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Lunes, 19 de octubre de 2009
Última modificación: Miércoles, 17 de julio de 2013 | 11:00
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\n \n \n \nREGISTRO OFICIAL
Administración del Señor Ec. Rafael Correa Delgado
Presidente Constitucional de la República del Ecuador
Miércoles, 14 de Octubre de 2009 - R. O. No. 46
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62........... Dase de baja de las filas de la institución policial, al Coronel de Policía de E.M. Dr. Francisco Guzmán Enríquez 63........... Dase de baja de las filas de la institución policial, al Coronel de Policía de E.M. Bolívar Obando Valencia 64........... Dase de baja de las filas de la institución policial, al Coronel de Policía de E.M. Angel Iván Rivera Gualconi 80........... Ratifícase en todos sus artículos la “Convención Internacional para la Protección de todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas”, suscrita por el representante del Gobierno de la República del Ecuador, el 24 de mayo del 2007, en la ciudad de Nueva York SECRETARIA GENERAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA: 61........... Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior a la economista María Elsa Viteri Acaiturri, Ministra de Finanzas 62........... Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior a la economista María Elsa Viteri Acaiturri, Ministra de Finanzas 63........... Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior a la economista Nathalie Cely Suárez, Ministra Coordinadora de la Producción, Empleo y Competitividad 64........... Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior al doctor Ramón Espinel Martínez, Ministro de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca 65........... Autorízase el viaje y declárase en comisión de servicios en el exterior a la doctora Caroline Chang Campos, Ministra de Salud Pública MINISTERIO COORDINADOR DE SEGURIDAD INTERNA Y EXTERNA: 026......... Expídese el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Secretaría de Inteligencia MINISTERIO DE CULTURA: 167-2009 Adjudícase en calidad de auspicio, a favor del señor Santiago Fernando Naranjo Estrella, la cantidad de (USD 3.500,00), para cubrir los gastos que deriven de la ejecución del Proyecto de Desarrollo Cultural denominado “Entre Chapetones, Criollos y Mestizos” (producción y movilización de la obra de teatro) MINISTERIO DE GOBIERNO: 404......... Apruébase la reforma y codificación del Estatuto de la Iglesia Bautista Sinaí de Ibarra, con domicilio en la ciudad de Ibarra, provincia de Imbabura AGENCIA ECUATORIANA DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DEL AGRO - AGROCALIDAD: 101......... Refórmase la Resolución Nº 011, publicada en la Edición Especial del Registro Oficial Nº 118 del 22 de abril del 2009 CORPORACION ADUANERA 1225....... Autorízase a la Empresa Expalsa S. A., para acogerse al Régimen de Devolución Condicionada de Tributos GGN-RE 1267 Deléganse atribuciones a las o los gerentes distritales de Quito, Esmeraldas, Tulcán, Latacunga, Manta, Cuenca, Puerto Bolívar, Huaquillas y Loja SECRETARIA NACIONAL DEL MIGRANTE: SENAMI 101-2009 Expídese el Reglamento para el uso y control del servicio telefónico, internet, Sistema de Gestión Documental (QUIPUX) y mail institucional CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SEGUNDA SALA DE LO CIVIL Y MERCANTIL: Recursos de casación en los juicios seguidos por las siguientes personas e instituciones: 80-2008.. Automotores del Azuay C. A. en contra de Claudio Vélez Loyola y otra 81-2008.. Angel Gustavo Cañar Correa en contra de Segundo Joaquín Calvache Balseca 83-2008.. Concepción Dolores Avila Vintimilla en contra de Carlos Mata Regalado 84-2008.. Carlos Enrique Riofrío Bustamante y otra en contra de Dominga del Rosario Cusme Vélez ORDENANZAS MUNICIPALES: -.......... Gobierno Municipal del Cantón Buena Fe: Que reglamenta la aplicación y cobro de la contribución especial de mejoras por obra de construcción de un ducto de hormigón armado para el drenaje de aguas lluvias -.......... Gobierno Municipal de Cayambe: Que reglamenta el manejo, custodia, registro y control de los fondos de caja chica -.......... Cantón Zapotillo: Para la creación y funcionamiento de la Dirección de Desarrollo Económico Local
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Rafael Correa Delgado
\nPRESIDENTE CONSTITUCIONAL
\nLa resolución del H. Consejo de Generales de la Policía Nacional Nro. 2009-726-CsG-PN de 16 de septiembre del 2009;
\nEl pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía, formulado mediante oficio Nro. 2009-2876-SPN de 19 de septiembre del 2009 previa solicitud del señor Comandante General de la Policía Nacional, con oficio Nro. 2009-778-DGP-PN de 16 de septiembre de12009;
\nDe conformidad con los Arts. 65 inciso segundo y 66 literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional; y,
\nEn uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional,
\nArt. 1.-Dar de baja de las filas de la institución policial, con la fecha de expedición de este decreto, al señor Coronel de Policía de E. M. Dr. Francisco Guzmán Enríquez, por solicitud voluntaria con expresa renuncia a la situación transitoria.
\nArt. 2.-De la ejecución del presente decreto encárguese el Ministro de Gobierno y Policía.
\nDado, en el Palacio Nacional, Distrito Metropolitano de Quito, a 28 de septiembre del 2009.
\nf.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
\nf.) Gustavo Jalkh Röben, Ministro de Gobierno y Policía.
\nEs fiel copia del original.- Lo certifico.- Quito, 29 de septiembre del 2009.
\nf.) Ab. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.
\nRafael Correa Delgado
\nPRESIDENTE CONSTITUCIONAL
\nLa Reso1ución del H. Consejo de Generales de la Policía Nacional Nro. 2009-732-CsG-PN de 16 de septiembre de12009;
\nEl pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía, formu1ado mediante oficio Nro. 2009-2882-SPN de 19 de septiembre del 2009, previa solicitud del señor Comandante General de la Policía Nacional, con oficio Nro. 2009-784-DGP-PN de 16 de septiembre del 2009;
\nDe conformidad con los Arts. 65 inciso segundo y 66 literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional; y,
\nEn uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional,
\nArt. 1.-Dar de baja de las filas de la institución policial, con la fecha de expedición de este decreto, al señor Coronel de Policía de E. M. Bolívar Obando Valencia, por solicitud voluntaria con expresa renuncia a la situación transitoria.
\nArt. 2.-De la ejecución del presente decreto encárguese el Ministro de Gobierno y Policía.
\nDado, en el Palacio Nacional, Distrito Metropolitano de Quito, a 28 de septiembre del 2009.
\nf.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
\nf.) Gustavo Jalkh Röben, Ministro de Gobierno y Policía.
\nEs fiel copia del original.- Lo certifico.
\nQuito, 29 de septiembre del 2009.
\nf.) Ab. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.
\nRafael Correa Delgado
\nPRESIDENTE CONSTITUCIONAL
\nLa Resolución del H. Consejo de Generales de la Policía Nacional Nro. 2009-731-CsG-PN de 16 de septiembre del 2009;
\nEl pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía, formulado mediante oficio Nro. 2009-2881-SPN de 19 de septiembre del 2009, previa solicitud del señor Comandante General de la Policía Nacional, con oficio Nro. 2009-783-DGP-PN de 16 de septiembre del 2009;
\nDe conformidad con los Arts. 65 inciso segundo y 66 literal a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional; y,
\nEn uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional,
\nArt. 1.-Dar de baja de las filas de la institución policial, con la fecha de expedición de este decreto, al señor Coronel de Policía de E. M. Angel Iván Rivera Gualconi, por solicitud voluntaria con expresa renuncia a la situación transitoria.
\nArt. 2.-De la ejecución del presente decreto encárguese el Ministro de Gobierno y Policía.
\nDado, en el Palacio Nacional, Distrito Metropolitano de Quito, a 28 de septiembre del 2009.
\nf.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
\nf.) Gustavo Jalkh Röben, Ministro de Gobierno y Policía.
\nEs fiel copia del original.- Lo certifico.
\nQuito, 29 de septiembre del 2009.
\nf.) Ab. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.
\nRafael Correa Delgado
\nPRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
\nQue la "Convención Internacional Para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzosas", fue suscrita por la República del Ecuador, el 24 de mayo del 2007, en la ciudad de Nueva York;
\nQue la "Convención Internacional Para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzosas" tiene por objeto prevenir las desapariciones forzadas y luchar contra la impunidad en lo que respecta al delito de desaparición forzada;
\nQue el inciso primero del artículo 418 de la Constitución de la República establece que al Presidente de la República, le corresponde suscribir o ratificar los tratados y otros instrumentos internacionales;
\nQue de conformidad con el artículo 438 numeral 1 de la Constitución de la República, la Corte Constitucional declaró, mediante dictamen 0006-09-DTI-CC de 14 de mayo del 2009, que la "Convención Internacional Para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzosas" es compatible con la vigente Constitución de la República del Ecuador;
\nQue de conformidad con el segundo inciso del artículo 418 de la Constitución de la República, el Presidente de la República, remitió el oficio No. T.l470 SGJ-09-1462 de 8 de junio del 2009, a la Comisión Legislativa y de Fiscalización con el contenido de la "Convención Internacional Para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzosas", para el trámite respectivo;
\nQue el Pleno de la Comisión Legislativa y de Fiscalización, en sesión efectuada el 24 de julio del 2009 resolvió aprobar la "Convención Internacional Para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzosas"; y,
\nEn ejercicio de la facultad conferida por el artículo 147 numeral 10 de la Constitución de la República,
\nArtículo Primero.- Ratifícase en todos sus artículos la "Convención Internacional Para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas", suscrita por el representante del Gobierno de la República del Ecuador, el 24 de mayo del 2007, en la ciudad de Nueva York.
\nArtículo Segundo.- Publíquese en el Registro Oficial el texto de la "Convención Internacional Para la Protección de Todas las Personas Contra las Desapariciones Forzadas", a la cual la declaro ley de la República.
\nArtículo Tercero.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial y de su ejecución encárguese al Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.
\nDado en el Palacio de Gobierno, en Quito, a 30 de septiembre del 2009.
\nf.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República.
\nf.) Fander Falconí Benítez, Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio e Integración.
\nEs fiel copia del original.- Lo certifico.
\nQuito, 30 de septiembre del 2009.
\nf.) Abg. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública.
\nVinicio Alvarado Espinel
\nSECRETARIO GENERAL DE
\nLA ADMINISTRACION PUBLICA
\nVisto el oficio MF-SA-CRH-2009 0687 del 22 de septiembre del 2009 de la señora María Eugenia Vélez Velásquez, Subsecretaria Administrativa del Mini
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