSABLE: Coordinador/a Nacional de Talento Humano
3.2.4 Gestión de Capacitación
RESPONSABLE: Coordinador/a Nacional de Capacitación
Artículo 6.- REPRESENTACIONES GRÁFICAS
a) Cadena de valor.- Representa los procesos agregadores de valor que ejecuta la entidad para cumplir con la misión y objetivos institucionales.
c) Estructura Orgánica.- Representa niveles jerárquicos, unidades administrativas y su interrelacionamiento en función de los procesos que se desarrollan en la entidad.
CAPÍTULO IH
DESCRIPCIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
Artículo 7.- La descripción de las unidades administrativas que constan en la estructura orgánica contiene: misión, funciones y atribuciones, productos y servicios y estructura básica.
Sección 1 De los Procesos Gobernantes
DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO
Artículo 8.- Contralor/a General del Estado
Misión.- Direccionar a la organización, para el cumplimiento de la misión institucional.
Funciones y atribuciones del Contralor/a General del Estado:
h) Delegar el ejercicio de las competencias atribuidas por el ordenamiento jurídico a los servidores/as públicos/as de la institución, cuando lo estime conveniente;
i) Ordenar la práctica de la auditoría gubernamental y de exámenes especiales;
j) Aprobar los informes de auditoría y de exámenes especiales, personalmente o por medio de sus delegados;
k) Decidir la intervención de la institución como parte en los procesos judiciales relacionados con la administración de los recursos públicos que son objeto de control;
l) Presentar a las diversas funciones del Estado los informes previstos en la ley, así como rendir cuenta de su gestión a la ciudadanía;
m) Mantener actualizada la organización estructural y funcional de la Contraloría General del Estado; y,
n) Cumplir las demás funciones determinadas en la Constitución y leyes de la República.
Artículo 9.- Subcontralor/a General del Estado
Misión: Direccionar el control gubernamental y el establecimiento de las responsabilidades, siguiendo las directrices impartidas por el Contralor/a General del Estado.
Funciones y atribuciones del Subcontralor/a General del Estado:
h) Aprobar los informes de auditoría en cualquiera de sus clases o modalidades elaborados por las compañías privadas de auditoría contratadas, de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado;
i) Presidir las comisiones institucionales de acuerdo al ámbito de su competencia;
j) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción
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de Documentos de la Contrataría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
k) Informar al Contralor/a General del Estado sobre la gestión de la Subcontraloría General;
l) Subrogar al Contralor/a General del Estado en caso de ausencia temporal o definitiva; y,
m) Las demás que le delegue el Contralor/a General del Estado.
Artículo 10.- Subcontralor/a de Gestión Interna
Misión: Formular y administrar la política para generar productos y servicios internos para el normal desenvolvimiento Institucional.
Funciones y atribuciones del Subcontralor/a de Gestión Interna:
h) Las demás que le delegue el Contralor/a General del Estado.
Sección 2 De los Procesos Agregadores de Valor, de
Gestión de Control de Recursos Públicos y de Control
Patrimonial
GESTIÓN DEL CONTROL EXTERNO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS
Artículo 11.- Direcciones Nacionales de Auditoría:
DNA 1 - Administración Central DNA 2 - Sectores Sociales
DNA 3 - Deuda Pública y Finanzas
DNA 4 - Telecomunicaciones, Conectividad y Sectores Productivos
DNA 5 - Gobiernos Seccionales
DNA 6 - Recursos Naturales
- DNA 7 - Salud y Seguridad Social
DNA 8 - Transporte, Vialidad, Infraestructura Portuaria y Aeroportuaria.
Misión: Planificar, dirigir y ejecutar el control de la utilización de los recursos públicos de las instituciones del Estado y de las personas jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos, según el ámbito de su competencia, a través de la auditoría gubernamental, en sus diferentes clases y modalidades.
Funciones y atribuciones de los Directores/as Nacionales de Auditoría:
h) Informar mensualmente al Subcontralor/a General del Estado, sobre las modificaciones de las acciones de control que se hayan autorizado;
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i) Solicitar al Subcontralor/a General del Estado, la cancelación por excepción, de las acciones de control planificadas e imprevistas, con los justificativos correspondientes;
j) Disponer que los equipos de auditoría en la ejecución de las órdenes de trabajo realicen el seguimiento de las recomendaciones que se emitieron a la entidad auditada;
k) Revisar y suscribir los informes y la síntesis producto de las auditorías y exámenes realizados, asegurando la calidad de su contenido, de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado y recomendar la aprobación del informe;
l) Supervisar la ejecución de las auditorías en cualquiera de sus clases o modalidades que se efectúan a través de las compañías privadas de auditoría contratadas, según el ámbito de su jurisdicción;
m) Administrar los recursos asignados a la Dirección;
n) Realizar la autoevaluación de la ejecución del plan anual de control de la Dirección, de conformidad con las políticas y directrices emitidas para el efecto; preparar el informe y remitirlo a la Dirección Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional;
o) Coordinar con las direcciones regionales, delegaciones provinciales y Unidades de Auditoría Interna, la ejecución de las acciones de control que tengan relación con el ámbito de control;
p) Informar periódicamente al Contralor/a General del Estado y Subcontralor/a General del Estado, sobre los resultados obtenidos en el ejercicio de las acciones de control y sobre el estado de ejecución del plan anual de control;
q) Mantener actualizado el catastro de las entidades bajo su ámbito de control para fines de la planificación;
r) Promover sesiones técnicas para coordinar y armonizar el trabajo en equipo del personal de la Dirección;
s) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
t) Elaborar informes y remitir proyectos de oficios para la firma de las autoridades del organismo de control, sobre requerimientos, consultas técnicas, criterios, certificaciones y otros aspectos relacionados con el ámbito de control de la Dirección;
u) Evaluar el desempeño del personal de la unidad;
v) Emitir criterio técnico en el ámbito de su competencia, ante requerimientos de la Dirección Nacional de
Responsabilidades, sobre los sustentos y justificativos presentados por los sujetos de responsabilidad;
w) Coordinar con las unidades de control a nivel nacional, cuando sea necesario, la entrega-recepción de notificaciones que se deriven de la ejecución de la auditoría gubernamental y que deban ser realizadas en sus jurisdicciones;
x) Mantener actualizada la información relacionada con la gestión de control en los sistemas de información de la institución; así como la relacionada con el control por sector de su jurisdicción a nivel nacional con fines de planificación, rendición de cuentas y toma de decisiones; y,
y) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Proyecto de plan anual de control.
Ordenes de trabajo.
Informes de modificaciones de las acciones de control.
Informes de ejecución y evaluación del plan anual de control.
Informes de exámenes especiales y auditorías.
Informes con indicios de responsabilidad penal.
Informes con resultados de verificaciones preliminares.
Informes sobre actividades complementarias.
Catastro actualizado.
Información actualizada en los sistemas institucionales.
Información de control por sector y jurisdicción
Información de rendición de cuentas por sector y jurisdicción
Oficios relacionados con el ámbito de gestión de la unidad.
Síntesis.
Memorando resumen.
Estructura básica:
Las Direcciones Nacionales de Auditoría se estructuran con equipos de trabajo multidisciplinarios.
GESTIÓN DE CONTROL PATRIMONIAL
Artículo 12.- Dirección Nacional de Control Patrimonial
- DNA 9 - Control Patrimonial
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Misión: Planificar, dirigir y coordinar a nivel nacional las políticas para la presentación, registro y para la ejecución del control de las declaraciones patrimoniales juradas de los servidores/as públicos; así como, para ejecutar el control cuando se verifique que son propietarios directos o indirectos de bienes o capitales de cualquier naturaleza en jurisdicciones o regímenes considerados como paraísos fiscales.
Funciones y atribuciones del Director/a Nacional de Control Patrimonial:
h) Disponer la verificación del cumplimiento de entrega de información por parte de las unidades de administración del talento humano de las instituciones del sector público de conformidad con lo dispuesto en la Ley, en lo referente a la presentación y control de las declaraciones patrimoniales juradas;
i) Emitir las órdenes de trabajo para la ejecución de exámenes especiales a las declaraciones patrimoniales juradas; así como, para determinar la existencia de la infracción y la responsabilidad de las personas que sean propietarios directos o indirectos de bienes o capitales en paraísos fiscales; excepto aquellas que correspondan a la Dirección Nacional de Auditoría Interna Institucional;
j) Autorizar las ampliaciones de plazo, inclusión y exclusión del personal de los equipos de auditoría que ejecutan el control patrimonial, cuando sea necesario y se justifique técnicamente, aspectos que serán comunicados a la Dirección Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional para fines de seguimiento;
k) Suspender temporal y justificadamente las acciones de control iniciadas y comunicar a la Dirección Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional para fines de seguimiento;
l) Informar mensualmente al Subcontralor/a General del Estado sobre las modificaciones de las acciones de control que se hayan autorizado;
m) Solicitar fundamentadamente al Subcontralor/a General del Estado la cancelación, por excepción, de las acciones de control planificadas e imprevistas, con los justificativos correspondientes;
n) Disponer la elaboración del dictamen que recomiende de forma sustentada, el archivo del proceso o la destitución del cargo de la servidora o el servidor público examinado por violación de alguna de las disposiciones de la Ley Orgánica para la Aplicación de la Consulta Popular efectuada el 19 de febrero de 2017;
o) Revisar y suscribir los informes con indicios de responsabilidad penal producto de los exámenes especiales realizados, asegurando la calidad de su contenido, de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado y recomendar la aprobación del informe;
p) Remitir una copia certificada del informe aprobado junto con sus anexos a la Dirección Nacional de Patrocinio, para que mediante oficio sean enviados a la Fiscalía General del Estado. Simultáneamente, se enviará el informe original para que sea incorporado en el archivo correspondiente, a cargo de la Gestión de Documentación y Archivo Institucional de la Matriz;
q) Administrar los recursos asignados a la dirección;
r) Realizar la autoevaluación de la ejecución del plan anual de control de la Dirección, de conformidad con las políticas y directrices emitidas para el efecto; preparar el informe y remitirlo a la Dirección Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional;
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s) Informar periódicamente al Contralor/a General del Estado y Subcontralor/a General del Estado sobre los resultados obtenidos en el ejercicio de las acciones de control y sobre el estado de ejecución del plan anual de control;
t) Disponer el análisis de información de declaraciones patrimoniales juradas sobre la base de las alertas emitidas por el aplicativo informático diseñado para el efecto;
u) Mantener actualizada la información relacionada con la gestión de control en los sistemas de información de la institución; así como la relacionada con el control por sector de su jurisdicción a nivel nacional con fines de planificación, rendición de cuentas y toma de decisiones;
v) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
w) Elaborar informes y remitir proyectos oficios para la firma de las autoridades del organismo de control, sobre requerimientos, consultas técnicas, criterios, certificaciones y otros aspectos relacionados con el ámbito de control de la Dirección;
x) Evaluar el desempeño del personal de la unidad;
y) Mantener actualizada la información relacionada con la gestión de control en los sistemas de información de la institución; así como la relacionada con el control patrimonial a nivel nacional con fines de planificación, rendición de cuentas y toma de decisiones;
z) Coordinar con la Coordinación Nacional de Secretaría General la entrega recepción de copias de declaraciones patrimoniales juradas para las acciones de control que se deban realizar; y, establecer acciones para garantizar la reserva y confidencialidad sobre la información registrada en las mismas; y,
aa) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Proyecto de plan anual de control.
Ordenes de trabajo.
Informes de modificaciones de las acciones de control.
Informes de ejecución y evaluación del plan anual de control.
Informes con indicios de responsabilidad penal.
Informes sobre actividades complementarias.
Información actualizada en los sistemas institucionales.
Información de rendición de cuentas.
Oficios relacionados con el ámbito de gestión de la unidad.
Comunicaciones a declarantes.
Informes de gestión del control a las declaraciones patrimoniales juradas.
Dictamen de archivo o destitución.
Estructura básica:
La Dirección Nacional de Control Patrimonial se estructura con equipos de trabajo multidisciplinarios.
GESTIÓN DEL CONTROL INTERNO
Artículo 13.- Dirección Nacional de Auditorías Internas
Misión: Es la dependencia técnica de las Unidades de Auditoría Interna de las entidades y organismos del sector público; coordina sus actividades mediante la asesoría técnica, supervisión y gestión del personal de las Unidades de Auditoría Interna, aportando al desarrollo de su misión, con transferencia de tecnología oportuna y valor agregado.
Funciones y atribuciones del Director/a Nacional de Auditorías Internas:
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h) Suspender temporal y justificadamente las acciones de control iniciadas por las Unidades de Auditoría Interna de la provincia de Pichincha y comunicar a la Dirección Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional para fines de seguimiento;
i) Coordinar y programar con la Dirección Nacional de Capacitación, las actividades de capacitación y desarrollo profesional de los servidores/as públicos/as de las Unidades de Auditoría Interna a nivel nacional;
j) Establecer procedimientos para la organización, funcionamiento y dependencia técnica de las Unidades de Auditoría Interna;
k) Presentar al Contralor/a General del Estado, informes técnicos para la creación, reestructuración o supresión de las Unidades de Auditoría Interna de la provincia de Pichincha, en coordinación con la Dirección Nacional de Talento Humano;
l) Revisar la calidad de los informes de las acciones de control efectuadas por las Unidades de Auditoría Interna de entidades con sede en la provincia de Pichincha y recomendar la aprobación del informe;
m) Disponer la distribución a las respectivas entidades, de los informes aprobados de su ámbito;
n) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
o) Administrar los recursos asignados a la Dirección;
p) Evaluar el desempeño del personal de la unidad; y,
q) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Plan Operativo Anual.
Informes de asistencia técnica.
Informes de auditorías internas revisados.
Informes con indicios de responsabilidad penal revisados.
Informes con resultados de verificaciones preliminares.
Autorizaciones de modificaciones a las órdenes de trabajo emitidas por las Unidades de Auditoría Interna de su ámbito.
Informes técnicos de creación, reestructuración o supresión de Unidades de Auditoría Interna.
Informes de gestión de la Dirección.
Estructura básica:
La Dirección Nacional de Auditorías Internas se estructura con el Administrador de Gestión de Coordinación de Auditorías Internas y con los equipos de trabajo responsables de la ejecución de los procesos.
Artículo 14.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Coordinación de Auditorías Internas:
h) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
Sección 3 De los Procesos Desconcentrados
GESTIÓN DESCONCENTRADA DE CONTROL
Artículo 15.- Direcciones Regionales
Misión: Coordinar la formulación de los proyectos de los planes anuales de control de las delegaciones provinciales y de las Unidades de Auditoría Interna de su jurisdicción, enviarlos para aprobación del Contralor/a General del Estado; realizar el seguimiento de la ejecución de dichos planes anuales de control; y, efectuar el control de calidad de informes resultantes de las acciones de control en su ámbito.
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Funciones y atribuciones de los Directores/as Regionales:
h) Promover sesiones técnicas, para coordinar y armonizar el trabajo de las delegaciones provinciales y de las unidades de auditoría interna de su jurisdicción;
i) Administrar, bajo su responsabilidad y conforme a los reglamentos e instructivos vigentes, los recursos asignados a la Dirección Regional;
j) Evaluar el desempeño del personal de la regional;
k) Asesorar y supervisar la ejecución de las actividades inherentes al patrocinio de juicios y coactivas ejecutados por las delegaciones provinciales;
l) Coordinar con las Direcciones Nacionales de: Patrocinio, Recaudación y Coactivas; de Responsabilidades y Coordinación Nacional Jurídica la unificación de criterios jurídicos;
m) Presentar al Contralor/a General del Estado, informes técnicos para la creación, reestructuración o supresión de las unidades de auditoría interna en el ámbito de su jurisdicción regional, en coordinación con la Dirección Nacional de Talento Humano;
n) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
o) Organizar y controlar la gestión documental; y,
p) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Reportes de coordinación y revisión de los proyectos de planes anuales de control.
Informes técnicos mensuales de las modificaciones y suspensiones temporales de las órdenes de trabajo emitidas.
Informes de coordinación y supervisión de la ejecución de los planes anuales de control.
Informes de auditorías y exámenes especiales, revisados.
Informes con indicios de responsabilidad penal, revisados.
Reportes de asesoría brindada.
Informes consolidados de autoevaluación de la ejecución de los planes anuales de control.
Informes consolidados de rendición de cuentas
Autorizaciones emitidas para la ejecución de acciones de control imprevistas de las unidades de auditoría interna de su jurisdicción.
Estructura básica:
Las Direcciones Regionales se estructuran con los responsables de:
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En las delegaciones provinciales cuya sede sea la misma de la Dirección Regional, las funciones administrativas las ejecutará la delegación provincial.
1.- Funciones y atribuciones del responsable de auditoría externa:
h) Revisar y analizar el contenido de los informes de autoevaluación presentados por las delegaciones provinciales para determinar su conformidad con los lineamientos emitidos, consolidarlos y presentarlos al Director/a Regional para su envío a la Dirección Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional;
i) Preparar información sobre la gestión realizada por las delegaciones provinciales de su jurisdicción, para rendición de cuentas y otros requeridos por las máximas autoridades; y,
j) Las demás funciones que le asigne el Director/a Regional.
2.- Funciones y atribuciones del responsable de auditorías internas:
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h) Coordinar la evaluación de la gestión de las auditorías internas de su jurisdicción e informar al Director/a Regional para la aplicación de acciones correctivas;
i) Coordinar los encargos de personal para las auditorías internas unipersonales, en casos de ausencias temporales;
j) Previo a la solicitud de autorización al Subcontralor/a General del Estado para la cancelación de las acciones de control planificadas e imprevistas, analizar los justificativos técnicos presentados por las delegaciones provinciales y emitir criterio sobre su procedencia;
k) Mantener un registro y control de los informes remitidos por las unidades de auditoría interna de su jurisdicción;
l) Coordinar eventos de capacitación y reuniones de trabajo para emitir directrices expedidas por la Dirección Nacional de Auditorías Internas; y,
m) Las demás funciones que le asigne el Director/a Regional.
3.- Funciones y atribuciones del responsable jurídico:
Artículo 16.- Funciones y atribuciones para la defensa de los procesos contenciosos administrativos en las Direcciones Regionales, en cuya jurisdicción exista una sede del Tribunal Contencioso Administrativo.
Productos y servicios:
Comunicaciones y escritos generados en los procesos contenciosos administrativos.
Informes sobre los procesos contenciosos administrativos.
Sistema de juicios actualizado.
Las direcciones regionales con competencias para el desarrollo de procesos contenciosos administrativos, incorporarán en su estructura básica un responsable de procesos contenciosos administrativos.
1.- Funciones y atribuciones del responsable de procesos contenciosos administrativos
Artículo 17.- Delegaciones Provinciales
Misión: Planificar, dirigir y ejecutar el control de la utilización de los recursos estatales y de las personas jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos, de acuerdo a su ámbito.
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Funciones y atribuciones de los Delegados/as Provinciales:
h) Solicitar a través de la Dirección Regional, modificaciones al plan anual de control aprobado;
i) Llevar a cabo un plan de supervisión al proceso de ejecución de las acciones de control, en sus diferentes etapas de las unidades de auditoría interna de su ámbito;
j) Supervisar la ejecución de las auditorías en cualquiera de sus clases o modalidades que efectúan las compañías privadas de auditoría contratadas, según el ámbito de su jurisdicción;
k) Realizar la autoevaluación de la ejecución del plan anual de control de la delegación provincial, de conformidad con las políticas y directrices emitidas para el efecto; preparar el informe y remitirlo a la Dirección Regional para su análisis y envío a la Dirección Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional;
l) Emitir y suscribir los informes y síntesis, producto de las auditorías y exámenes especiales realizados por las delegaciones provinciales, asegurando la calidad de su contenido, observando las disposiciones pertinentes de los Reglamentos: de Responsabilidades y de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, remitirlos a la Dirección Regional;
m) Recibir de las unidades de auditoría interna, los informes y síntesis, producto de las auditorías y exámenes especiales producidos en su ámbito, observando las disposiciones pertinentes en los Reglamentos: de Responsabilidades y de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado. La notificación se efectuará a través de la unidad de auditoría interna que corresponda;
n) Administrar, bajo su responsabilidad y conforme a los reglamentos e instructivos vigentes, los recursos humanos, materiales, tecnológicos, financieros y vehículos institucionales asignados;
o) Mantener actualizado el catastro de las entidades bajo su ámbito de control, para fines de planificación;
p) Mantener actualizado el archivo permanente de las auditorías realizadas;
q) Controlar en su ámbito: la administración, registro y control de las cauciones, de conformidad con la ley y demás normativa jurídica aplicable;
r) Llevar el registro y control de las declaraciones patrimoniales juradas presentadas por los servidores/ as públicos/as en el ámbito de su jurisdicción e informar mensualmente a la Coordinación Nacional de Secretaría General - Gestión Documental de Declaraciones Patrimoniales y Registro y Control de Cauciones;
s) Ejecutar el patrocinio de las acciones judiciales que se presenten en contra de la Contraloría General del Estado, defendiendo los intereses de la entidad en el ámbito de su jurisdicción, con excepción de las causas contenciosas administrativas;
t) Recaudar y ejercer la acción coactiva de conformidad con la Ley y el Reglamento vigentes sobre la materia;
u) Emitir certificados de responsabilidades y de cauciones dentro de su jurisdicción;
v) Registrar y mantener actualizada la información relacionada con la gestión de control en los sistemas de información de la institución;
w) Evaluar el desempeño del personal de la delegación provincial y de las unidades de auditoría interna de su ámbito e informar al Director/a Regional;
x) Brindar asistencia técnica y asesoramiento en materia de control a las unidades de auditoría interna;
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y) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
z) Registrar en el sistema de control de comunicaciones, las denuncias presentadas y temas relacionados con participación ciudadana a fin de que la Dirección Nacional de Asuntos Éticos, Participación Ciudadana y Vinculación de Grupos de Atención Prioritaria consolide esta información;
aa) Notificar los actos administrativos emitidos por la Contraloría General del Estado, del ámbito de su competencia y cuando le sean requeridos;
bb) Generar información sobre la gestión realizada por la delegación provincial y las unidades de auditoría interna de su ámbito, para rendición de cuentas y otros requeridos por las máximas autoridades;
ce) Organizar y controlar la gestión documental;
dd) Aplicar el régimen disciplinario en la delegación provincial y en las unidades de auditoría interna de su jurisdicción; y,
ee) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Proyecto de plan anual de control.
Ordenes de trabajo.
Modificaciones de las acciones de control.
Informes de ejecución y evaluación del plan anual de control.
Informes de exámenes especiales y auditorías.
Síntesis.
Informes con indicios de responsabilidad penal.
Informes con resultados de verificaciones preliminares.
Memorandos con resultados de actividades complementarias ejecutadas.
Catastro actualizado.
Sistemas institucionales actualizados
Registros actualizados de las declaraciones patrimoniales juradas, cauciones, coactivas y patrocinio de juicios.
Informes de asesorías y atención de consultas internas.
Informes de títulos de crédito emitidos y cobrados.
Certificados de responsabilidades y de cauciones.
Informes para rendición de cuentas.
Acciones de personal.
Memorando resumen.
Estructura básica:
Las Delegaciones Provinciales, se estructurarán con equipos de trabajo de auditoría externa, coordinación de auditorías internas, jurídico y administrativo.
1. Funciones y atribuciones de los equipos de trabajo de auditoría externa:
Las funciones de estos equipos corresponden a las que actualmente se encuentran definidas y ejecutan las unidades de control de la matriz, establecidas en las normas, manuales, guías e instructivos de auditoría gubernamental.
2.- Funciones y atribuciones del equipo de coordinación de auditorías internas:
h) Realizar el análisis previo de los justificativos presentados por las Unidades de Auditoría Interna de su ámbito, para la cancelación de acciones de control planificadas e imprevistas;
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i) Revisar los informes y síntesis emitidos por las Unidades de Auditoría Interna de su ámbito, previo a su envío a la Dirección Regional; y,
j) Las demás funciones que le asigne el Delegado Provincial.
3.- Funciones y atribuciones del equipo jurídico:
h) Las demás funciones que le asigne el Delegado Provincial.
4.- Funciones y atribuciones del equipo administrativo:
Las delegaciones provinciales cuya sede es la misma de la Dirección Regional, aplicarán estas funciones para las direcciones regionales y delegaciones provinciales.
4.1.- Funciones y atribuciones administrativas:
h) Adquirir bienes y servicios; e,
i) Las demás funciones que le asigne el Delegado Provincial.
4.2.- Funciones y atribuciones financieras:
h) Las demás funciones que le asigne el Delegado Provincial.
4.3.- Funciones y atribuciones de talento humano:
g) Elaborar cronograma de vacaciones; h) Notificar acciones de personal;
i) Verificar domicilio civil declarado;
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j) Ejecutar actividades en los procesos de seguridad y salud ocupacional;
k) Elaborar y ejecutar el plan de servicio de salud integral;
y,
l) Las demás funciones que le asigne el Delegado Provincial.
4.4.- Funciones y atribuciones de capacitación:
4.5.- Funciones y atribuciones de tecnología:
h) Administrar el respaldo de equipos informáticos y servidores/as públicos/as según las políticas establecidas por la Dirección Nacional de Tecnología de la Información y Comunicaciones Interinstitucional;
i) Garantizar el acceso a los servicios de tecnologías de información;
j) Coordinar con la Dirección Nacional de Tecnología de la Información y Comunicaciones Interinstitucional, a través del departamento de gestión de servicios, las novedades producidas en el desempeño de las funciones encargadas; y,
k) Las demás funciones que le asigne el Delegado Provincial.
Artículo 18.- Funciones y atribuciones de los titulares de las Unidades de Auditoría Interna ubicadas: en las instituciones públicas pertenecientes a la Función Ejecutiva y en los Gobiernos Autónomos Descentralizados:
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h) Solicitar a la Dirección Nacional de Auditorías Internas de la Contraloría General del Estado, en el caso de las Unidades de Auditoría Interna de la provincia de Pichincha, la autorización para la modificación a las órdenes de trabajo emitidas; así como, para la suspensión temporal de las órdenes de trabajo emitidas;
i) Solicitar a la Delegación Provincial de la Contraloría General del Estado, según el ámbito de acción al que pertenezca la unidad de auditoría interna, gestione ante el Director/a Regional correspondiente, la autorización para la modificación a las órdenes de trabajo emitidas;
j) Solicitar a la Delegación Provincial de la Contraloría General del Estado, según el ámbito de acción al que pertenezca la unidad de auditoría interna, la suspensión temporal a las órdenes de trabajo emitidas;
k) Solicitar al Subcontralor/a General del Estado a través del Director/a Nacional de Auditorías Internas o Director/a Regional, según el ámbito al cual pertenezca la Unidad de Auditoría Interna, la autorización para la cancelación de las acciones de control planificadas e imprevistas, adjuntando los justificativos correspondientes;
l) Dirigir las actividades de auditoría interna de acuerdo con las normas de auditoría nacionales e internacionales aplicables al sector público;
m) Conocer y aprobar la planificación específica de las acciones de control, previo su ejecución;
n) Prestar la asistencia técnica necesaria a los equipos de auditoría en la ejecución de las acciones de control;
o) Realizar el control permanente en todas las fases de la ejecución de las acciones de control planificadas e imprevistos autorizados, así como de las actividades y productos desarrollados en la Unidad de Auditoría Interna;
p) Efectuar el control de calidad de los informes producto de las acciones de control efectuadas, previo la
suscripción de los mismos; así como, del memorando resumen, síntesis y demás documentación establecida en la normativa emitida para el efecto; y, presentar para revisión de la Dirección Nacional de Auditorías Internas, Delegación Provincial o Dirección Regional, previo el trámite de aprobación del Contralor/a General del Estado y/o Subcontralor/a General del Estado, según corresponda;
q) Elaborar y presentar al Director/a Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional o al Delegado/a Provincial de la Contraloría General del Estado, según el ámbito que corresponda, los informes de evaluación de la ejecución de los planes anuales de control, con la periodicidad que se determine en las políticas e instructivos emitidos por el organismo de control;
r) Asesorar y absolver consultas en el ámbito de su competencia;
s) Disponer se efectúe en forma permanente el seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones establecidas en los informes de auditoría gubernamental aprobados, producto de acciones de control anteriores, remitidos por la Contraloría General del Estado a la institución del sector público donde se encuentra ubicada la unidad;
t) Elaborar el manual específico de auditoría interna, cuando la Dirección Nacional de Auditorías Internas lo autorice, y remitir para la revisión y trámite de aprobación por parte del Contralor/a General del Estado;
u) Mantener actualizada la información en los sistemas informáticos que se deba registrar;
v) Mantener actualizado el archivo permanente de la unidad a su cargo;
w) Desarrollar sus actividades observando el Reglamento de organización, funcionamiento y dependencia técnica y administrativa de las Unidades de Auditoría Interna emitido por la entidad de control para el efecto;
x) Evaluar el desempeño del personal de la Unidad de Auditoría Interna, conforme las políticas establecidas;
y,
y) Las demás que le sean designadas por el Contralor/a General del Estado.
Productos y servicios:
Proyecto de plan anual de control.
Ordenes de trabajo.
Informes de modificaciones de las acciones de control.
Informes de ejecución y evaluación del plan anual de control.
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Informes de las acciones de control.
Informes con indicios de responsabilidad penal.
Informes con resultados de verificaciones preliminares.
Informes sobre actividades complementarias.
Información actualizada en los sistemas institucionales.
Síntesis.
Memorando resumen.
Oficios y comunicaciones relacionados con el ámbito de gestión de la unidad.
Manual específico de auditoría interna, autorizado.
Sección 4 De los Procesos Agregadores de Valor, de Cumplimiento de Misión y Objetivos Institucionales
GESTIÓN DE ASUNTOS ÉTICOS, PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y VINCULACIÓN DE GRUPOS DE ATENCIÓN PRIORITARIA
Artículo 19.- Dirección Nacional de Asuntos Éticos, Participación Ciudadana y Vinculación de Grupos de Atención Prioritaria
Misión: Promover el ejercicio de la ética pública, la participación ciudadana y la vinculación de grupos de atención prioritaria, tanto a nivel interno como externo, generando y aplicando mecanismos y acciones con espacios de participación ciudadana, basados en la transparencia de la gestión pública, la lucha contra la corrupción y el control social; y, coordinar con los órganos de la Función de Transparencia y Control Social y con su Comisión Interinstitucional Asesora, el cumplimiento de los compromisos que le corresponden a la Contraloría General del Estado, según establezca el Comité de Coordinación de la Función de Transparencia y Control Social.
Funciones y atribuciones del Director/a Nacional de Asuntos Éticos, Participación Ciudadana y Vinculación de Grupos de Atención Prioritaria:
h) Cumplir la representación institucional, por delegación de la máxima autoridad, ante organismos del Estado, en los temas relacionados con la ética, participación ciudadana y control social;
i) Administrar la implementación de las recomendaciones contenidas en los convenios internacionales de lucha contra la corrupción y realizar su seguimiento;
j) Integrar la Comisión Interinstitucional Asesora del Comité de Coordinación de la Función de Transparencia y Control Social, FTCS, y de su Secretaría Técnica, para asesorar y coordinar acciones en el marco de las disposiciones establecidas en la Constitución de la República, la Ley y en las resoluciones que emita el Comité de Coordinación de la FTCS;
k) Coordinar la respuesta institucional ante los compromisos asumidos por la máxima autoridad en el seno del Comité de Coordinación de la FTCS;
l) Gestionar y ejecutar el programa institucional de audiencias públicas como mecanismo de participación ciudadana;
m) Dirigir la elaboración de los informes sobre el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública;
n) Dirigir el diseño de programas y proyectos institucionales relacionados a la buena práctica de atención a usuarios con discapacidad, adultos mayores y mujeres embarazadas;
o) Asesorar en temas relacionados a grupos de atención prioritaria, a las unidades administrativas en concordancia con la misión, funciones y atribuciones que deben cumplir;
p) Promover y fomentar el control ciudadano respecto del buen uso de recursos públicos en planes, proyectos, programas o políticas direccionados a grupos de atención prioritarios;
q) Brindar asesoraría en el ámbito de su competencia;
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r) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
s) Supervisar las labores ejecutadas por los administradores de gestión;
t) Evaluar el desempeño del personal de la unidad;
u) Administrar los recursos asignados a la Dirección; y,
v) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Plan operativo anual.
Informes con resultados de la evaluación y análisis de las denuncias ingresadas.
Oficios relacionados con el ámbito de gestión de la Dirección.
Informes de cumplimiento de actividades de divulgación de la Ética Pública.
Registro nacional de denuncias.
Eventos que promueven la participación ciudadana y el control social, ejecutados.
Mecanismos y acciones que promuevan la vinculación de grupos de atención prioritaria.
Informes de participación en la Comisión Interinstitucional Asesora del Comité de Coordinación de la Función de Transparencia y Control Social, FTCS.
Informes de seguimiento y evaluación de los compromisos que le corresponde a la entidad, establecidos en el Comité de Coordinación de la FTCS.
Informes técnicos relacionados con los compromisos internacionales de prevención y lucha contra la corrupción.
Informes de programas y proyectos de empoderamiento social institucionales vinculados con la FTCS.
Propuestas de planes, proyectos, mecanismos y estrategias presentados ante el Comité de Coordinación de la FTCS.
Programas y proyectos de atención a grupos de atención prioritaria.
Estructura básica:
La Dirección Nacional de Asuntos Éticos, Participación Ciudadana y Vinculación de Grupos de Atención Prioritaria se estructura con los siguientes Administradores de Gestión:
Artículo 20.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Asuntos Éticos, Participación Ciudadana y Análisis de Denuncias:
h) Realizar el seguimiento a los compromisos institucionales generados en las audiencias públicas, relacionados con las denuncias receptadas y los procesos de capacitación comprometidos;
i) Ejecutar proyectos de capacitación y formación para organizaciones sociales y ciudadanía en general sobre ética pública, participación ciudadana y control social;
j) Ejecutar y evaluar los proyectos y eventos de capacitación a servidores/as públicos/as en temas afines, en coordinación con la Dirección Nacional de Capacitación;
k) Diseñar programas y proyectos institucionales relacionados con procesos de rendición de cuentas, transparencia y control social;
l) Brindar asesoraría en el área de su competencia;
m) Efectuar el análisis de las denuncias que ingresan a la institución, que no hayan sido remitidas por las autoridades de las entidades sujetas al control de la Contraloría General del Estado; y, preparar la comunicación para coordinar con la Dirección Nacional
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de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional la ejecución de verificaciones preliminares por parte de las unidades administrativas de control, cuando sea el caso;
n) Coordinar con las diferentes unidades administrativas de la institución a fin de optimizar la atención de denuncias;
o) Analizar los informes de observaciones a los procesos de contratación pública remitidos por el Servicio Nacional de Contratación Pública, para el control posterior correspondiente, de conformidad con la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública;
p) Mantener un sistema de registro de denuncias de vehículos oficiales;
q) Consolidar y mantener actualizado el registro de denuncias presentadas a nivel nacional en la Contraloría General del Estado;
r) Preparar informes relacionados con el seguimiento de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción; y Convención Interamericana contra la Corrupción;
s) Monitorear toda la información publicada en la página web de la institución; y,
t) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
Artículo 21.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Coordinación con la Función de Transparencia y Control Social y Vinculación de Grupos de Atención Prioritaria:
h) Coordinar con la Secretaría Técnica de la FTCS acciones dirigidas al empoderamiento social de la gestión institucional en el ámbito de la Función;
i) Coordinar con la Secretaría Técnica de la FTCS la participación de la entidad, en el ámbito de su competencia, en los procesos de rendición de cuentas de la Función;
j) Coordinar con la gestión de asuntos éticos, participación ciudadana y análisis de denuncias, la preparación de informes técnicos relacionados con los compromisos internacionales de prevención y lucha contra la corrupción;
k) Coordinar la ejecución de programas y proyectos institucionales relacionados con la implementación de buenas prácticas de atención a los grupos de atención prioritaria;
l) Ejecutar proyectos de capacitación sobre vinculación de grupos de atención prioritaria;
m) Diseñar programas y proyectos institucionales relacionados con procesos de vinculación de grupos de atención prioritaria;
n) Brindar asesoraría en el ámbito de su competencia; y,
o) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
GESTIÓN JURÍDICA
Artículo 22.- Coordinación Nacional Jurídica
Misión: Dirigir y coordinar la asesoría legal a las instituciones del Estado, a las personas jurídicas de derecho privado que dispongan de recursos públicos, a la Alta Dirección, a las unidades administrativas de la institución y a las Unidades de Auditoría Interna, en materia de control gubernamental.
Funciones y atribuciones del Coordinador/a Nacional Jurídico/a:
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del Estado, en observancia estricta de las diferentes disposiciones constitucionales, legales, reglamentarias y de la normativa aplicable al manejo y control gubernamental de los recursos públicos;
h) Coordinar la asesoría jurídica con los responsables jurídicos de las direcciones regionales, con el objeto de emitir un criterio institucional uniforme, sobre el manejo y control de los recursos públicos;
i) Estudiar y revisar proyectos de instrumentos jurídicos para el desarrollo y ejecución eficaz de las actividades de la Contraloría General del Estado;
j) Estudiar y revisar proyectos de leyes, reglamentos, manuales e instructivos y demás normativa jurídica remitidos por la Dirección Nacional Técnica de Normativa y emitir el criterio jurídico correspondiente;
k) Coordinar con la Dirección Nacional de Tecnología de la Información y Comunicaciones Interinstitucional, el desarrollo y administración de aplicativos que sean necesarios para la unidad administrativa;
l) Dirigir los avances e informar a la Dirección Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional el cumplimiento de las metas del plan operativo anual de la unidad;
m) Coordinar reuniones de trabajo, foros, conferencias y demás actos oficiales en el área de su competencia;
n) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
o) Evaluar el desempeño del personal de la unidad; y,
p) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Plan operativo anual.
Criterios y pronunciamientos legales.
Criterios jurídicos resultantes del estudio y revisión de proyectos de leyes, decretos, acuerdos, resoluciones, normas, contratos, convenios y demás instrumentos jurídicos.
Informes de asesoría legal para clientes internos y externos.
Informes de seguimiento y evaluación.
Estructura básica:
La Coordinación Nacional Jurídica se estructura con el Administrador de Gestión Jurídica.
Artículo 23.- Funciones y atribuciones de la Gestión Jurídica:
h) Participar con su personal en calidad de miembros de comisiones técnicas en procesos de contratación pública internos;
i) Administrar los aplicativos informáticos de la gestión a su cargo;
j) Realizar el seguimiento sobre los avances y cumplimiento de las metas del plan operativo anual e informar al Coordinador/a Nacional Jurídico;
k) Participar en la evaluación del desempeño del personal de la Gestión Jurídica; y,
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l) Las demás funciones que le asigne el Coordinador/a Nacional Jurídico.
GESTIÓN DE DESARROLLO NORMATIVO
Artículo 24.- Dirección Nacional Técnica de Normativa
Misión: Dirigir el desarrollo de normativa para regular el ejercicio de las acciones del control, fiscalización y auditoría gubernamental; la acción procedimental sancionatoria y recaudatoria; y, el funcionamiento interno de la institución; en cumplimiento de la facultad regulatoria otorgada por la Constitución de la República y la Ley.
Funciones y atribuciones del Director/a Nacional Técnico de Normativa:
h) Difundir la normativa emitida a través de la página web institucional;
i) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
j) Brindar asesoraría en el ámbito de sus competencias;
k) Evaluar el desempeño del personal de la unidad; y,
l) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección. Productos y servicios:
Plan operativo anual.
Estudios e informes relacionados con la normativa técnica y jurídica de la institución.
Acuerdos y Resoluciones de emisión de normativa.
Normas, manuales, guías, reglamentos, instructivos y formularios.
Informes de gestión.
Comunicaciones de coordinación para la elaboración y validación de normativa.
Boletines normativos digitales y en otros medios.
Estatuto orgánico.
Estructura básica:
La Dirección Nacional Técnica de Normativa se estructura con los siguientes Administradores de Gestión de:
Artículo 25.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Normativa Técnica de Control:
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g) Brindar asistencia técnica en el ámbito de su competencia, a las unidades administrativas de la institución y a las entidades y organismos del sector público;
h) Constituir contraparte de la asesoría externa que reciba la institución referente a la elaboración de normativa de las áreas de control, fiscalización y auditoría gubernamental; e,
i) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
Artículo 26.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Estudios de Normativa Técnica - Jurídica:
h) Coordinar con las unidades administrativas de la institución el desarrollo de normas, manuales, guías, reglamentos, instructivos y formularios necesarios para las áreas de la acción procedimental sancionatoria y recaudatoria;
i) Brindar asistencia técnica en el ámbito de su competencia, a las unidades administrativas de la institución y a las entidades y organismos del sector público;
j) Estudiar proyectos normativos y legales preparados por entidades públicas, cuyo contenido haga referencia a las competencias de la entidad de control e informar al Director/a sobre la entrada en vigencia de los mismos;
k) Emitir y publicar boletines e índices de normativa en la página web institucional y en otros medios;
l) Constituir contraparte de la asesoría externa que reciba la institución referente a la elaboración de normativa de las áreas de la acción procedimental sancionatoria y recaudatoria; y,
m) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
Artículo 27.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Normativa Técnica Interna
h) Brindar asistencia técnica en el ámbito de su competencia, a las unidades administrativas de la institución;
i) Constituir contraparte de la asesoría externa que reciba la institución referente a la elaboración de normativa para el funcionamiento interno; y,
j) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
GESTIÓN DE PREDETERMINACIÓN DE RESPONSABILIDADES
Artículo 28.- Dirección Nacional de Predeterminación de Responsabilidades
Misión: Predeterminar responsabilidades administrativas y civiles: glosas, derivadas de los informes aprobados de las acciones de control realizadas por las unidades de control de la matriz, delegaciones provinciales, Unidades
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de Auditoría Interna a nivel nacional y compañías privadas de auditoría contratadas, y generar las órdenes de reintegro, con apego a las disposiciones señaladas en la Constitución de la República, Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, su Reglamento General y normativa conexa, asegurando el sustento jurídico que las fundamenta.
Funciones y atribuciones del Director/a Nacional de Predeterminación de Responsabilidades:
h) Remitir los oficios individuales de predeterminación de responsabilidades administrativas y civiles: glosas; y, generar órdenes de reintegro, para la suscripción de la autoridad que corresponda de conformidad a las disposiciones del Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado;
i) Disponer, sobre la base de los oficios individuales de predeterminación y órdenes de reintegro suscritos, el ingreso de la información al sistema informático;
j) Disponer a la Secretaría de Predeterminación de Responsabilidades la generación de boletas y proceder a la notificación de la predeterminación de responsabilidades y de órdenes de reintegro;
k) Controlar que en el proceso de notificación se siente la razón de la no recepción por parte de los notificados de los oficios individuales de predeterminación y de órdenes de reintegro; y, disponer se tramite una forma de notificación alterna, de conformidad con la normativa vigente;
l) Mantener registros de las acciones que se ejecuten en la Dirección y requerir a la unidad de control la información y los documentos necesarios para el cumplimiento de sus funciones;
m) Supervisar el cumplimiento de las funciones de la Secretaría de Predeterminación de Responsabilidades y de la Administración de Gestión;
n) Brindar asesoría en el ámbito de su competencia;
o) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
p) Evaluar el desempeño del personal de la unidad; y,
q) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Plan operativo anual.
Criterios y estándares de aplicación.
Parámetros y estándares para el proceso de predeterminación de responsabilidades
Directrices para la elaboración de los oficios individuales.
Oficios individuales de predeterminación de responsabilidades.
Ordenes de reintegro.
Boletas de notificación.
Informes de seguimiento y evaluación.
Estructura básica:
La Dirección Nacional de Predeterminación de Responsabilidades se estructura con el Administrador de Gestión de Predeterminación de Responsabilidades y la Secretaría de Predeterminación de Responsabilidades.
Artículo 29.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Predeterminación de Responsabilidades:
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h) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
Artículo 30.- Funciones y atribuciones de la Secretaría de Predeterminación de Responsabilidades:
h) Otorgar copias certificadas de los documentos que se mantengan en esa unidad, observando lo dispuesto en
la reglamentación sobre documentación reservada y restringida;
i) Remitir los expedientes de predeterminación de responsabilidades o de órdenes de reintegro debidamente ordenados y foliados a la Dirección Nacional de Responsabilidades;
j) Participar en la evaluación del desempeño del personal de la Secretaría; y,
k) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
GESTIÓN DE RESPONSABILIDADES
Artículo 31.- Dirección Nacional de Responsabilidades
Misión: Ejecutar las acciones que prescribe la Ley, respecto a la determinación de responsabilidades: civil y administrativa, mediante Resoluciones por determinación de responsabilidades civiles y resoluciones por responsabilidades administrativas.
Funciones y atribuciones del Director/a Nacional de Responsabilidades:
h) Realizar el seguimiento sobre los avances y cumplimiento de las metas del plan operativo anual de la unidad, e informar a la Dirección Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional; e,
i) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Plan operativo anual.
Resoluciones de responsabilidades civiles.
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Resoluciones de responsabilidades administrativas.
Informes de seguimiento y evaluación.
Estructura básica:
La Dirección Nacional de Responsabilidades se estructura con la Secretaría de Responsabilidades y los Administradores de Gestión de:
Artículo 32.- Funciones y atribuciones de la Secretaría de Responsabilidades:
h) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
Artículo 33.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Resoluciones de Responsabilidades Civiles:
De la orden de trabajo,
Del informe de la acción de control,
De los oficios de notificación de inicio de la acción de control, de la comunicación de resultados provisionales y de la convocatoria a la conferencia final,
De la predeterminación de responsabilidades,
De los argumentos y pruebas de descargo presentados por los sujetos de responsabilidad;
Artículo 34.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Resoluciones de Responsabilidades Administrativas:
De la orden de trabajo,
Del informe de la acción de control,
De los oficios de notificación de inicio de la acción de control, de la comunicación de resultados provisionales y de la convocatoria a la conferencia final,
De la predeterminación de responsabilidades,
De los argumentos y pruebas de descargo presentados por los sujetos de responsabilidad;
c) Rectificar errores de cálculo de oficio o a petición de parte; y,
d) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
GESTIÓN DE RECURSOS DE REVISIÓN
Artículo 35.- Dirección Nacional de Recursos de Revisión
Misión: Ejecutar las acciones que prescribe la Ley, respecto a los recursos de revisión por las responsabilidades civiles emanadas de las acciones de control.
Funciones y atribuciones del Director/a Nacional de Recursos de Revisión:
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h) Evaluar el desempeño del personal de la unidad; e,
i) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Plan operativo anual.
Resoluciones de recursos de revisión emitidos.
Informes de seguimiento y evaluación.
Oficios de negación de recursos.
Providencias de aceptación de recursos.
Estructura básica:
La Dirección Nacional de Recursos de Revisión se estructura con la Secretaría de Recursos de Revisión:
Artículo 36.- Funciones y atribuciones de la Secretaría de Recursos de Revisión:
h) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
GESTIÓN DE PATROCINIO
Artículo 37.- Dirección Nacional de Patrocinio
Misión: Defender en las diferentes instancias constitucionales y judiciales los actos y actuaciones administrativas que se originan en el ejercicio de las competencias legalmente asignadas a la Contraloría General del Estado.
Funciones y atribuciones del Director/a Nacional de Patrocinio:
h) Coordinar la obtención y envío de expedientes administrativos para la defensa de los procesos contenciosos administrativos, que se realicen en la matriz o en las direcciones regionales competentes;
i) Mantener informada a la máxima autoridad sobre los procesos contenciosos administrativos, judiciales u otros, a nivel nacional;
j) Dirigir el registro y actualización del sistema informático de juicios con la información de los procesos contenciosos administrativos ejecutados en su jurisdicción y supervisar la información ingresada a nivel nacional;
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k) Disponer la revisión de las contestaciones a las demandas contencioso administrativas presentadas por las direcciones regionales;
l) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
m) Evaluar el desempeño del personal de la unidad;
n) Realizar el seguimiento sobre los avances y cumplimiento de las metas del plan operativo anual de la unidad, e informar a la Dirección Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional; y,
o) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Plan operativo anual.
Patrocinio judicial y constitucional.
Procesos judiciales.
Demandas y juicio s.
Informes de seguimiento y evaluación.
Comunicaciones, escritos y oficios generados en los procesos contenciosos administrativos.
Informes sobre los procesos contenciosos administrativos.
Sistema de juicios actualizado.
Estructura básica:
La Dirección Nacional de Patrocinio se estructura con la Administración de Gestión de Patrocinio.
Artículo 38.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Patrocinio:
h) Mantener informado al Director/a sobre las notificaciones o citaciones judiciales recibidas;
i) Registrar las sentencias de las causas concluidas en las que haya intervenido la Contraloría General del Estado como parte y vigilar el resarcimiento de daños y perjuicios;
j) Difundir el contenido de las sentencias de las causas concluidas y, de los juicios en que la Contraloría General del Estado hubiere intervenido como parte; y,
k) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
GESTIÓN DE RECAUDACIÓN Y COACTIVAS
Artículo 39.- Dirección Nacional de Recaudación y Coactivas
Misión.- Dirigir la recaudación de los valores derivados de resoluciones ejecutoriadas, que establezcan obligaciones a favor de las instituciones y empresas del sector público, por efecto de la determinación de responsabilidades emitidas por la Contraloría General del Estado, así como de otras obligaciones establecidas a su favor y de las instituciones antes señaladas, que no tengan capacidad legal para ejercer la acción coactiva.
Funciones y atribuciones del Director/a Nacional de Recaudación y Coactivas:
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h) Realizar el seguimiento sobre los avances y cumplimiento de las metas del plan operativo anual de la unidad, e informar a la Dirección Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional; e,
i) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Plan operativo anual.
Procesos de recaudación y coactivas.
Informes de seguimiento y evaluación.
Estructura básica:
La Dirección Nacional de Recaudación y Coactivas se estructura con la Administración de Gestión de Recaudación y Coactivas y la Secretaría de Recaudación y Coactivas.
Artículo 40.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Recaudación y Coactivas:
h) Mantener un sistema informático con datos actualizados de los procesos coactivos, y sus antecedentes, de tal manera que facilite su control y recaudación;
i) Transferir los valores recaudados a las diferentes instituciones beneficiarías, deduciendo el 10% a favor de la Contraloría General del Estado, de conformidad con lo establecido en la Ley y Reglamento sobre la materia;
j) Mantener registros que permitan el adecuado control de la recaudación y los procesos coactivos para facilitar la elaboración de datos y estadísticas necesarios para la institución;
k) Coordinar con la Coordinación Nacional Jurídica en la absolución de consultas en materia de coactiva;
l) Supervisar el cumplimiento de las funciones de la Secretaría de Recaudación y Coactivas; y,
m) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
Artículo 41.- Funciones y atribuciones de la Secretaría de Recaudación y Coactivas:
h) Llevar y mantener actualizado un archivo de las actas de embargos y remates;
i) Llevar bajo su responsabilidad el inventario de los procesos coactivos; y,
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j) Las demás diligencias que sean necesarias practicar dentro de los procesos de ejecución y que le encargue el funcionario recaudador.
GESTIÓN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA
Artículo 42.- Dirección Nacional de Contratación Pública
Misión: Emitir el informe de ley, previo a la celebración de contratos complementarios que le sean requeridos, de conformidad con la normativa de contratación pública.
Funciones y atribuciones del Director/a Nacional de Contratación Pública:
h) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
i) Evaluar el desempeño del personal de la unidad; y,
j) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Plan operativo anual.
Informes de gestión.
Requerimientos de información o documentación para la emisión del informe de ley.
Informes de ley.
Base de datos.
Reportes de informes previos a contratos complementarios tramitados.
Estructura básica:
La Dirección Nacional de Contratación Pública, se estructura con los siguientes Administradores de Gestión:
Artículo 43.- Funciones y atribuciones de la Gestión Técnica de Contratación Pública:
f) Consolidar el proyecto de informe de ley;
g) Informar al Director/a, aquellos casos en los que, como resultado del trámite y elaboración del informe previo para la celebración de contratos complementarios, se detectaren hechos que ameriten la ejecución de una acción de control;
h) Registrar la información de su gestión en los aplicativos informáticos de la Dirección;
i) Participar en la evaluación del desempeño del personal de la unidad; y,
j) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
Artículo 44.- Funciones y atribuciones de la Gestión Legal de Contratación Pública:
a) Elaborar la planificación de la Gestión y poner a consideración de la Dirección;
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f) Registrar la información de su gestión en los aplicativos informáticos de la Dirección;
g) Participar en la evaluación del desempeño del personal de la unidad; y,
h) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
GESTIÓN DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA Y EVALUACIÓN INSTITUCIONAL
Artículo 45.- Dirección Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional
Misión: Asesorar y coordinar la planificación del control de la utilización de los recursos estatales, optimizando de manera efectiva el control hacia todos los sectores del Estado, a fin de potenciar la utilización de los recursos asignados por el Estado; así como la planificación estratégica institucional, el sistema de gestión de la calidad y la gestión de procesos y proyectos.
Funciones y atribuciones del Director/a Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional:
de auditoría externa e interna, proyectos y planes operativos anuales; y, difundirlas;
h) Disponer la coordinación con la Dirección Nacional Financiera para la valoración de los planes operativos anuales, planes anuales de control y proyectos de inversión, en la elaboración de la proforma presupuestaria;
i) Dirigir, coordinar e informar sobre el seguimiento y evaluación de la ejecución del plan estratégico, de los planes anuales de control de las unidades de auditoría externa e interna, de los proyectos y de los planes operativos anuales;
j) Coordinar con las unidades administrativas, el mejoramiento continuo de los procesos de planificación, proyectos, seguimiento y evaluación;
k) Coordinar y ejecutar con las unidades administrativas de la institución el diseño, la actualización y el mejoramiento continuo de sus procesos;
l) Asegurar la administración de un sistema de gestión de calidad que promueva la eficacia y la eficiencia de la institución;
m) Coordinar con las direcciones regionales y delegaciones provinciales la aplicación de las políticas de planificación, seguimiento y evaluación de los planes anuales de control;
n) Presentar al Contralor/a General del Estado y/o Subcontralor/a General del Estado propuestas de modificación de los planes anuales de control de auditoría externa e interna, cuando se considere necesario;
o) Dirigir y coordinar la gestión de denuncias y pedidos recibidos en la institución, que hayan sido efectuados por las autoridades de las entidades sujetas al control de la Contraloría General del Estado;
p) Dirigir, coordinar e informar sobre el seguimiento y evaluación de la ejecución del proceso de predeterminación de responsabilidades;
q) Elaborar estudios de factibilidad operativa para la creación o ampliación de los servicios de auditoría externa, en los ámbitos nacional, regional o provincial, cuando se lo requiera;
r) Coordinar la administración funcional de los sistemas de informacin institucionales, relacionados a las
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áreas de planificación, proyectos, procesos, calidad, seguimiento y evaluación; y predeterminación de responsabilidades;
s) Dirigir y coordinar la elaboración del informe de rendición de cuentas de la Contraloría General del Estado;
t) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
u) Evaluar el desempeño del personal de la unidad; y,
v) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Plan estratégico institucional.
Políticas y lineamientos para la gestión de control.
Políticas y lineamientos para la planificación institucional.
Planes operativos.
Planes anuales de control externo.
Planes anuales de control interno.
Catastro de entidades sujetas al control.
Informes de priorización de control.
Estadísticas de la gestión de control.
Estudios técnicos.
Metodologías de planificación de control.
Metodologías de planificación institucional.
Informes de evaluación de los proyectos institucionales.
Informes de seguimiento y evaluación a la ejecución de los planes de control externo e interno.
Informes de seguimiento y evaluación a la ejecución de los planes operativos anuales.
Informe de rendición de cuentas.
Metodologías de seguimiento y evaluación de cumplimiento de los planes de control externo e interno.
Metodologías de seguimiento y evaluación de cumplimiento de los planes operativos anuales.
Comunicaciones internas y externas relacionadas a la gestión del control.
Portafolio de proyectos institucionales.
Informes de seguimiento y evaluación a la ejecución del proceso de predeterminación de responsabilidades.
Estadísticas y reportes periódicos del proceso de predeterminación de responsabilidades.
Proyectos de mejoramiento institucional.
Proyectos de inversión.
Metodologías de gestión y dirección de proyectos.
Estadísticas y reportes periódicos de avance de la gestión de proyectos.
Planes anuales de control modificados de auditoría externa e interna.
Catálogo de procesos y productos.
Mapa de procesos.
Manual de procesos de la Contraloría General del Estado actualizado.
Nivel de madurez de procesos medidos.
Indicadores de procesos de control.
Indicadores de procesos institucionales.
Procesos institucionales mejorados.
Capacidad operativa y productiva del proceso de control determinado.
Documentos institucionales de procesos (políticas, procedimientos, instructivos, diseñados o rediseñados).
Manual de Calidad de la Contraloría General del Estado.
Planes de mejoramiento continuo.
Estructura básica:
La Dirección Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional se estructura con los Administradores de Gestión de:
Artículo 46.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Planificación Institucional y Proyectos:
a) Elaborar y ejecutar el plan operativo anual de la Gestión;
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h) Presentar a la Dirección, propuestas de modificación de los planes anuales de control de las unidades de auditoría externa e interna, cuando se considere necesario;
i) Mantener estadísticas institucionales relativas a la gestión de control, para toma de decisiones;
j) Administrar funcionalmente el sistema de información para la gestión de la planificación del control;
k) Administrar funcionalmente el sistema de información del catastro de entidades sujetas al control;
l) Administrar funcionalmente el sistema de información del seguimiento a recomendaciones de informes de auditoría;
m) Desarrollar metodologías para optimizar el sistema de planificación de control;
n) Desarrollar metodologías para optimizar el sistema de planificación institucional;
o) Brindar asistencia técnica concurrente en materia de planificación de control;
p) Desarrollar con la Dirección Nacional de Tecnología de la Información y Comunicaciones Interinstitucional, el diseño y actualización del sistema de información para la planificación, información, seguimiento y evaluación del proceso de control; y de la planificación institucional;
q) Evaluar el funcionamiento de los procesos de planificación del control y plantear a las unidades administrativas, alternativas para su mejoramiento continuo;
r) Preparar estudios de factibilidad operativa para la creación, ampliación o supresión de los servicios de
auditoría externa, en los ámbitos nacional, regional o provincial, cuando se lo requiera;
s) Efectuar el seguimiento a la ejecución de los planes operativos anuales y recomendar la implementación de las acciones correctivas;
t) Evaluar el cumplimiento del plan estratégico institucional, de los planes operativos anuales y preparar los informes respectivos que contendrán las recomendaciones pertinentes;
u) Coordinar con la Dirección Nacional Financiera la elaboración de la Proforma Presupuestaria, en lo relacionado a la valoración de los planes operativos anuales, planes anuales de control y al Plan Anual de Inversión;
v) Brindar asistencia técnica concurrente sobre la ejecución de los planes operativos;
w) Elaborar el informe de rendición de cuentas;
x) Gestionar conjuntamente con las unidades administrativas de la Contraloría General del Estado, la identificación, incorporación, priorización de proyectos institucionales;
y) Brindar asistencia técnica concurrente en el diseño y postulación de proyectos, lo que incluye:
z) Desarrollar herramientas, metodologías y estándares a nivel institucional para la identificación, selección, formulación, ejecución, coordinación, seguimiento, cierre y evaluación de los proyectos;
aa) Efectuar el seguimiento y evaluación a la ejecución de los proyectos institucionales;
bb) Establecer indicadores de medición de los proyectos;
ce) Coordinar con la Administración de Gestión de Información, Seguimiento y Evaluación los resultados obtenidos de la ejecución de los proyectos y emitir recomendaciones si fuere el caso;
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dd) Coordinar y asegurar la preparación de los reportes de programas o proyectos actualizándolos periódicamente en el sistema de la Secretaría Nacional de Planificación y Desarrollo - SENPLADES;
ee) Preparar el informe consolidado para el Contralor/a General del Estado y Subcontralor/a General del Estado, de los resultados de la ejecución de los proyectos institucionales;
ff) Verificar que los proyectos planeados y aprobados por la autoridad de las diferentes unidades administrativas a nivel nacional, estén dirigidos al cumplimiento de objetivos estratégicos y tácticos;
gg) Recabar y analizar insumos, para retroalimentar los planes anuales de control en ejecución;
hh) Preparar proyectos de comunicaciones referentes a modificaciones de los planes anuales de control;
ii) Suscribir las comunicaciones relacionadas a su área funcional;
jj) Participar en la evaluación del desempeño del personal de la unidad; y,
kk) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
Artículo 47.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Información, Seguimiento y Evaluación:
h) Administrar funcionalmente el sistema de información de seguimiento y evaluación del cumplimiento de planes anuales de control;
i) Administrar funcionalmente el sistema de información de predeterminación de responsabilidades;
j) Brindar asistencia técnica concurrente sobre la ejecución de los planes anuales de control, a las unidades de control externo e interno;
k) Evaluar el funcionamiento de los procesos de seguimiento y evaluación, y sugerir a las unidades de control externo e interno, alternativas para su mejoramiento continuo;
l) Efectuar el seguimiento a la ejecución del proceso de predeterminación de responsabilidades;
m) Mantener estadísticas institucionales relativas al proceso de predeterminación de responsabilidades;
n) Evaluar el cumplimiento de la ejecución del proceso de predeterminación de responsabilidades y preparar los informes respectivos que contendrán las recomendaciones pertinentes;
o) Participar en la evaluación del desempeño del personal de la unidad; y,
p) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
Artículo 48.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Procesos y Aseguramiento de la Calidad:
f) Coordinar las acciones necesarias para la supervisión de los procesos de control;
g) Administrar el sistema de gestión de calidad, asegurando el cumplimiento de los estándares de calidad del servicio mediante el monitoreo constante de los procesos, estableciendo mecanismos para la promoción del mejoramiento continuo para beneficio de los usuarios;
h) Diseñar y ejecutar planes de mejoramiento continuo, como parte del sistema de gestión de la calidad;
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i) Coordinar con la Dirección Nacional Técnica de Normativa, la implementación de los cambios normativos que se deriven del diseño, la actualización y/o el mejoramiento de los procesos institucionales;
j) Administrar funcionalmente y en coordinación con la Dirección Nacional de Tecnología de la Información y Comunicaciones Interinstitucional, las herramientas informáticas relacionadas con la gestión de procesos y de la calidad;
k) Garantizar el cumplimiento de todos los requerimientos del sistema de gestión de calidad;
l) Generar el plan de acción para cierre de no conformidades levantadas durante las auditorías internas, resultados de satisfacción de clientes internos y externos, revisión por la Dirección y cualquier otro proceso que sea parte del sistema de gestión de calidad;
m) Coordinar con las demás unidades administrativas de la institución el desarrollo de manuales, guías, instructivos, formularios y demás procedimientos necesarios para el mejoramiento continuo de los procesos y el sistema de gestión de calidad;
n) Constituir contraparte de la asesoría externa que reciba la institución referente al fortalecimiento institucional, modernización, mejoramiento de procesos y aseguramiento de la calidad;
o) Suscribir las comunicaciones relacionadas a su área funcional;
p) Participar en la evaluación del desempeño del personal de la unidad; y,
q) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
GESTIÓN DE COMUNICACIÓN INTERINSTITUCIONAL
Artículo 49.- Dirección Nacional de Comunicación Interinstitucional
Misión: Posicionar y fortalecer la imagen del organismo técnico de control a nivel nacional e internacional, mediante una gestión eficaz de comunicación interinstitucional.
Funciones y Atribuciones del Director/a Nacional de Comunicación Interinstitucional:
h) Desarrollar y aplicar encuestas y estudios de opinión sobre los servicios institucionales;
i) Brindar a los usuarios externos la orientación e información respecto de los servicios que ofrece la Contraloría General del Estado;
j) Supervisar y coordinar el contenido y difusión de la página corporativa e intranet de la Contraloría General del Estado, de conformidad con las políticas institucionales;
k) Facilitar la información disponible de interés de los medios de comunicación, dentro de los parámetros establecidos en la ley;
l) Coordinar las actividades técnicas, culturales, deportivas y de otra índole que se desarrollen en la institución;
m) Diseñar y planificar estrategias integrales de comunicación social;
n) Coordinar y dirigir campañas de imagen institucional corporativa;
o) Diseñar y ejecutar políticas de relaciones públicas;
p) Gestionar espacios mediáticos;
q) Mantener una hemeroteca de consulta, relativa a los asuntos de interés institucional;
r) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
s) Evaluar el desempeño del personal de la unidad;
t) Administrar los servicios de biblioteca; y,
u) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
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Productos y servicios:
Plan operativo de la Dirección.
Informes de ejecución de planes.
Compra de maquinaria de comunicación.
Mensajes y diseño de publicaciones y avisos de publicidad y promoción de la institución.
Pautaje en los medios de comunicación.
Promoción mediática.
Videos institucionales.
Videoteca.
Hemeroteca.
Archivo fotográfico.
Filmaciones.
Archivo periodístico.
Campaña de imagen institucional.
Agenda de relacionamiento con medios de comunicación.
Eventos.
Ruedas de prensa.
Boletines de prensa.
Productos de comunicación masiva.
Resúmenes periodísticos de monitoreo, seguimiento y evaluación.
Cartelera informativa institucional.
Cartelera Virtual.
Cartas protocolares y relaciones institucionales.
Programas, planes y proyectos institucionales.
Estudios de impacto comunicacional.
Informes, ayudas memorias para medios de comunicación.
Revistas, folletos, trípticos, libros, boletines y demás material gráfico.
Informe -reporte de usuarios de biblioteca.
Pedido compra publicación para biblioteca.
Publicación página web.
Carpetas ejecutivas con información específica para autoridades.
GESTIÓN DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES INTERINSTITUCIONAL
Artículo 50.- Dirección Nacional de Tecnología de la Información y Comunicaciones Interinstitucional
Misión: Planificar, dirigir y ejecutar el desarrollo de aplicaciones informáticas innovadoras y servicios relacionados con las acciones de control para la ciudadanía, usuarios internos y a nivel interinstitucional, asegurando la disponibilidad, integridad y confidencialidad de la información.
Funciones y atribuciones del Director/a Nacional de Tecnología de la Información y Comunicaciones Interinstitucional:
h) Definir e implementar políticas de seguridad de la información para garantizar la confidencialidad de la información;
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i) Implementar, administrar y monitorear mecanismos de seguridad informática en las aplicaciones informáticas garantizando la seguridad de la información para el uso de la ciudadanía en general;
j) Proporcionar información que le sea requerida de la ciudadanía a través de aplicativos informáticos;
k) Establecer, mantener y fortalecer una plataforma tecnológica de vanguardia para automatizar e Ínter operar procesos y servicios entre entidades públicas;
l) Desarrollar soluciones tecnológicas innovadoras y adaptables a las necesidades de la ciudadanía en general, así como implementar y mantener proyectos informáticos que automaticen los procesos institucionales y de inteligencia de negocios;
m) Analizar la factibilidad de implementar nuevas tecnologías y modelos de arquitectura tecnológica que garanticen los servicios para uso de la ciudadanía en general;
n) Dar soporte técnico a la ciudadanía en general sobre la utilización de los aplicativos informáticos de la Contraloría General del Estado;
o) Dirigir el análisis, diseño, arquitectura, desarrollo y mantenimiento de los aplicativos orientados a la ciudadanía, así como las aplicaciones internas que se generen en la Contraloría General del Estado;
p) Informar a la ciudadanía mediante aplicativos informáticos sobre el uso de recursos públicos;
q) Poner en consideración de la ciudadanía en general información sobre el ejercicio del control social y la transparencia;
r) Implementar aplicativos informáticos que permiten informar a la ciudadanía en general sobre el uso de recursos públicos;
s) Analizar los riesgos de la información requerida para el control público;
t) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
u) Evaluar el desempeño del personal de la unidad;
v) Supervisar el desempeño del personal promoviendo la armonía y el ambiente de trabajo en equipo; y,
w) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Plan estratégico de tecnología informática. Plan operativo anual.
Propuestas de innovación tecnológica.
Proyectos de innovación tecnológica acorde con normativa vigente que optimicen la ejecución de los aplicativos informáticos.
Proyectos de arquitectura y gestión tecnológica implementados.
Informes de ejecución y evaluación del plan estratégico de tecnología informática.
Informes de seguimiento y evaluación del plan operativo anual.
Informes de análisis de factibilidad de desarrollo de nuevos proyectos de innovación tecnológica.
Lineamientos para la gestión tecnológica.
Documentos de estandarización de arquitectura y diseño de aplicaciones a desarrollar, así como de las aplicaciones que se generen en la Contraloría General del Estado.
Informe de evaluación de cumplimiento de normas, políticas y procedimientos que se implemente para el uso de sistemas especializados.
Mantenimiento de los sistemas de información en producción.
Documentación técnica y de usuario de las herramientas y sistemas informáticos.
Mesa de ayuda y de servicios tecnológicos operativa a nivel nacional.
Plan de mantenimiento de software y hardware de la Contraloría General del Estado, e informes de ejecución.
Términos de referencia y especificaciones para contratación de equipamiento informático.
Propuestas de convenios inter-institucionales de intercambio de información.
Sitio corporativo e intranet actualizados y operativos.
Estructura básica:
La Dirección Nacional de Tecnología de la Información y Comunicaciones Interinstitucional se estructura con los Administradores de Gestión de:
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Artículo 51.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Servicios:
h) Coordinar con los servidores/as públicos/as regionales y provinciales las actividades de soporte a usuarios y mantenimiento de estaciones de trabajo; e,
i) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
Artículo 52.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Infraestructura:
h) Controlar la seguridad física del hardware del Centro de Cómputo;
i) Probar y mantener actualizados los planes de contingencia para los servicios del Centro de Cómputo y Telecomunicaciones;
j) Mantener y garantizar la replicación de información con entidades externas;
k) Detectar, analizar e informar oportunamente al Director/a Nacional de Tecnología de la Información y Comunicaciones Interinstitucional de cualquier evento que atente contra la seguridad informática;
l) Implementar un programa formal de concienciación (capacitación) permanente de usuarios sobre la seguridad de la información y su mantenimiento a futuro;
m) Garantizar el correcto desempeño y disponibilidad de los enlaces de comunicación a nivel nacional en redes LAN, WAN inalámbricas y acceso a Internet;
n) Administrar la plataforma de correo electrónico, directorio de autenticación y autorización de usuarios a nivel nacional; y,
o) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
Artículo 53.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Proyectos:
Proyectos de desarrollo de nuevas aplicaciones informáticas, en forma directa con personal interno, o indirecta a través de empresas de servicios de programación;
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Mantenimiento de aplicaciones existentes, en forma directa con personal interno, o indirecta a través de empresas de servicios de programación;
h) Diseñar y construir las aplicaciones y soluciones de Bl considerando:
La integración de la información;
La reutilización de componentes desarrollados; y,
Los niveles de servicio solicitados por los usuarios;
i) Coordinar con los usuarios y ejecutar las pruebas funcionales e integrales de los sistemas o aplicativos como requisito previo a su liberación en producción;
j) Coordinar y ejecutar con la Gestión de Infraestructura las pruebas de carga necesarias de los sistemas;
k) Elaborar la documentación técnica y de usuario que corresponda a los sistemas y aplicativos desarrollados;
l) Procurar la continua innovación en la arquitectura de software para satisfacer las necesidades de tecnología de información de la institución y mantener el nivel de tecnología adecuado; y,
m) Las demás funciones que le asigne el Director/a.
Sección 5 De los Procesos Habilitantes de Asesoría
GESTIÓN DE ASESORÍA
Artículo 54.- Asesores
Misión: Asesorar y preparar estudios y proyectos de las materias de competencia de la Contraloría General del Estado, relacionadas con su misión, a fin de orientar los resultados que garanticen la seguridad técnica y legal.
Funciones y atribuciones de los Asesores:
Productos y servicios:
Informes técnicos.
Estudios y proyectos de optimización institucional.
Resultado de análisis de documentos técnicos.
Plan de Relaciones Públicas.
GESTIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES
Artículo 55.- Coordinación Nacional de Asuntos Internacionales
Misión: Coordinar y preparar estudios y proyectos sobre las relaciones internacionales con las entidades fiscalizadoras superiores de otros países y con los organismos regionales e internacionales.
Funciones y atribuciones del Coordinador/a Nacional de Asuntos Internacionales:
Registro Oficial - Edición Especial N° 244 Viernes 26 de enero de 2018 - 61
h) Gestionar las representaciones institucionales en las organizaciones internacionales de entidades fiscalizadoras superiores;
i) Gestionar en coordinación con los encargados de los procesos operativos y administrativos de la institución, las actividades y acciones, relacionadas al cumplimiento de convenios internacionales, respecto de las acciones dispuestas por el Contralor/a General del Estado, Subcontralor/a General del Estado o Subcontralor/a de Gestión Interna;
j) Mantener contacto permanente con los organismos multilaterales, bilaterales o de gobiernos amigos, para el apoyo de la gestión institucional;
k) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
l) Evaluar el desempeño del personal de la unidad; y,
m) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Informes técnicos.
Resultado de análisis de documentos técnicos internacionales.
Elaboración de documentos internacionales.
Informes y pronunciamientos sobre consultas.
Informe de gestión de Relaciones Internacionales.
GESTIÓN DE CONTROL INTERNO INSTITUCIONAL
Artículo 56.- Dirección Nacional de Auditoría Interna Institucional
Misión: Liderar, gestionar, examinar y evaluar las operaciones y actividades de la institución, mediante la ejecución de auditorías y exámenes especiales con sujeción a las disposiciones legales y normativas, y proporcionar asesoría técnica y administrativa.
Funciones y atribuciones del Coordinador/a Nacional de Auditoría Interna Institucional:
h) Verificar si los servidores/as públicos/as de la Contraloría General del Estado, han cumplido o no con la obligación de presentar la declaración patrimonial jurada, en los plazos y condiciones que prevé las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes, determinar posibles incrementos injustificados del patrimonio; y dirigir las acciones de control que ameriten;
i) Remitir el informe con indicios de responsabilidad penal con toda la evidencia acumulada para aprobación del Contralor/a General del Estado. Una vez aprobado, gestionar con la Dirección Nacional de Patrocinio para el envío a la Fiscalía General del Estado de una copia certificada del informe con indicios de responsabilidad penal aprobado con todos sus anexos. Simultáneamente, se enviará el informe original para que sea incorporado en el archivo correspondiente, a cargo de Documentación y Archivo de la Matriz;
j) Gestionar el seguimiento de las recomendaciones presentadas en los informes de auditoría interna aprobados;
k) Velar por el fortalecimiento del sistema de control interno de la Contraloría General del Estado;
l) Informar al Contralor/a General del Estado, en los casos de caducidad sobre la procedencia del establecimiento de responsabilidades;
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m) Evaluar el desempeño del personal de la unidad; y, n) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección. Productos y servicios:
Proyecto de plan anual de control.
Informes de la ejecución del plan anual de control.
Informes de auditorías de gestión, auditorías financieras y exámenes especiales.
Informes de seguimiento al cumplimiento de recomendaciones.
GESTIÓN DOCUMENTAL DEL DESPACHO DEL CONTRALOR GENERAL DEL ESTADO
Artículo 57.- Coordinación General del Despacho
Misión: Apoyar en el fortalecimiento del Despacho del Contralor/a General del Estado, a través de la oportuna, eficiente y eficaz administración documental, de insumos del despacho y demás gestión del ámbito de su competencia.
Atribuciones y responsabilidades del Coordinador/a General del Despacho:
Productos y servicios:
Insumos documentales.
Documentación de asuntos bajo su competencia, direccionados y gestionados.
Informes de seguimiento de documentación direccionada.
Asuntos sociales y humanitarios atendidos.
Informes que sean requeridos por el Contralor/a General del Estado.
GESTIÓN DOCUMENTAL INSTITUCIONAL; DECLARACIONES PATRIMONIALES JURADAS; Y, REGISTRO Y CONTROL DE CAUCIONES
Artículo 58.- Coordinación Nacional de Secretaría General
Misión: Administrar, organizar, planificar, dirigir, gestionar y controlar a nivel nacional los procesos de: registro y control de cauciones; presentación y registro de declaraciones patrimoniales; gestión de certificación de documentación institucional, así como de los actos administrativos que se generen en los procesos de la institución; y, custodiar la documentación institucional y su archivo; de conformidad a las disposiciones reglamentarias, misión y objetivos institucionales.
Funciones y atribuciones del Secretario/a General:
h) Emitir lineamientos para la Gestión de custodia, certificación de documentación institucional, registro y control de cauciones, presentación y registro de las declaraciones patrimoniales juradas;
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i) Examinar las comunicaciones y documentos preparados para la firma de la Alta Dirección, para armonizar su redacción y asegurar su despacho;
j) Administrar la documentación y el archivo, y otorgar certificaciones de los documentos institucionales, excepto de aquellos relacionado con el área de responsabilidades;
k) Registrar los acuerdos, resoluciones y demás disposiciones expedidas por el Contralor/a General del Estado y dar fe de ellos;
l) Coordinar y gestionar la publicación de los Acuerdos y Resoluciones expedidos por el Contralor/a General del Estado, cuando corresponda publicarlos en el Registro Oficial;
m) Llevar un registro de convenios de Cooperación Interinstitucional suscritos por el Contralor/a General del Estado;
n) Dar cuenta al Contralor/a General del Estado de la correspondencia recibida y despachar la misma;
o) Coordinar el despacho oportuno de los asuntos oficiales de la Alta Dirección;
p) Organizar y controlar el trámite de documentos y las funciones de las secretarías de los despachos del Contralor/a General del Estado y de los Subcontralores/ as General y de Gestión Interna;
q) Supervisar el cumplimiento de las funciones de los Administradores de Gestión;
r) Evaluar el desempeño del personal de la unidad;
s) Notificar por la prensa el inicio de auditorías y exámenes especiales en la matriz, por desconocimiento del domicilio de los servidores/as y ex servidores/as públicos/as y de terceros relacionados con las acciones de control;
t) Convocar por la prensa a la lectura del borrador de informe en la matriz, por desconocimiento del domicilio de los servidores/as y ex servidores/as públicos/as y de terceros relacionados con las acciones de control;
u) Establecer políticas de uso, manejo, reserva y confidencialidad de la información y documentos que son competencia de la unidad administrativa a su cargo;
v) Brindar asistencia técnica en el área de su competencia;
w) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados; y,
x) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Plan operativo anual.
Copias certificadas de actos administrativos y normativos de la institución.
Ingreso y egreso de correspondencia.
Administración de sistemas de documentación y archivo; declaraciones patrimoniales juradas; y, registro de control de cauciones.
Certificaciones.
Políticas y directrices para la gestión de la unidad administrativa.
Reportes de trámites pendientes.
Asistencia técnica brindada.
Notificaciones por la prensa.
Convocatorias por la prensa.
Comunicaciones de absolución de consultas derivadas del registro y control de Cauciones y de la presentación y registro de Declaraciones Patrimoniales.
Registro Nacional de Cauciones.
Informes de Registro y control de cauciones.
Estructura básica:
La Coordinación Nacional de Secretaría General se estructura con los Administradores de Gestión:
1. Documentación y Archivo Institucional.
2. Documental de Declaraciones Patrimoniales y Registro y Control de Cauciones.
El Administrador de Gestión de Documentación y Archivo Institucional, contará con el Responsable de Archivo General.
Artículo 59.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Documentación y Archivo institucional:
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h) Recibir, clasificar, registrar y distribuir la correspondencia que ingresa a la Contraloría General del Estado;
i) Mantener actualizados los tarjeteros de control de las comunicaciones y los archivos;
j) Despachar con oportunidad la correspondencia elaborada en las diferentes unidades administrativas;
k) Informar sobre el estado del trámite de los documentos y llevar registro de sus préstamos;
l) Coordinar sus funciones con las que realizan los servicios de las Secretarías y archivo de las diversas unidades administrativas;
m) Controlar el cumplimiento del sistema de administración de documentos de las diversas unidades administrativas y asegurar el servicio de distribución de correspondencia;
n) Programar y ejecutar la desmaterialización de los documentos de archivo, de acuerdo con el ordenamiento jurídico y las necesidades de la institución;
o) Vigilar el uso de las máquinas fotocopiadoras, autorizar la reproducción de documentos y verificar el empleo del papel en los diversos trabajos solicitados;
p) Realizar el reconocimiento de las denuncias que se presenten en la Contraloría General del Estado;
q) Controlar el normal funcionamiento de la unidad administrativa;
r) Programar y ejecutar la microfilmación y digitalización de documentos e informes de las acciones de control, o la aplicación de otros medios como los informáticos de acuerdo con las necesidades de la institución;
s) Emitir lineamientos al personal a su cargo sobre las políticas de atención a la ciudadanía en la prestación de servicios institucionales;
t) Supervisar la aplicación de los lineamientos emitidos al responsable de Archivo General;
u) Informar permanentemente al Secretario/a General, sobre la gestión realizada por el responsable de Archivo General, y sobre la aplicación de los lineamientos emitidos; y,
v) Las demás funciones que le asigne el Secretario/a General.
Artículo 60.- Funciones y atribuciones del Responsable del Archivo General:
h) Programar y ejecutar la microfilmación y digitalización de documentos e informes de las acciones de control, o la aplicación de otros medios como los informáticos de acuerdo con las necesidades de la institución;
i) Controlar el normal funcionamiento del área e informar al Secretario/a General;
j) Informar permanentemente al Administrador de Gestión sobre el desarrollo de su trabajo y la aplicación de los lineamientos emitidos;
k) Las demás funciones que le asigne el Secretario/a General.
Artículo 61.- Funciones y atribuciones de la Gestión Documental de Declaraciones Patrimoniales y Registro y Control de Cauciones:
Registro Oficial - Edición Especial N° 244 Viernes 26 de enero de 2018 - 65
h) Emitir lineamientos al personal a su cargo sobre las políticas de atención a la ciudadanía sobre la funcionalidad del aplicativo informático o del servicio en línea para el ingreso de las declaraciones patrimoniales juradas;
i) Asesorar y absolver consultas sobre la funcionalidad del aplicativo informático o del servicio en línea para el ingreso de las declaraciones patrimoniales juradas;
j) Proponer reformas o aplicaciones tendientes a modernizar los sistemas y procedimientos de la Gestión Documental de Declaraciones Patrimoniales y Registro y Control de Cauciones;
k) Proponer políticas y normativa para los procesos de ingreso y registro de la información de declaraciones patrimoniales;
l) Supervisar el ingreso del contenido de las declaraciones patrimoniales juradas que se mantienen en formato físico;
m) Custodiar el archivo de declaraciones patrimoniales juradas;
n) Llevar bajo su responsabilidad la administración del registro nacional de cauciones;
o) Administrar, registrar y controlar las cauciones, de conformidad con la ley y demás normativa jurídica aplicable;
p) Mantener archivos de las cauciones, en orden cronológico, numérico, alfabético, territorial, por dependencias u otros que fueren necesarios;
q) Coordinar con las unidades de auditoría interna la información para el control de la vigencia y validez de las cauciones;
r) Efectuar el control de los procesos de aceptación, renovación, ampliación, sustitución y cancelación de cauciones;
s) Coordinar la ejecución de las cauciones con las unidades responsables de estos procesos cuando se establezcan las responsabilidades correspondientes;
t) Efectuar a través del sistema informático respectivo, el control y seguimiento nacional del registro de cauciones;
u) Solicitar al Director/a Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional, por intermedio del Secretario/a General, la realización de verificaciones preliminares y/o acciones de control, por parte de las unidades administrativas de control, a los procesos de contratación, vigencia y ejecución de las cauciones cuando se considere necesario;
v) Mantener comunicación permanente con las unidades encargadas del control de las cauciones en cada institución pública, a fin de conocer oportunamente los ingresos, salidas, cambios de funciones u otras novedades en relación con los servidores/as públicos/as caucionados;
w) Coordinar con las direcciones regionales y delegaciones provinciales, la administración, registro y control de las cauciones;
x) Custodiar el archivo de cauciones;
y) Informar permanentemente al Secretario/a General sobre el desarrollo de su trabajo y la aplicación de los lineamientos emitidos; y,
z) Las demás funciones que le asigne el Secretario/a General.
Sección 6 De los Procesos Habilitantes de Apoyo
GESTIÓN ADMINISTRATIVA
Artículo 62.- Dirección Nacional Administrativa y Servicios
Misión: Gestionar y controlar las actividades administrativas y de servicios de la Contraloría General del Estado.
Funciones y atribuciones del Coordinador/a Nacional Administrativo/a y Servicios:
las unidades administrativas de la entidad y en función de las metas institucionales;
h) Aprobar estudios, especificaciones técnicas y términos de referencia de proyectos de construcción, ampliación y remodelación de inmuebles y coordinar su ejecución, en el ámbito de su competencia;
i) Coordinar las recepciones de los procesos de contratación con las unidades administrativas que correspondan;
j) Administrar el mantenimiento de los bienes institucionales;
k) Administrar la flota vehicular a nivel nacional;
l) Velar y asegurar la correcta y oportuna utilización de los recursos materiales de la institución;
m) Dirigir y controlar el funcionamiento de los servicios básicos incluido telecomunicaciones;
n) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contrataría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
o) Evaluar el desempeño del personal de la unidad; y,
p) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección. Productos y servicios:
Plan operativo anual de la Dirección.
Plan anual de contratación de la institución.
Plan de contratación de auditoría externa con compañías auditoras externas.
Plan de mantenimiento de bienes muebles e inmuebles.
Plan de mantenimiento de vehículos.
Informes de cumplimiento del plan operativo anual.
Informe mensual de ejecución y cumplimiento del plan anual de contratación.
Informes del plan de mantenimiento de bienes muebles e inmuebles.
Informe del plan de mantenimiento de vehículos.
Inventarios de activos fijos, de bienes sujetos a control administrativo.
Reportes de ingresos y egresos de bodega.
Informe de administración de pólizas.
Estructura básica:
La Dirección Nacional Administrativa y Servicios se estructura con los Administradores de Gestión:
Artículo 63- Funciones y atribuciones de la Gestión Administrativa y Servicios Generales:
Registro Oficial - Edición Especial N° 244 Viernes 26 de enero de 2018 - 67
h) Ejecutar, monitorear y controlar los planes de mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles a nivel nacional;
i) Mantener el inventario de activos fijos a nivel nacional y el control de bodega de la matriz;
j) Mantener la cobertura de seguros de los bienes muebles de la institución;
k) Realizar el seguimiento y control de los siniestros y los reembolsos respectivos;
l) Coordinar el funcionamiento de los servicios básicos y de telecomunicaciones de la matriz;
m) Supervisar y controlar el cumplimiento de los procesos de buen uso, resguardo, movilización y mantenimiento de los vehículos de la institución;
n) Aprobar mensualmente la distribución del personal de servicios generales y sus tareas, en la matriz;
o) Realizar la contratación, control y seguimiento de los servicios de seguridad y vigilancia física de las instalaciones de la institución a nivel nacional;
p) Participar en la evaluación del desempeño del personal de la unidad;
q) Elaborar y actualizar periódicamente los manuales, instructivos y otros documentos normativos relacionados con los procesos de administración de bienes aplicables en la institución, y coordinar con la Dirección Nacional Técnica de Normativa y más unidades administrativas, en el ámbito de su competencia; y,
r) Las demás funciones que le asigne el Coordinador/a.
Artículo 64- Funciones y atribuciones de la Gestión de Compras Públicas:
h) Coordinar con las unidades administrativas que correspondan, la conformación de las comisiones para la entrega recepción, en el área de su competencia; y, efectuar las recepciones de bienes, obras y servicios;
i) Mantener y administrar el archivo de los procesos de contratación y sus correspondientes resoluciones;
j) Participar en la evaluación del desempeño del personal de la unidad;
k) Elaborar y actualizar periódicamente los manuales, instructivos y otros documentos normativos relacionados con los procesos de contratación de obras, adquisición de bienes y servicios incluidos los de consultoría aplicables en la institución; y coordinar con la Dirección Nacional Técnica de Normativa y más unidades administrativas, en el ámbito de su competencia; y,
l) Las demás funciones que le asigne el Coordinador/a.
Artículo 65.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Contratación de Servicios de Auditoría con Compañías Privadas:
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notificarse a la unidad de control bajo cuyo ámbito se encuentre la empresa requirente de la contratación de servicios de auditoría y coordinarse la elaboración de los respectivos documentos técnicos con dicha unidad administrativa. Además, deberá notificar con el contenido de dicho Plan a la Dirección Nacional de Planificación Estratégica y Evaluación Institucional;
h) Coordinar con las diferentes unidades administrativas de control de la entidad la conformación de comisiones técnicas y subcomisiones de apoyo, para que lleven adelante los procesos de contratación de conformidad con las disposiciones legales y normativas;
i) Efectuar el seguimiento a los procesos de entrega recepción ejecutados por las unidades de auditoría respectivas, de los contratos de servicios con compañías privadas de auditoría;
j) Mantener y administrar el archivo de los procesos de contratación y sus correspondientes resoluciones;
k) Proponer la elaboración y actualización periódica de los manuales, instructivos y otros documentos normativos relacionados con los procesos de contratación de servicios de auditoría con compañías privadas, en función de las reformas al ordenamiento jurídico vigente y las necesidades normativas institucionales;
en coordinación con la Dirección Nacional Técnica de Normativa y más unidades administrativas, en el ámbito de su competencia;
l) Participar en la evaluación de desempeño del personal de la unidad; y,
m) Las demás funciones que le asigne el Coordinador/a.
GESTIÓN FINANCIERA
Artículo 66.- Dirección Nacional Financiera
Misión: Administrar e implementar medidas de control para obtener recursos financieros suficientes y administrarlos de manera eficaz, con calidad, oportunidad, transparencia y ética para cumplir con los objetivos institucionales.
Funciones y atribuciones del Coordinador/a Nacional Financiero/a:
h) Revisar y presentar los informes financieros de la institución al Contralor/a General del Estado y al Subcontralor/a de Gestión Interna de manera oportuna, enmarcados en leyes y reglamentos y demás normativa aplicable;
i) Establecer el calendario de pagos y su respectivo financiamiento;
j) Actuar como ordenador de pagos;
k) Velar y asegurar la correcta y oportuna utilización de los recursos financieros de la institución;
l) Asesorar a la Alta Dirección en lo relacionado con aspectos financieros de la entidad;
m) Participar en avalúos, bajas, remates y entregas -recepciones de los bienes de la entidad;
Registro Oficial - Edición Especial N° 244 Viernes 26 de enero de 2018 - 69
n) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
o) Evaluar el desempeño del personal de la unidad; y,
p) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Plan operativo anual de la Dirección.
Proforma presupuestaria.
Reformas presupuestarias.
Informes presupuestarios.
Registros contables.
Reportes financieros.
Inventario de suministros de materiales valorados.
Plan de caja.
Registro de garantías y valores.
Retenciones y declaraciones al SRI.
Transferencias.
Liquidación de haberes.
Rol de pagos.
Informe de viáticos.
Estructura básica:
La Dirección Nacional Financiera se estructura con los Administradores de Gestión de:
Artículo 67.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Contabilidad:
h) Efectuar el control previo y concurrente para efectos de la ejecución presupuestaria;
i) Registrar la ejecución presupuestaria en la etapa de devengo;
j) Controlar y elaborar los roles de pago;
k) Supervisar y aprobar el proceso contable efectuado por las direcciones regionales y delegaciones provinciales;
l) Elaborar y ejecutar los viáticos en la matriz; y,
m) Las demás funciones que le asigne el Coordinador/a.
Artículo 68.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Presupuesto:
h) Formular y tramitar las modificaciones presupuestarias;
i) Realizar evaluaciones periódicas y entregar informes para la toma de decisiones; y,
j) Las demás funciones que le asigne el Coordinador/a.
Artículo 69.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Tesorería:
a) Elaborar la planificación de la Gestión y poner a consideración de la Dirección;
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h) Recibir y custodiar los valores, papeles fiduciarios, documentos de inversión y rentas, documentos en garantías y otros, e informar de su manejo;
i) Elaborar mensualmente informes de flujo de caja;
j) Administrar el fondo de caja chica de la matriz;
k) Tramitar los egresos acorde con los documentos de sustento, efectuar los trámites pertinentes para el pago a los beneficiarios por medio de transferencias interbancarias;
l) Actuar de agente de retención de impuestos fiscales y otros debidamente autorizados;
m) Entregar para el registro contable en forma oportuna, los comprobantes y más documentos que sustenten la transacción financiera;
n) Coordinar sus acciones con las demás Gestiones de la Dirección; y,
o) Las demás funciones que le asigne el Coordinador/a.
ADMINISTRACIÓN DEL TALENTO HUMANO
Artículo 70.- Dirección Nacional de Talento Humano
Misión: Administrar técnicamente la gestión del talento humano de la institución y del personal técnico de las Unidades de Auditoría Interna de las entidades y organismo s del sector público que potencialicen su desempeño y los niveles de eficiencia, eficacia y efectividad.
Funciones y atribuciones del Coordinador/a Nacional de Talento Humano:
h) Dirigir la elaboración y aplicación de los manuales, reglamentos, instructivos, procedimientos, relacionados con la Administración del Talento Humano;
i) Receptar, investigar y tramitar reclamos y denuncias relacionadas al comportamiento ético de los servidores/ as públicos/as de la Contraloría General del Estado;
j) Coordinar con la Dirección Nacional Técnica de Normativa la emisión de normativa relacionada con la Administración del Talento Humano;
k) Gestionar y coordinar con la Dirección Nacional de Capacitación y Coordinación Nacional de Asuntos Internacionales, las actividades de capacitación nacional e internacional y desarrollo profesional de los servidores/as públicos/as de la Contraloría General del Estado;
l) Disponer la ejecución del plan de evaluación de desempeño de personal de las unidades de auditoría interna y de la Contraloría General del Estado;
m) Elaborar el plan de servicios de salud, bienestar social y programas de seguridad y salud ocupacional de la institución;
n) Controlar la administración de los servicios de salud y asistenciales;
o) Administrar y vigilar el cumplimiento de las políticas internas, lineamientos y normativas legales en seguridad y salud ocupacional;
p) Coordinar la elaboración del Plan de Compras Anual de equipos de protección personal, herramientas en el área de salud y seguridad ocupacional;
Registro Oficial - Edición Especial N° 244 Viernes 26 de enero de 2018 - 71
q) Autorizar los gastos de todos los componentes remunerativos de los servidores/as públicos/as de la institución;
r) Evaluar el desempeño del personal de la unidad;
s) Suscribir documentos y comunicaciones de acuerdo a las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
t) Cumplir con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado, en lo que se refiere al talento humano de las Unidades de Auditoría Interna del sector público; y,
u) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Plan Operativo anual.
Planificación del talento humano.
Reglamento de administración del talento humano de la Contraloría General del Estado.
Reglamento de administración del personal técnico de las Unidades de Auditoría Interna de las entidades y organismos del sector público.
Manual de Descripción, Valoración y Clasificación de Puestos.
Informes de revisión a la clasificación de puestos.
Informes de movimientos y rotación de personal de las unidades de auditoría interna y de la Contraloría General del Estado.
Informe de ejecución del plan de evaluación de desempeño del personal de las unidades de auditoría interna y de la Contraloría General del Estado.
Informes de creaciones, restructuras y supresiones de puestos de las unidades de auditoría interna y de la Contraloría General del Estado.
Contratos de servicios ocasionales y contratos de servicios civiles registrados.
Informes de denuncias relacionadas al comportamiento ético de los servidores de la Contraloría General del Estado.
Informes de aplicación de régimen disciplinario del personal de las Unidades de Auditoría Interna y de la Contraloría General del Estado.
Expedientes de personal actualizados.
Acciones de personal registradas.
Nómina de pago de personal.
Distributivo de remuneraciones actualizado.
Reportes de novedades registrados en el sistema del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
Registros, reportes e informes de la ejecución de los procesos de talento humano.
Plan anual de vacaciones.
Liquidaciones de haberes.
Reportes de salida de personal.
Informes técnicos, de gestión y de cumplimiento.
Estudios de clima laboral y cultura organizacional a nivel nacional.
Sistema de seguridad y salud ocupacional.
Reglamento de seguridad y salud ocupacional.
Plan de bienestar laboral a nivel nacional e informes de ejecución.
Programa de medicina preventiva (médico y odontológico).
Programa de dotación de ropa de trabajo y equipo de protección personal.
Informe de inspecciones a instalaciones y puestos de trabajo.
Informe de mediciones de los diferentes factores de riesgo.
Planes de emergencia y contingencia.
Simulacros.
Matriz de riesgos.
Informe de incidentes, accidentes y morbilidad laboral.
Planes, programas e informes de capacitación en seguridad y salud ocupacional y medio ambiente.
Plan Integral de Manejo de desechos peligrosos y no peligrosos.
Absolución de consultas.
Estructura básica:
La Dirección Nacional de Talento Humano se estructura con los Administradores de Gestión de:
1. Talento Humano de la Contraloría General del Estado
72 - Viernes 26 de enero de 2018 Edición Especial N° 244 - Registro Oficial
Artículo 71.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Talento Humano de la Contraloría General del Estado:
h) Elaborar informes de denuncias relacionadas al comportamiento ético de los servidores de la Contraloría General del Estado;
i) Elaborar informes sobre licencias y comisiones de servicios;
j) Actualizar el distributivo nominal y posicional de los servidores/as de la Contraloría General del Estado;
k) Administrar y custodiar el archivo de expedientes de personal de la Contraloría General del Estado;
l) Elaborar y registrar las acciones de personal derivados de los diferentes movimientos administrativos del personal de la Contraloría General del Estado;
m) Administrar el sistema de remuneraciones e ingresos complementarios de la Contraloría General del Estado;
n) Registrar y actualizar en el sistema del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) la información de los servidores/as de la Contraloría General del Estado;
o) Elaborar y gestionar el plan anual de vacaciones del personal de la Contraloría General del Estado;
p) Absolver consultas en el ámbito de su competencia; y,
q) Las demás funciones que le asigne el Coordinador/a.
Artículo 72.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Talento Humano de las Unidades de Auditoría Interna:
h) Elaborar informes de denuncias relacionadas al comportamiento ético de los servidores de las Unidades de Auditoría Interna;
i) Elaborar informes sobre licencias y comisiones de servicios;
j) Administrar y custodiar el archivo de expedientes del personal de las Unidades de Auditoría Interna;
k) Elaborar y registrar las acciones de personal derivados de los diferentes movimientos administrativos del personal de las Unidades de Auditoría Interna;
l) Elaborar y actualizar el catastro del personal de las Unidades de Auditoría Interna;
m) Elaborar y gestionar el plan anual de vacaciones del personal de las Unidades de Auditoría Interna;
n) Gestionar los procesos de salida del personal de las Unidades de Auditoría Interna;
o) Absolver consultas en el ámbito de su competencia; y,
p) Las demás funciones que le asigne el Coordinador/a.Registro Oficial - Edición Especial N° 244 Viernes 26 de enero de 2018 - 73
Artículo 73.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Planificación y Desarrollo Organizacional del Talento Humano:
d) Elaborar informes técnicos, de gestión y de cumplimiento de la Dirección Nacional de Talento Humano;
h) Elaborar y actualizar el Reglamento Interno de Administración de Talento Humano de la Contraloría General del Estado;
i) Elaborar y actualizar el Reglamento de Administración del Personal Técnico de las Unidades de Auditoría Interna de las entidades y organismos del sector público;
j) Elaborar y ejecutar el Plan de Evaluación del Desempeño del personal de las Unidades de Auditoría Interna y de la Contraloría General del Estado;
k) Proponer y diseñar planes, programas y estrategias transversales de clima, cultura y gestión del cambio institucional;
l) Administrar el sistema de información interna de talento humano de la Contraloría General del Estado;
m) Elaborar informes técnicos, de gestión y de cumplimiento de la Dirección Nacional Talento Humano;
n) Realizar informes técnicos de revisión a la clasificación de puestos;
o) Coordinar en el ámbito de su competencia con la Dirección Nacional de Auditorías Internas, direcciones regionales y delegaciones provinciales, informes de creaciones, reestructuras y supresiones de Unidades de Auditoría Interna;
p) Elaborar informes técnicos para la aprobación de la máxima autoridad relacionado a traspasos de puestos interinstitucionales;
q) Absolver consultas en el ámbito de su competencia; y,
r) Las demás funciones que le asigne el Coordinador/a.
Artículo 74.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Salud Ocupacional:
h) Investigar y reportar los incidentes, accidentes y enfermedades profesionales que se produzcan;
i) Elaborar y mantener actualizado un archivo con documentos técnicos de seguridad y salud ocupacional, registros y estadísticas de accidentalidad y morbilidad;
j) Realizar programas de capacitación y adiestramiento a los servidores/as públicos/as en materia de seguridad y salud ocupacional y medio ambiente;
k) Elaborar políticas, instructivos y directrices en materia de seguridad y salud ocupacional;
l) Prevenir y fomentar la salud, estudio y vigilancia de las condiciones ambientales en los sitios de trabajo implementando buenas prácticas en los servidores/as públicos/as;
m) Inspeccionar las instalaciones de las direcciones regionales y delegaciones provinciales en materia de seguridad y salud ocupacional, medio ambiente con el objeto de identificar los riesgos;
n) Aplicar el programa de vigilancia de la salud de los trabajadores;
o) Elaborar el programa para la dotación de ropa de trabajo y equipos de protección personal para los servidores/as públicos/as que están expuestos a diferentes factores de riesgos;
p) Absolver consultas en el ámbito de su competencia; y,
74 - Viernes 26 de enero de 2018 Edición Especial N° 244 - Registro Oficial
q) Las demás funciones que le asigne el Coordinador/a.
GESTIÓN DE CAPACITACIÓN
Artículo 75.- Dirección Nacional de Capacitación
Misión: Gestionar la capacitación a las y los servidores/as públicos/as de la Contraloría General del Estado, auditores internos y demás servidores/as públicos/as de las entidades públicas y de derecho privado que disponen de recursos públicos, como líderes de excelencia, con conciencia ciudadana, potencializando su conocimiento y destrezas en la gestión y control de los recursos del Estado y en el cumplimiento de la misión y objetivos institucionales, orientado a alcanzar el buen vivir.
Funciones y atribuciones del Coordinador/a de Capacitación:
h) Capacitar a los servidores/as públicos/as y personas que lo soliciten en las diversas modalidades de control y auditoría de recursos públicos;
i) Elaborar la malla curricular y formular los requerimientos de material didáctico a utilizar en los eventos de capacitación;
j) Coordinar el mantenimiento y cuidado de las instalaciones y equipos del Centro Internacional de Capacitación de la Contraloría General del Estado, con las Direcciones Nacionales: Financiera y Administrativa y Servicios;
k) Suscribir las comunicaciones de acuerdo con las facultades establecidas en el Reglamento de Suscripción de Documentos de la Contraloría General del Estado; y, demás documentos expresamente delegados;
l) Evaluar el desempeño del personal de la unidad;
m) Controlar la gestión administrativa de: comunicación y difusión, bienes, servicios logísticos, información y soporte tecnológico; y,
n) Las demás funciones que le asigne la Alta Dirección.
Productos y servicios:
Plan operativo anual.
Plan operativo de capacitación.
Informe de ejecución del plan de capacitación.
Coordinación en eventos de capacitación.
Administración de convenios de capacitación.
Informe de ejecución del plan operativo de la Dirección.
Mallas curriculares.
Material didáctico.
Diplomas de eventos de capacitación aprobados.
Estructura básica:
La Dirección Nacional de Capacitación se estructura con los Administradores de Gestión de:
Artículo 76.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Capacitación:
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ejecutar el desarrollo de eventos de capacitación e imprevistos autorizados;
h) Ejecutar los convenios suscritos por el Contralor/a General del Estado, en temas relacionados con la capacitación continua;
i) Presentar a la Dirección Nacional de Capacitación, en forma periódica y cuando se le solicite, informes de avance, ejecución y evaluación de la planificación anual y actividades complementarias afines a la capacitación continua; y,
j) Las demás funciones que le asigne el Coordinador/a.
Artículo 77.- Funciones y atribuciones de la Gestión de Investigación, Desarrollo y Evaluación Académica
convenios y coordinar la capacitación internacional de los servidores/as públicos/as de la Contraloría General del Estado, Auditores Internos y personal de auditorías internas, en el ámbito de competencia del organismo de control;
h) Diseñar y ejecutar programas de evaluación para mejorar el sistema de capacitación;
i) Promover la actualización de los planes y programas de investigación y desarrollo sobre la base de la evaluación académica;
j) Realizar informes de avance, ejecución y evaluación de las actividades inherentes a la gestión; y,
k) Las demás funciones que le asigne el Coordinador/a.
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