INDULTO
Y AMNISTÍA.

AUTOR: DR. AUGUSTO DURÁN PONCE.


?El perdón es la forma definitiva del amor?:
Reinhold Niebuhr.

Indulto proviene del latín ?indultos?, que
significa concesión de perdón, acción
?indulgente?, benevolente.

Indulto es el perdón del presidente o mandatario para anular, cancelar o reducir
un castigo. Es la gracia para eximir a una persona de un castigo o modificar
una sanción. Es una medida especial de gracia en virtud de la cual la autoridad
competente; perdona todo o parte de la pena impuesta mediante sentencia firme.
Además que consiste en conferir el perdón de una pena a un ser humano.

Características.

El indulto produce la extinción de la
responsabilidad penal, que supone el perdón de la pena; sólo perdona el
cumplimiento de la pena, pero el autor del delito sigue siendo considerado
culpable.

Las clases del Indulto puede ser: Total o
Parcial.

Total. Comprende
la remisión de todas las penas a la que fue condenado el reo y que aún no han
sido cumplidas.

Parcial. Supone la remisión de
una o varias penas impuestas por su conmutación por otras menos graves.

El Presidente de la República tiene como una
de sus atribuciones conferir Indultos.

En efecto, el artículo 147, numeral 18 de la
Constitución de la República, preceptúa que es atribución del Presidente de la
República: ?Indultar, rebajar o conmutar las penas, de acuerdo con la ley?.

Ciertas personas consideran que el Indulto
es antidemocrático, porque: Es contrario a la separación de funciones del
Estado, ya que el Ejecutivo se inmiscuye en la Función Judicial, que juzga y
hace ejecutar lo juzgado; además que demuestra
arbitrariedad de los poderes públicos, por cuanto no hay obligación de motivar
ni considerar el acto mediante el cual se otorga el Indulto; y,

Quebranta los principios jurídicos y sociales
de igualdad y equidad, por la arbitrariedad de la regulación del Indulto.

Amnistía.

?La
amnistía es un acto por el que el Gobierno perdona, casi siempre, las
injusticias cometidas?: Anónimo.

La amnistía se deriva del griego ?amnestía?, palabra parecida a amnesia,
privación del recuerdo, pérdida de la memoria. Consiste en el olvido del delito
y supone derogación parcial y transitoria de la ley penal. Nace con la Ley de Trasibulo,
disponiendo el olvido de todo lo pasado luego de que los treinta Tiranos fueron
arrojados de Atenas, medida con lo cual la República recuperó la paz y la
libertad, avanzado hacia el desarrollo.

Amnistía
significa ?borrar? la memoria de lo que aconteció. Es el olvido o condonación
de delitos políticos.

Es el perdón del delito, produciendo la
eliminación de la responsabilidad penal de un delito.

La Amnistía es una solución de equidad para
disminuir el rigor de la justicia penal y es también una causa de extinción de
la responsabilidad penal.

Características.

La Amnistía tiene las siguientes
características:

a). Es una
norma general que beneficia a un grupo de personas.

b). Es una
ley de olvido de infracciones para dar por terminados los procesos y queden sin
efecto las condenas impuestas para los
actos anteriores que o posteriores a un
fallo.

c) Suprime
la infracción, la persecución del delito, la formulación de juicios y ?borra?
todo el pasado del caso.

d). Extingue
el enjuiciamiento penal.

e).
Limita la conducta de olvido a un
período de tiempo.

f). Puede
dejar sin efecto consecuencias jurídicas de violación a los derechos humanos,
siempre que no sean graves.

La jurisprudencia consagra un límite en el
uso de esta institución, señalando que no se concederá amnistías para olvidar
violaciones a los derechos humanos. Algunas amnistías se acompañan con medidas
de reparación. La amnistía se aplica sobre el delito mismo y perdona el delito
y no la pena.

La Amnistía es un acto que procede de la
Función Legislativa.

El artículo 120, inciso 13 de la Constitución
de la República dispone que es atribución de la Asamblea Nacional: ?Conceder
amnistías por delitos políticos e indultos
por motivos humanitarios, con el voto favorable de las dos terceras partes de
sus integrantes. No se concederán por delitos contra la administración pública
ni por genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro y
homicidio por razones políticas o de conciencia?.

Son efectos de la amnistía:

a). Extingue la
responsabilidad penal o civil y ?borrar? los antecedentes.

b). Impide el
enjuiciamiento penal y las acciones civiles contra ciertas personas respecto a
una conducta criminal cometida antes de la aprobación de la amnistía o de la anulación de la responsabilidad.

De modo general, la amnistía se concede en
momentos de cambios políticos o sociales, produciendo el perdón de los delitos
cometidos en un gobierno anterior.

La amnistía se justifica por la necesidad de
crear condiciones de armonía social para alcanzar acuerdos de paz y abrir el
camino a la reconciliación y unidad nacional.

La unidad nacional es indispensable para
avanzar en la construcción de una sociedad humana, solidaria, libre y justa.

Diferencias entre
Indulto y Amnistía.

Indulto

-Supone el ?perdón? de la pena. .

-Se
puede indultar respecto de la parte de la pena que no haya sido cumplida.

– Se requiere acto administrativo.

– No extingue los antecedentes penales.

-No
se requiere sentencia firme. -Se
aplica a todo delito. .

-Perdona el cumplimiento del castigo.

– Es atribución del Presidente de la
República

Amnistía.


Supone el perdón del delito


Implica rehabilita amnistiado


Se requiere una ley


Se aplica a
delitos políticos


Extingue los antecedentes penales.


Se necesita sentencia firme


Se perdona la falta


Es atribución de la Asamblea Nacional

CONCLUSIÓN. Es
necesario lograr la unidad nacional, para caminar hacia el progreso. Con tal
propósito se debe impulsar el diálogo cordial y franco, eliminar las medidas
represivas y devolver la libertad a los
ciento setenta y siete ecuatorianos detenidos por reclamar derechos.

José Ortega y Gasset dijo:
?
Sólo cabe progresar cuando se piensa en grande; sólo es posible avanzar
cuando se mira lejos?.

Entonemos unidos el himno de la unidad
nacional inspirados en la hermandad ecuatoriana.