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NOTIFICACIÓN A USUARIOS CONOCIDOS O NO DE LAS AGUAS PROVENIENTES DE DOS VERTIENTES QUE NACEN EN EL INTERIOR DE LA QUEBRADA CONOCIDA EN EL SECTOR CUARTO ESQUINAS LOCALIZADA EN LA PARROQUIA CUZUBAMBA, CANTÓN CAYAMBE, PROVINCIA DE PICHINCHA

CARTEL

Señor: José Cepeda, Presidente de la GAD Parroquial Rural, Santa Rosa de Cuzubamba

OBJETO DE LA SOLICITUD: Consumo Humano

MINISTERIO DEL AMBIENTE Y AGUA, COORDINACIÓN ZONAL DE ESMERALDAS, OFICINA TÉCNICA QUITO.- Proceso Administrativo No. 37-2020-AUT-(SB).- Quito, 08 de diciembre de 2020. Las 09H30.- VISTO: Avoco conocimiento del presente trámite administrativo en virtud de haber sido designado como Director Zonal Esmeraldas, mediante acción personal Nro. 02088 de 02 de octubre de 2020. Que mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1007 de 04 de marzo de 2020, el Presidente Constitucional de la República decreta la fusión del Ministerio del Ambiente (MAE) y la Secretaria del Agua (SENAGUA) en una sola institución, denominada Ministerio de Ambiente y Agua. Que mediante Acuerdo Ministerial No. MAAE-2021-011, de 06 de julio de 2020, se aprueba el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio del Ambiente y Agua, MAAE. En lo principal: Agréguese al expediente el escrito presentado por el señor José Manuel Cepeda Guaytarilla, Presidente del GAD Parroquial Rural de Santa Rosa de Cuzubamba, con el objeto solicitar la autorización del uso y aprovechamiento del agua, proveniente de dos vertientes que nacen al interior de la quebrada conocida con en el nombre Cuatro Esquinas, ubicada en la parroquia Cuzubamba, cantón Cayambe, provincia de Pichincha, para utilizarlos en consumo humano, manifestando que subsana su solicitud inicial, e indica que solicita 35 l/s, no se necesita establecimiento de servidumbre, en caso de ser favorable para el GADPR, realizara los estudios definitivos dela obra a construirse y el consultor deberá definir técnicamente los sitios donde se colocaran las obras de impulsión. Para el efecto de completar este requerimiento informo a su autoridad que se realizaran dos contrataciones; los estudios definitivos y en base a los estudios la ejecución de la obra. En consecuencia esta Autoridad. DISPONE: 1.- La solicitud presentada en clara, completa y reúne los requisitos establecidos en la Ley Orgánico de Recursos Hídricos en los Arts. 3, 4, 7, 18, literal g), 36 literal a) y b), 57, 64 literal a), 87 numeral 2 literal b) 89, 125, 126, y en el Art. 107 del Reglamento a la Ley Orgánica de Recursos Hídricos, por lo que se acepta a trámite. 2.- El trámite establecido en la presente causa es el General. 3. Por lo dispuesto en el Art. 107 numeral 3 del Reglamento a la Ley Orgánica de Recurso Hídricos, Notifíquese con la solicitud y la presente providencia a los usuarios conocidos y desconocidos mediante publicación de un extracto de la solicitud y esta providencia, publicaciones que se lo deberá realizar en un periódico de circulación nacional, por tres veces consecutivas. 4. Fíjese carteles durante diez días en tres lugares frecuentados de la Parroquia Cuzubamba, Cantón Cayambe, Provincia de Pichincha, para lo cual se remitirá atenta comisión librada al señor Teniente Político de la mencionada jurisdicción. 5. El peticionario en el término de un día, deberá retirar de esta dependencia la comisión librada al señor Teniente Político, una vez cumplida dicha diligencia deberá remitir a este despacho las razones correspondientes. 6. Previniéndole que en caso de no realizarse la misma, por cuestiones imputadas al administrativo, y transcurrido el plazo de dos meses se declara el abandono y posterior archivo de conformidad al Art. 212 del Código Orgánico Administrativo. Actúe como Secretaria ad-hoc, en el presente trámite Ab. Sandra Barreno Samaniego.- OFÍCIESE y NOTIFÍQUESE…f). Msc. Cristian Rodrigo Reyes Portilla Director de la Dirección Zonal Esmeraldas del Ministerio de Ambiente y Agua.

Lo que comunico a usted para los fines legales consiguientes

Ab. Sandra Barreno Samaniego

Secretario Ad-Hoc

Hay firma y sello

001-003-0472/ms