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Miércoles, 21 de junio de 2006
Última modificación: Miércoles, 17 de julio de 2013 | 11:00
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JUNIO DE 2006 | \n
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\n \n\n \n\n Dr. Alfredo Palacio G. En ejercicio de las atribuciones que le conceden los artículos\n 171 numeral 14 concordante con el 179 numeral 2 de la Constitución\n Política de la República del Ecuador y el 102 literal\n a) de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, previa resolución\n de la Junta Académica No. JDA-116 del 8 de diciembre del\n 2005, \n\nDecreta: \n\nArt. 1ro.- De conformidad con lo previsto en el artículo\n 55 de la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas en vigencia,\n con fecha 20 de diciembre del 2005 promuévese al grado\n de ALFEREZ DE FRAGATA, en las especialidades de Armas y Servicio\n a los siguientes guardiamarinas. \n\nPROMOCION 61 \n\nALFEREZ DE FRAGATA DE ARMAS \n\n1718054776 ALFG ARM Plazas Jarrín David Alejandro PROMOCION 31 \n\nALFEREZ DE FRAGATA DE SERVICIO \n\n1714283635 ALFG AB Lasso Salgado Santiago Esteban Art. 2do.- El señor Ministro de Defensa Nacional queda\n encargado de la ejecución del presente decreto. \n\nDado, en el Palacio Nacional, en Quito, D. M., a 2 de junio\n del 2006. \n\nf.) Dr. Alfredo Palacio G., Presidente Constitucional de la\n República. \n\nf.) GRAD. (r) Oswaldo Jarrín Román, Ministro\n de Defensa Nacional. \n\nEs fiel copia del original.- Lo certifico. \n\nf.) Dr. Armando Rodas Espinel, Subsecretario General de la\n Administración Pública. \n\n\n\n \n\n Alfredo Palacio González Considerando: \n\nLa Resolución del H. Consejo de Clases y Policías\n de la Policía Nacional No. 2006-¬238-CCP-PN de marzo\n 21 del 2006; De conformidad con los Arts. 5 y 19 del Reglamento de Condecoraciones\n de la Policía Nacional; y, \n\nEn uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la\n Ley Orgánica de la Policía Nacional, \n\nDecreta: \n\nArt. 1.¬- Conferir la condecoración "POLICIA\n NACIONAL" de "SEGUNDA CATEGORIA", al señor\n Cabo Primero de Policía Quiroz Mora Víctor Arcenio. \n\nArt. 2.¬- De la ejecución del presente decreto\n encárguese el Ministro de Gobierno y Policía. \n\nDado, en el Palacio Nacional, Quito, 2 de junio del 2006. \n\nf.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucional\n de la República. \n\nf.) Felipe Vega de la Cuadra, Ministro de Gobierno y Policía. \n\nEs fiel copia del original.- Lo certifico. \n\nf.) Dr. Armando Rodas Espinel, Subsecretario General de la\n Administración Pública. \n\n\n\n \n\n Alfredo Palacio González Considerando: \n\nLa Resolución del H. Consejo de Clases y Policías\n de la Policía Nacional No. 2006-236-CCP-PN de marzo 21\n del 2006; \n\nEl pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía,\n formulado mediante oficio Nro. 2006-935-SPN de mayo 16 del 2006,\n previa solicitud del General Inspector Abg. José Antonio\n Vinueza Jarrín, Comandante General de la Policía\n Nacional, con oficio Nro. 0654-DGP-PN de mayo 11 del 2006; \n\nDe conformidad con el Art. 10 A del Reglamento de Condecoraciones\n de la Policía Nacional; y, \n\nEn uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la\n Ley Orgánica de la Policía Nacional, \n\nDecreta: \n\nArt. 1.- Conferir la condecoración "AL MERITO\n INSTITUCIONAL" en el grado de "OFICIAL", a los\n siguientes señores suboficiales primeros: \n\n"AL MERITO INSTITUCIONAL" EN EL GRADO DE "OFICIAL" \n\nSBOP. Cunez Lema Marcos Arnulfo Art. 2.- De la ejecución del presente decreto encárguese\n el Ministro de Gobierno y Policía. \n\nDado, en el Palacio Nacional, Quito, a 2 de junio del 2006. \n\nf.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucional\n de la República. \n\nf.) Felipe Vega de la Cuadra, Ministro de Gobierno y Policía. \n\nEs fiel copia del original.- Lo certifico. \n\nf.) Dr. Armando Rodas Espinel, Subsecretario General de la\n Administración Pública. \n\n\n\n \n\n Dr. Alfredo Palacio González Considerando: \n\nLa Resolución del H. Consejo de Clases y Policías\n de la Policía Nacional No. 2006-015-CCP-PN de enero 10\n del 2006; \n\nEl pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía,\n formulado mediante oficio Nro. 2006-936-SPN de mayo 16 del 2006,\n previa solicitud del General Inspector Abg. José Antonio\n Vinueza Jarrín, Comandante General de la Policía\n Nacional, con oficio Nro. 0656-DGP-PN de mayo 12 del 2006; \n\nDe conformidad con los Arts. 5 y 19 del Reglamento de Condecoraciones\n de la Policía Nacional; y, \n\nEn uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la\n Ley Orgánica de la Policía Nacional, \n\nDecreta: \n\nArt. 1.- Conferir la condecoración "POLICIA NACIONAL"\n de "PRIMERA CATEGORIA", al señor Suboficial\n Segundo de Policía Ñato Paucar Eliecer. Dado, en el Palacio Nacional, Quito, a 2 de junio del 2006. \n\nf.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucional\n de la República. \n\nf.) Felipe Vega de la Cuadra, Ministro de Gobierno y Policía. \n\nEs fiel copia del original.- Lo certifico. \n\nf.) Dr. Armando Rodas Espinel, Subsecretario General de la\n Administración Pública. \n\n \n\nDr. Alfredo Palacio González Considerando: \n\nLa Resolución del H. Consejo Superior de la Policía\n Nacional Nro. 2006-218-CS-PN de abril 5 del 2006; \n\nEl pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía,\n formulado mediante oficio Nro. 2006-941-SPN de mayo 16 del 2006,\n previa solicitud del General Inspector Abg. José Antonio\n Vinueza Jarrín, Comandante General de la Policía\n Nacional, con oficio Nro. 0652/DGP/PN de mayo 11 del 2006; \n\nDe conformidad con los Arts. 4 y 5 literal a) y 19 del Reglamento\n de Condecoraciones de la Policía Nacional; y, \n\nEn uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la\n Ley Orgánica de la Policía Nacional, \n\nDecreta: \n\nArt. 1.- Conferir la condecoración "POLICIA NACIONAL"\n de "PRIMERA CATEGORIA", a la señora Teniente\n de Policía de Servicios de Justicia Dra. Vinueza Moreno\n Rocío Margoth, por haber prestado 25 años de servicio\n activo y efectivo a la institución. Dado, en el Palacio Nacional, Quito, a 2 de junio del 2006. \n\nf.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucional\n de la República. \n\nf.) Felipe Vega de la Cuadra, Ministro de Gobierno y Policía. \n\nEs fiel copia del original.- Lo certifico. \n\nf.) Dr. Armando Rodas Espinel, Subsecretario General de la\n Administración Pública. \n\n\n\n \n\n Dr. Alfredo Palacio González Considerando: \n\nLa Resolución del H. Consejo Superior de la Policía\n Nacional Nro. 2006-219-CS-PN de abril 5 del 2006; \n\nEl pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía,\n formulado mediante oficio Nro. 2006-940-SPN de mayo 16 del 2006,\n previa solicitud del General Inspector Abg. José Antonio\n Vinueza Jarrín, Comandante General de la Policía\n Nacional, con oficio Nro. 0653/DGP/PN de mayo 11 del 2006; \n\nDe conformidad con los Arts. 4 inciso primero, 5 literal a)\n y 15 inciso primero del Reglamento de Condecoraciones de la Policía\n Nacional; y, \n\nEn uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la\n Ley Orgánica de la Policía Nacional, \n\nDecreta: \n\nArt. 1.- Conferir la condecoración "AL MERITO\n PROFESIONAL" en el grado de "GRAN OFICIAL", al\n señor Capitán de Policía de Servicios de\n Sanidad Dr. Abad León Remigio Enrique, por haber prestado\n 30 años de servicio activo y efectivo a la institución. \n\nArt. 2.- De la ejecución del presente decreto encárguese\n el Ministro de Gobierno y Policía. \n\nDado, en el Palacio Nacional, Quito, a 2 de junio del 2006. \n\nf.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucional\n de la República. \n\nf.) Felipe Vega de la Cuadra, Ministro de Gobierno y Policía. \n\nEs fiel copia del original.- Lo certifico. \n\nf.) Dr. Armando Rodas Espinel, Subsecretario General de la\n Administración Pública. \n\n\n\n \n\n Alfredo Palacio González Considerando: \n\nLa Resolución No. 2006-345-CsG-PN de abril 17 del 2006,\n emitida por el H. Consejo de Generales de la Policía Nacional; \n\nEl pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía,\n formulado mediante oficio No. 2006-920-SPN de mayo 12 del 2006,\n previa solicitud del señor Comandante General de la Policía\n Nacional, con oficio Nro. 0603/DGP/PN de mayo 8 del 2006; \n\nDe conformidad con el inciso primero del Art. 4 y 17-A del\n Reglamento de Condecoraciones de la Policía Nacional;\n y, \n\nEn uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la\n Ley Orgánica de la Policía Nacional, \n\nDecreta: \n\nArt. 1. Conferir la condecoración "Reconocimiento\n Institucional" al señor Coronel de Policía\n de E.M. Dr. Rodrigo Medardo Acosta Cansino. \n\nArt. 2. De la ejecución del presente decreto encárguese\n al Ministro de Gobierno y Policía. \n\nDado en el Palacio Nacional, Quito, a 2 de junio del 2006. \n\nf.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucional\n de la República. \n\nf.) Felipe Vega de la Cuadra, Ministro de Gobierno y Policía. \n\nEs fiel copia del original.- Lo certifico. \n\n \n\n Dr. Alfredo Palacio González Considerando: \n\nLa Resolución del H. Consejo de Clases y Policías\n de la Policía Nacional No. 2006-298-CCP-PN de abril 11\n del 2006; \n\nEl pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía,\n formulado mediante oficio Nro. 2006-978-SPN de mayo 22 del 2006,\n previa solicitud del señor General Inspector Abg. José\n Antonio Vinueza Jarrín, Comandante General de la Policía\n Nacional, con oficio Nro. 0700-DGP-PN de mayo 17 del 2006; \n\nEn uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la\n Ley Orgánica de la Policía Nacional, \n\nDecreta: \n\nArt. 1.- Dejar sin efecto los decretos ejecutivos Nos. 1111\n de 26 de enero del 2006; y, 873 de 24 de noviembre del 2005,\n relativos al otorgamiento de las condecoraciones "AL MERITO\n PROFESIONAL" en el grado de "GRAN OFICIAL"; y,\n "AL MERITO INSTITUCIONAL" en el grado de "OFICIAL",\n respecto al señor Suboficial Segundo de Policía\n Escalante Escalante Juan Francisco. \n\nArt. 2.- De la ejecución del presente decreto encárguese\n el Ministro de Gobierno y Policía. \n\nDado, en el Palacio Nacional, Quito, a 2 de junio del 2006. \n\nf.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucional\n de la República. \n\nf.) Felipe Vega de la Cuadra, Ministro de Gobierno y Policía. \n\nEs fiel copia del original.- Lo certifico. \n\nf.) Dr. Armando Rodas Espinel, Subsecretario General de la\n Administración Pública. \n\n\n\n \n\n Dr. Alfredo Palacio González Considerando: \n\nLa Resolución del H. Consejo de Generales de la Policía\n Nacional No. 2006-365-CsG-PN de abril 24 del 2006; \n\nEl pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía,\n formulado mediante oficio Nro. 2006-976-SPN de mayo 22 del 2006,\n previa solicitud del señor General Inspector Abg. José\n Antonio Vinueza Jarrín, Comandante General de la Policía\n Nacional, con oficio Nro. 0661-DGP-PN de 15 de mayo del 2006; \n\nDe conformidad con los Arts. 4 y 5 literal a) y 15 del Reglamento\n de Condecoraciones de la Policía Nacional; y, \n\nEn uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la\n Ley Orgánica de la Policía Nacional, \n\nDecreta: \n\nArt. 1.- Conferir la condecoración "AL MERITO\n PROFESIONAL", en el grado de "GRAN OFICIAL" al\n señor Coronel de Policía de E.M. Ing. Com. Luis\n Alberto Illescas Ronquillo, por haber cumplido 30 años\n de servicios en la institución. \n\nArt. 2.- De la ejecución del presente decreto encárguese\n el Ministro de Gobierno y Policía. \n\nDado, en el Palacio Nacional, Quito, a 2 de junio del 2006. \n\nf.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucional\n de la República. \n\nf.) Felipe Vega de la Cuadra, Ministro de Gobierno y Policía. \n\nEs fiel copia del original.- Lo certifico. \n\nf.) Dr. Armando Rodas Espinel, Subsecretario General de la\n Administración Pública. \n\n\n\n \n\n Dr. Alfredo Palacio González Considerando: \n\nLa Resolución del H. Consejo de Generales de la Policía\n Nacional No. 2006-380-CsG-PN de mayo 2 del 2006; \n\nEl pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía,\n formulado mediante oficio Nro. 2006-977-SPN de mayo 22 del 2006,\n previa solicitud del señor Comandante General de la Policía\n Nacional, con oficio Nro. 0677-DGP-PN de mayo 15 del 2006; \n\nDe conformidad con los Arts. 65 inciso segundo y 66 literal\n a) de la Ley de Personal de la Policía Nacional; y, \n\nEn uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la\n Ley Orgánica de la Policía Nacional, \n\nDecreta: \n\nArt. 1.- Dar de baja de las filas policiales, con la fecha\n de expedición de este decreto, al señor Coronel\n de Policía de E.M. (I) Dr. José Fernando Trujillo\n Soto, por solicitud voluntaria con expresa renuncia a la situación\n transitoria, excluyéndole de la nómina del personal\n de señores oficiales superiores que integran la cuota\n de eliminación del año 2006. \n\nArt. 2.- De la ejecución del presente decreto encárguese\n el Ministro de Gobierno y Policía. \n\nDado, en el Palacio Nacional, Quito, a 2 de junio del 2006. \n\nf.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucional\n de la República. \n\nf.) Felipe Vega de la Cuadra, Ministro de Gobierno y Policía. \n\nEs fiel copia del original.- Lo certifico. \n\nf.) Dr. Armando Rodas Espinel, Subsecretario General de la\n Administración Pública. \n\n\n\n \n\n Dr. Alfredo Palacio González Considerando: \n\nLa Resolución No. 2006-191-CCP de marzo 17 del 2006,\n emitida por el H. Consejo de Clases y Policías; \n\nEl pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía,\n formulado mediante oficio No. 2006-844-SPN de mayo 3 del 2006,\n previa solicitud del señor Comandante General de la Policía\n Nacional, con oficio No. 0558-DGP-PN de abril 26 del 2006; \n\nDe conformidad con los Arts. 7 y 48 del Reglamento de Condecoraciones\n de la Policía Nacional; y, \n\nEn uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 de la\n Ley Orgánica de la Policía Nacional, \n\nDecreta: \n\nArt. 1.- Conferir la condecoración "MISION CUMPLIDA"\n al señor Suboficial Mayor de Policía (SP) Hidrovo\n Granda Víctor Hugo. \n\nArt. 2.- Dejar sin efecto el Decreto Ejecutivo No. 927, publicado\n en Orden General No. 010 del 13 de enero del 2006, mediante el\n cual se concede por segunda vez la Condecoración "CRUZ\n DEL ORDEN Y SEGURIDAD NACIONAL" al señor Suboficial\n Mayor de Policía (SP) Hidrovo Granda Víctor Hugo. \n\nArt. 3.- De la ejecución del presente decreto encárguese\n al Ministro de Gobierno y Policía. \n\nDado, en el Palacio Nacional, Quito, a 2 de junio del 2006. \n\nf.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucional\n de la República. \n\nf.) Felipe Vega de la Cuadra, Ministro de Gobierno y Policía. \n\nEs fiel copia del original.- Lo certifico. \n\nf.) Dr. Armando Rodas Espinel, Subsecretario General de la\n Administración Pública. \n\n\n\n \n\n Dr. Alfredo Palacio González Considerando: \n\nLa Resolución No. 2006-319-CsG-PN de abril 10 del 2006,\n emitida por el H. Consejo de Generales de la Policía Nacional; \n\nEl pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía,\n formulado mediante oficio No. 2006-845-SPN de mayo 3 del 2006,\n previa solicitud del señor Comandante General de la Policía\n Nacional, con oficio No. 0547-DGP-PN de abril 26 del 2006; \n\nDe conformidad con el Art. 77 de la Ley de Personal de la\n Policía Nacional; y, \n\nEn uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 y 18\n literal e) de la Ley Orgánica de la Policía Nacional, \n\nDecreta: \n\nArt. 1.- Ascender al inmediato grado superior, con fecha 2\n de marzo del 2004, al señor Teniente Coronel de Policía\n de E.M. de Sanidad Dr. Eduardo René Guijarro Paredes,\n perteneciente a la Tercera Promoción de Oficiales de Servicios\n de Sanidad. \n\nArt. 2.- De la ejecución del presente decreto encárguese\n al Ministro de Gobierno y Policía. \n\nDado, en el Palacio Nacional, Quito, a 2 de junio del 2006. \n\nf.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucional\n de la República. \n\nf.) Felipe Vega de la Cuadra, Ministro de Gobierno y Policía. \n\nEs fiel copia del original.- Lo certifico. \n\nf.) Dr. Armando Rodas Espinel, Subsecretario General de la\n Administración Pública. \n\n\n\n \n\n Dr. Alfredo Palacio González Considerando: \n\nLa Resolución No. 2006-324-CsG-PN de abril 10 del 2006,\n dictada por el H. Consejo de Generales de la Policía Nacional; \n\nEl pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía,\n formulado mediante oficio No. 2006-846-SPN de mayo 3 del 2006,\n previa solicitud del señor Comandante General de la Policía\n Nacional, con oficio No. 0549/DGP/PN de abril 26 del 2006; \n\nEn uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 y 18\n literal e) de la Ley Orgánica de la Policía Nacional, \n\nDecreta: \n\nArt. 1.- Rectificar el Decreto Ejecutivo No. 1116, publicado\n en Orden General 022 para el día 31 de enero del 2006,\n en el cual se le da de baja al señor Mayor de Policía\n Viñán Jumbo Ascencio, siendo lo correcto Viñán\n Jumbo Ascención. \n\nArt. 2.- De la ejecución del presente decreto encárguese\n el Ministro de Gobierno y Policía. \n\nDado, en el Palacio Nacional, Quito, a 2 de junio del 2006. \n\nf.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucional\n de la República. \n\nf.) Felipe Vega de la Cuadra, Ministro de Gobierno y Policía. \n\nEs fiel copia del original.- Lo certifico. \n\nf.) Dr. Armando Rodas Espinel, Subsecretario General de la\n Administración Pública. \n\n\n\n \n\n Dr. Alfredo Palacio González Considerando: \n\nLa Resolución No. 2006-169-CS-PN de marzo 15 del 2006,\n emitida por el H. Consejo Superior de la Policía Nacional; \n\nEl pedido del señor Ministro de Gobierno y Policía,\n formulado mediante oficio No. 2006-801-SPN de abril 25 del 2006,\n previa solicitud del señor Comandante General de la Policía\n Nacional, con oficio No. 0505/DGP/PN de abril 20 del 2006; \n\nDe conformidad con lo establecido en los Arts. 76 y 77 de\n la Ley de Personal de la Policía Nacional; y, \n\nEn uso de las atribuciones que le confiere el Art. 6 y 18\n literal e) de la Ley Orgánica de la Policía Nacional, \n\nDecreta: \n\nArt. 1.- Ascender al grado inmediato superior, con fecha 2\n de marzo del 2004, al señor Subteniente de Policía\n de Línea Vaca Quevedo Juan Carlos, perteneciente a la\n Sexagésima Promoción de Oficiales de Línea,\n ubicándole en lista de clasificación 1. \n\nArt. 2.- De la ejecución del presente decreto encárguese\n al Ministro de Gobierno y Policía. \n\nDado, en el Palacio Nacional, Quito, a 2 de junio del 2006. \n\nf.) Alfredo Palacio González, Presidente Constitucional\n de la República. \n\nf.) Felipe Vega de la Cuadra, Ministro de Gobierno y Policía. \n\nEs fiel copia del original.- Lo certifico. \n\nf.) Dr. Armando Rodas Espinel, Subsecretario General de la\n Administración Pública. \n\n\n\n \n\n Ab. Miguel Martínez Dávalos Considerando: \n\nQue, de conformidad con lo prescrito en el numeral 19 del\n Art. 23 de la Constitución Política de la República,\n el Estado Ecuatoriano reconoce y garantiza a los ciudadanos el\n derecho a la libre asociación con fines pacíficos; \n\nQue, según los Arts. 565 y 567 de la Codificación\n del Código Civil, publicada en el Suplemento del Registro\n Oficial No. 46 de junio 24 del 2005, corresponde al Presidente\n de la República, aprobar mediante la concesión\n de personería jurídica, a las organizaciones de\n derecho privado, que se constituyan de conformidad con las normas\n del Título XXX, Libro I del citado cuerpo legal; \n\nQue, mediante Decreto Ejecutivo No. 339 de noviembre 28 de\n l998, publicado en el Registro Oficial No. 77 de noviembre 30\n del mismo año, el Presidente de la República delegó\n la facultad para que cada Ministro de Estado, de acuerdo al ámbito\n de su competencia, apruebe los estatutos y las reformas a los\n mismos, de las organizaciones pertinentes; \n\nQue, mediante Decreto Ejecutivo No. 33 de abril 26 del 2005\n el señor Presidente Constitucional de la República,\n designó Ministro de Bienestar Social al Dr. Alberto Rigail\n Arosemena, Secretario de Estado que de conformidad con el Art.\n 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo\n de la Función Ejecutiva, el Ministro es competente para\n el despacho de los asuntos inherentes a esta Cartera de Estado; \n\nQue, mediante Acuerdo Ministerial No. 0081 de julio 6 del\n 2005, el Ministro de Bienestar Social, delegó al Ab. Miguel\n Martínez Dávalos, Subsecretario de Fortalecimiento\n Institucional, la facultad de otorgar personería jurídica\n a las organizaciones de derecho privado, sin fines de lucro,\n sujetas a las disposiciones del Título XXX, Libro I de\n la Codificación del Código Civil, publicada en\n el Suplemento del Registro Oficial No. 46 de junio 24 del 2005;\n En ejercicio de las facultades legales, \n\nAcuerda: \n\nArt. 1.- Aprobar el estatuto y conceder personería\n jurídica al Comité Pro-Mejoras Huertos Familiares\n "Santa Isabel de Rundupamba" con domicilio en la ciudad\n de Quito, provincia de Pichincha, sin modificación alguna. \n\nArt. 2.- Registrar en calidad de socios fundadores de la citada\n entidad a las siguientes personas: \n\n\n\n Art. 3.- Disponer que el Comité Pro-Mejoras Huertos\n Familiares "Santa Isabel de Rundupamba", con domicilio\n en la ciudad de Quito, provincia de Pichincha, una vez adquirida\n la personería jurídica y dentro de 15 días\n siguientes, proceda a la elección de la Directiva de la\n organización y ponga en conocimiento dentro del mismo\n plazo al Ministerio de Bienestar Social, para su registro pertinente,\n igual procedimiento observará para los posteriores registros\n de Directiva. \n\nArt. 4.- Reconocer a la asamblea general de socios, como la\n máxima autoridad y único organismo competente para\n resolver los problemas internos del comité y al Presidente\n como su representante legal. \n\nArt. 5.- La solución de los conflictos que se presentaren,\n al interior del comité y de ésta con otros, se\n someterá a las disposiciones de la Ley de Arbitraje y\n Mediación, publicada en el Registro Oficial No. 145 de\n septiembre 4 de 1997. Dado en Quito, a 7 de diciembre del 2005. \n\nf.) Ab. Miguel Martínez Dávalos, Subsecretario\n de Fortalecimiento Institucional. \n\nEs fiel copia del original.- Lo certifico. \n\nf.) Jefe de Archivo. \n\n12 de diciembre del 2005. \n\n\n\n \n\n Ab. Miguel Martínez Dávalos Considerando: \n\nQue, de conformidad con lo prescrito en el numeral 19 del\n Art. 23 de la Constitución Política de la República,\n el Estado Ecuatoriano reconoce y garantiza a los ciudadanos el\n derecho a la libre asociación con fines pacíficos; \n\nQue, según los Arts. 565 y 567 de la Codificación\n del Código Civil, publicada en el Suplemento del Registro\n Oficial No. 46 de junio 24 del 2005, corresponde al Presidente\n de la República, aprobar mediante la concesión\n de personería jurídica, a las organizaciones de\n derecho privado, que se constituyan de conformidad con las normas\n del Título XXX, Libro I del citado cuerpo legal; \n\nQue, mediante Decreto Ejecutivo No. 339 de noviembre 28 de\n l998, publicado en el Registro Oficial No. 77 de noviembre 30\n del mismo año, el Presidente de la República delegó\n la facultad para que cada Ministro de Estado, de acuerdo al ámbito\n de su competencia, apruebe los estatutos y las reformas a los\n mismos, de las organizaciones pertinentes; \n\nQue, mediante Decreto Ejecutivo No. 33 de abril 26 del 2005\n el señor Presidente Constitucional de la República,\n designó Ministro de Bienestar Social al Dr. Alberto Rigail\n Arosemena, Secretario de Estado que de conformidad con el Art.\n 17 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo\n de la Función Ejecutiva, es competente para el despacho\n de los asuntos inherentes a esta Cartera de Estado; \n\nQue, mediante Acuerdo Ministerial No. 0081 de julio 6 del\n 2005, el Ministro de Bienestar Social, delegó al Ab. Miguel\n Martínez Dávalos, Subsecretario de Fortalecimiento\n Institucional, la facultad de otorgar personería jurídica\n a las organizaciones de derecho privado, sin fines de lucro,\n sujetas a las disposiciones del Título XXX, Libro I de\n la Codificación del Código Civil, publicada en\n el Suplemento del Registro Oficial No. 46 de junio 24 del 2005; \n\nQue, en asambleas generales de 5, 12 y 19 de marzo del 2005,\n la organización estudió y analizó el estatuto\n social, habiéndose dispuesto que su directiva solicite\n al Ministerio de Bienestar Social la aprobación, constituyendo\n parte integrante del presente acuerdo ministerial el acta de\n dicha asamblea; \n\nQue, la Dirección de Asesoría Legal del Ministerio\n de Bienestar Social, mediante oficio N° 2343-AL-PJ-LFM-2005\n de noviembre del 2005, ha emitido informe favorable, para la\n aprobación del Estatuto del Comité del Barrio "Nueva\n Esperanza de Cananvalle", con domicilio en la parroquia\n Tabacundo, cantón Pedro Moncayo, provincia de Pichincha,\n por cumplidos los requisitos en el Decreto Ejecutivo N° 3054\n de agosto 30 del 2002, publicado en el Registro Oficial N°\n 660 de septiembre 11 del mismo año y del Título\n XXX, Libro I de la Codificación del Código Civil,\n publicada en el Suplemento del Registro Oficial N° 46 de\n junio 24 del 2005; y, \n\nEn ejercicio de las facultades legales, \n\nAcuerda: \n\nArt. 1.- Aprobar el estatuto y conceder personería\n jurídica al Comité del Barrio "Nueva Esperanza\n de Cananvalle", con domicilio en la parroquia Tabacundo,\n cantón Pedro Moncayo, provincia de Pichincha, sin modificación\n alguna. \n\nArt. 2.- Registrar en calidad de socios fundadores de la citada\n entidad a las siguientes personas: \n\nArt. 3.- Disponer que el comité, ponga en conocimiento\n del Ministerio de Bienestar Social, la nómina de la Directiva\n designada, una vez adquirida la personería jurídica\n y las que le sucedan, en el plazo de 15 días posteriores\n a la fecha de la elección, para el registro respectivo\n de la documentación presentada. \n\nArt. 4.- Reconocer a la asamblea general de socios, como la\n máxima autoridad y único organismo competente para\n resolver los problemas internos del comité y al Presidente\n como su representante legal. \n\nArt. 5.- La solución de los conflictos que se presentaren,\n al interior del comité y de ésta con otras, se\n someterá a las disposiciones de la Ley de Arbitraje y\n Mediación, publicada en el Suplemento del Registro Oficial\n No. 145 de septiembre 4 de 1997. \n\nPublíquese conforme a la ley. \n\nDado en Quito, a 7 de diciembre del 2005. \n\nf.) Ab. Miguel Martínez Dávalos, Subsecretario\n de Fortalecimiento Institucional. \n\nEs fiel copia del original.- Lo certifico. \n\nf.) Jefe de Archivo. \n\n12 de diciembre del 2005. \n\n\n\n \n\n Felipe Vega de la Cuadra Considerando: \n\nQue mediante Acuerdo No. 0094 de 11 de abril del 2006 se conformó\n la Junta de Remates del Ministerio de Gobierno y Policía,\n con los siguientes miembros: el Subsecretario General de Gobierno,\n como delegado del Ministro de Gobierno, quien lo preside; el\n Director de Asesoría Jurídica; el Director de Gestión\n Financiera y un abogado de la Dirección de Asesoría\n Jurídica, designado por el respectivo Director, quien\n actuará como Secretario; \n\nQue, de conformidad con lo dispuesto en los Arts. 55 y 56\n del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo\n de la Función Ejecutiva, las atribuciones propias de las\n diversas entidades y autoridades de la Administración\n Pública Central e Institucional, serán delegables\n en las autoridades u órganos de inferior jerarquía;\n y salvo autorización expresa, no podrán delegarse\n las competencias que a su vez se ejerzan por delegación; \n\nQue, es necesario racionalizar la gestión administrativa\n y dar mayor agilidad al despacho de los trámites que presenta\n la ciudadanía en el Ministerio de Gobierno y Policía;\n y, Acuerda: \n\nReformar el Acuerdo Ministerial No. 0094 de 11 de abril del\n 2006, que conformó la Junta de Remates del Ministerio\n de Gobierno, en los siguientes términos. \n\nArt. 1.- En el artículo 1 los literales a), b) y c),\n sustitúyanse por los siguientes: \n\n"a) El Subsecretario General de Gobierno o su delegado,\n quien lo presidirá; \n\nb) El Director de Asesoría Jurídica o su delegado; \n\nc) El Director de Gestión Financiera, o su delegado;\n y". \n\nArt. 2.- En el Art. 2, sustitúyase su texto por el\n siguiente: "Concurrirán a las sesiones de la Junta\n de Remates el Director(a) de Auditoría y Control Interno\n o su delegado y el Director(a) de Gestión de Recursos\n Organizacionales del Ministerio de Gobierno o su delegado, como\n observadores. ". \n\nArt. 3.- Vigencia.- Las reformas que se introducen con el\n presente acuerdo entrarán en vigencia a partir de la presente\n fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro\n Oficial. \n\nComuníquese. \n\nDado en el Distrito Metropolitano de Quito, a 18 de mayo del\n 2006. \n\nf.) Felipe Vega de la Cuadra, Ministro de Gobierno y Policía. \n\nMinisterio de Gobierno y Policía.- Certifico que el\n presente documento es fiel copia del original que reposa en el\n archivo de este Ministerio al cual me remito en caso necesario.\n Quito, 2 de junio del 2006. \n\nf.) Ilegible.- Servicios Institucionales. \n\n\n\n \n\n Dr. Pedro Cornejo Calderón Considerando: \n\nQue, la Sra. Clara Reyes Acosta, representante de la Fundación\n Cerca de Ti, ha solicitado a este Ministerio de Gobierno la aprobación\n del estatuto social que le confiera personería jurídica\n a la expresada fundación; \n\nQue, el numeral 19 del Art. 23 de la Constitución Política\n de la República garantiza a los ciudadanos la libertad\n de asociación y de reunión, con fines pacíficos; \n\nQue, la misma Carta Política en el Art. 23, numeral\n 11 reconoce y garantiza la libertad de religión, expresada\n en forma individual o colectiva, en público o privado; \n\nQue, el Título XXX del Primer Libro del Código\n Civil codificado, regula la constitución y funcionamiento\n de las fundaciones y corporaciones de derecho privado, confiriendo\n al Estado potestad para otorgarles personería jurídica; \n\nQue, mediante Decreto Ejecutivo No. 3054, publicado en el\n Registro Oficial No. 660 de 11 de septiembre del 2002, se expidió\n el Reglamento para la Aprobación, Control y Extinción\n de Personas Jurídicas de Derecho Privado, con Finalidad\n Social y sin Fines de Lucro. En este reglamento el Presidente\n de la República delegó a los ministros de Estado\n la facultad para aprobar los estatutos sociales de las corporaciones\n y fundaciones que se constituyen al amparo del Título\n XXIX (hoy Título XXX) del Primer Libro del Código\n Civil; \n\nQue, el Director de Asesoría Jurídica de esta\n Cartera de Estado, Dr. Oswaldo Avilés Cevallos, mediante\n informe No. 2006-0226-AJU-LUC de 15 de mayo del 2006, emite dictamen\n favorable para que se apruebe el estatuto social, por haberse\n dado cumplimiento a los requisitos legales pertinentes; y, \n\nEn ejercicio de las facultades que le confiere el Art. 7 del\n Decreto Ejecutivo No. 3054, publicado en el Registro Oficial\n No. 660 de 11 de septiembre del 2002, y la delegación\n conferida por el Ministro de Gobierno mediante Acuerdo Ministerial\n No. 077 de 23 de marzo del 2006, \n\nAcuerda: \n\nArt. 1.- Aprobar estatuto social y conferir personería\n jurídica a la Fundación Cerca de Ti, cuyo domicilio\n principal es la ciudad de Quito, provincia Pichincha. \n\nArt. 2.- La Fundación Cerca de Ti, será persona\n de derecho privado, que para el ejercicio de los derechos y obligaciones\n se sujetará estrictamente a lo que determina la Constitución\n Política de la República del Ecuador, el Código\n Civil, la Ley de Cultos y su estatuto social. \n\nArt. 3.- La fundación tendrá como objetivo principal:\n Organizarse con el propósito fundamental de desarrollo\n de manera cristiana actividades orientadas a mejorar las condiciones\n de vida y enfrentar la crisis del área matrimonial, en\n la pareja, mujer, hombre, jóvenes y niños de la\n sociedad ecuatoriana y coadyuvar a la eliminación de la\n violencia intrafamiliar a través de la implantación\n y funcionamiento de centros de ayuda, albergue temporal y consejería,\n capacitación comunitaria y otros programas sociales, para\n lo cual podrá asociarse con cualquier persona natural\n o jurídica legalmente constituida nacional o internacional,\n gubernamental o no gubernamental, derecho público o privado,\n y los demás contemplados en su estatuto. \n\nArt. 4.- Cada socia decidirá libremente su permanencia\n en la fundación y se retirará previo cumplimiento\n de todas sus obligaciones con dicha entidad. \n\nArt. 5.- La designación del Directorio, así\n como la inclusión o exclusión de los miembros de\n la fundación serán comunicadas oportunamente al\n Ministerio de Gobierno para su registro, caso contrario tales\n actos no surtirán ningún efecto legal. \n\nArt. 6.- La Fundación Cerca de Ti se constituye con\n los siguientes miembros fundadores: \n\nArt. 7.- Dispónese que el Registrador de la Propiedad\n del © Derecho Ecuador 2021 Developed by: Mushoq ![]() Loading.. |