ELIMINACIÓN DEL IMPUESTO A LOS PREDIOS
AGROPECUARIOS

Autor.
Dr. Wilson Torres Espinosa

Durante
la última campaña electoral presidencial, todos los candidatos, unos más que
otros, mencionaron que buscarían la eliminación de tributos, recurso impositivo
con que el anterior gobierno fue sumamente
prolífico, agobiando, obviamente a los sufridos contribuyentes.

Nadie
duda que es un mecanismo recurrido por los gobernantes para obtener recursos
para satisfacer los requerimientos, cada vez más crecientes de toda la
comunidad, pero que recaen, la mayor parte de las veces, en contra del sector menos
favorecido de la sociedad, el sector agropecuario.

Por
ello el gobernante recientemente posesionado, anunció que designará una
Comisión especial para que analice la pertinencia de cada uno de estos gravámenes,
para proceder a su eliminación o ratificación. En vista de lo cual la
ciudadanía está expectante de que se no se dilate más las medidas para que se
concrete este ofrecimiento.

Este
asunto de los paquetes impositivos son un baldón en contra de los desposeídos,
de los pobres e definitiva y, entre ellos, precisamente están los habitantes
del medio rural, concretamente los pequeños y medianos agricultores y
ganaderos; que no solo son afectados por
estas excesivas cargas impositivas, sino
también por los altos intereses de los créditos, o por intereses leoninos de
los agiotistas, muchas veces hasta inoportunos; por los altos costos de los insumos, por la
falta de una comercialización adecuada, y como lo conoce todo el país, por los
desastres naturales, especialmente rigurosos o desastrosos como en el pasado invierno.

En
países desarrollados, en Estados Unidos y Europa precisamente, la agricultura y la
ganadería es atendida preferentemente, es reconocido su gran aporte para
la satisfacciones de las más elementales
necesidades del ser humano, por contribuir íntegramente a cubrir la demanda,
diaria y creciente de su alimentación y por su gran aporte para la obtención de
divisas mediante las exportaciones, tan indispensable como en el caso nuestro,
por ser un país dolarizado; y por lo tanto es subvencionada o subsidiada
oportuna y convenientemente; principalmente porque los costos de producción son
superiores, en buena parte de los casos, a los precios de mercado,
principalmente de los productos de primera necesidad.

Estas
ayudas son de distintas características, resumidas en dos grupos fundamentales:
Ayudas directas: por toneladas, superficies, unidades de ganado, etc.) o ayudas
indirectas (rebaja o eliminación de impuestos sobre tierras explotadas,
productos o inversiones propias para la actividad agropecuaria.

Mecanismos de Subvención.

Para
cubrir estas subvenciones se utilizan principalmente tres mecanismos:
Intervención (compra de productos cuando están más bajos que los precios de
sustentación). Ayudas directas a superficies (ha.) o por unidades de ganado; y
auxilios económicos para favorecer el intercambio con terceros países
(restauración de exportaciones).

Estas
políticas fiscales sobre subsidios
agropecuarios promovidas por el Gobierno y Parlamento de los Estados Unidos,
también tiene importantes repercusiones en los países en desarrollo incluyendo
el nuestro.

Es
preocupante esta situación, por cuanto al fijarse los precios de los productos
agrícolas y pecuarios, en esos países desarrollados, estos son más bajos que
los precios de esos mismos productos en nuestros países y por lo tanto no es
posible exportar los nacionales, corriendo el riesgo, inclusive, que sean
importados por ser de mejor calidad y a más bajo coste.

Por
eso es incomprensible, que, en este país esencialmente agropecuario, país en el
que los insumos para la producción agropecuaria son escasos y muy caros, se
requiere de numerosa mano de obra, son afectados constantemente por plagas y
enfermedades, la mayor extensión productiva no está cubierta por seguros,
créditos con altos intereses, sobre todo por que sufren los impactos de las
inundaciones y también en otros casos por la sequía; todavía más se los ajuste,
se los acose con contribuciones, que muchas de las veces no las pueden pagar.

Entonces
es justo que se revisen estos desaguisados, por no decir otra cosa, de los
impuestos a la tierra que utilizan los agricultores y ganaderos, que ya
satisfacen tributos a los municipios de la zona, impuesto a la renta y otros.

Ley Reformatoria para la
Equidad Tributaria del Ecuador

Estos
considerandos llevan a puntualizar todos los justificativos verídicos para que
se derogue lo dispuesto en el Art. 173 de la Ley Reformatoria para la Equidad
Tributaria del Ecuador, nombre rimbombante, publicado en el tercer R.O. del 29
de diciembre de 2010, con el que se establece el impuesto anual sobre la propiedad o posesión de inmuebles
rurales, estableciendo límites distorsionados de veinticinco hectáreas, por
pequeños, para exonerar dicho impuesto,
cuando los cultivos y las ganaderías requieren de mayor extensión para, por lo
menos, cubrir los costos de producción y
en pocos casos obtener rentas exiguas.

El
sector poblacional agropecuario es en el que persiste hasta la actualidad, hasta
ahora el subdesarrollo, la pobreza, la miseria, tienen escases de todo
beneficio de la modernidad, en la mayor parte de los casos sin vías de acceso a sus áreas productivas, sin energía
eléctrica, sin los mínimos requerimientos
de salubridad, en donde hasta se han eliminados las pequeñas escuelas uni
docentes (que deberían ser completas), y con suerte los escolares tienen que
caminar cinco, diez kilómetros o más para llegar a esos ?elefantes blancos?,
llamados escuelas del milenio.

Por
estas y otras justificaciones los agricultores y ganaderos están pidiendo al
nuevo gobierno que elimine ese oprobioso e improcedente impuesto a las tierras
productivas; y, que se exima del pago a los que
no lo han podido cumplir; asunto
que los mantiene sumamente preocupados, en
espera que el nuevo mandatario cumpla
con su ofrecimiento de derogar ese malhadado tributo.