R. del R. del E.

UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO

EXTRACTO DE CITACION JUIDICIAL

A: herederos presuntos y desconocidos de los extintos BLANCA MARÍA VEGA MIRANDA, RICARDO EFREN CABRERA y SILVANA NATACHA CABRERA VEGA,

SE LES HACE SABER. Que en la UNIDAD JUDICIAL CIVIL DEL CANTON TENA-PROVINCIA DE NAPO, el señor/a ASOCIACIÓN DE DIRECTORES DE ESCUELA Y JARDINES DE INFANTES DE NAPO “ANDEJ” debidamente representada por el Presidente JOSE MARCIAL GARCÍA ALSCANO, quien comparece mediante Procuración Judicial otorgada al DR. LUCAS PATRICIO ROJAS TRELLES ha presentado un juicio de Procedimiento Ordinario CUMPLIMIENTO DE CONTRATO , en contra de RICHARD STALIN CABRERA VEGA, GRISKA TATIANA CABRERA VEGA, HENRY NICOLAY CABRERA VEGA, FANZIA ZORAIDA CABRERA VEGA, YURI VLADIMIR CABRERA VEGA, BLANCA IRINA CABRERA VEGA, GORKY RENNE CABRERA VEGA, en su calidad de herederos de los extintos Blanca Marina Vega Miranda y Ricardo Efrén Cabrera Vergara; y, a TANIA DEL CARMEN CABRERA GUERRERO y RICARDO EFREN CABRERA GUERRERO en calidad de herederos de Efrén Cabrera Vergara; así como a SILVANA DANIELA POZO CABRERA, CHRISTOPHER JOSE POZO CABRERA en su calidad de herederos de la extinta Silvana Natacha Cabrera Vega, al cual se le asignó el No. 15301-2019-00935, cuyo extracto es como sigue:

AUTO: 16/01/ 2020, las 14h28: “VISTOS: Dra. Mercedes Aidé Jumbo, en mi calidad de Jueza Titular de la UNIDAD JUDICIAL CIVIL CON SEDE EN EL CANTÓN TENA-NAPO nombrada por la Corte Provincial de Napo, mediante acción de personal Nro.- 1115-DNTH-2015 KP de fecha 24 febrero 2015, resolución número 24-2015 de fecha 18 febrero 2015.- Radicada la competencia mediante sorteo. En lo principal.- PRIMERO.- AVOCO conocimiento de esta demanda en la fecha del presente auto de sustanciación, (…) , SEGUNDO: CALIFICACIÓN Y ADMISIÓN A TRÁMITE: Una vez revisada la demanda presentada por ASOCIACIÓN DE DIRECTORES DE ESCUELA Y JARDINES DE INFANTES DE NAPO “ANDEJ” debidamente representada por el Presidente JOSE MARCIAL GARCÍA ALSCANO, quien comparece mediante Procuración Judicial otorgada al DR. LUCAS PATRICIO ROJAS TRELLES, (…)3.2 CITACIÓN A LOS HEREDEROS PRESUNTOS Y DESCONOCIDOS: Cítese a los herederos presuntos y desconocidos de los extintos BLANCA MARÍA VEGA MIRANDA, RICARDO EFREN CABRERA y SILVANA NATACHA CABRERA VEGA, de conformidad con el Art. 56.1 del Código Orgánico General de Procesos, en el periódico LA HORA mediante tres publicaciones en fechas distintas. Para lo que la actuaria conferirá los respectivos extractos; CUARTO: CONTESTACIÓN A LA DEMANDA: Conforme lo señala el artículo 291 inciso segundo , y el artículo 151 del COGEP, se concede el término de 30 días a la parte demandada, una vez que haya sido citada, con el objeto de que conteste a la demanda en la forma que determinan las normas señaladas, y anunciando la prueba respectiva como manifiesta el artículo 152 ejusdem; una vez calificada la contestación, se aplicará lo dispuesto en el artículo 151 inciso cuarto del COGEP de ser necesario, y se señalara día y hora, a fin de que se lleve a efecto la audiencia preliminar ”

Tena, 02 de julio de 2020.

Benavides Guayta Jonny Jaime

SECRETARIO

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001-003-0120/ms